• 21/12/2024

El Gobierno extendió la doble indemnización: hasta qué fecha

El Gobierno oficializó este lunes la extensión de la doble indemnización, luego de haber prorrogado la prohibición de suspensiones y despidos sin causa
30/11/2020 - 07:05hs
El Gobierno extendió la doble indemnización: hasta qué fecha

El Gobierno oficializó este lunes la extensión de la doble indemnización hasta el 25 de enero de 2021, luego de haber prorrogado días atrás la prohibición de suspensiones y despidos sin causa.

La medida, que rige desde marzo por la pandemia del coronavirus, fue publicada este lunes en el Boletín Oficial bajo el decreto 961/2020 y lleva las firmas del presidente Alberto Fernández y todos los ministros del gabinete nacional.

El Gobierno extendió la doble indemnización: hasta qué fecha

En el texto, se detalla que esta decisión se enmarca en "la emergencia pública en materia ocupacional declarada el 13 de diciembre de 2019 y ampliada el 9 de junio de 2020". Y, a diferencia de los anteriores documentos, en esta ocasión la ampliación no fue por 180 días sino hasta el 25 de enero del año que viene.

Durante este periodo, el decreto señala que "en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización" que le correspondería normalmente.

En tanto, el Gobierno reitera que la medida "no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia" de la normativa.

"Esta crisis excepcional exige prorrogar la oportuna adopción de medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo", explican.

El Gobierno extendió la doble indemnización: hasta qué fecha
El Gobierno extendió la doble indemnización: hasta qué fecha

Por ello, agregan: "Corresponde continuar adoptando medidas transitorias, proporcionadas y razonables, con el fin de garantizar el derecho de toda persona a tener la oportunidad de obtener un trabajo que le asegure condiciones de existencia dignas para ellas y para sus familias".

La AFIP prorrogó beneficios para contribuyentes: hasta cuándo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta fin de año la vigencia de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes y facilitar trámites en el marco de la emergencia sanitaria. Las medidas instrumentadas por el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont están publicadas mañana en el Boletín Oficial.

Monotributistas. Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre.

La normativa también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a octubre. A través de la Resolución General 4863 se extienden los beneficios vigentes desde marzo. La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que octubre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

La AFIP prorrogó beneficios para contribuyentes: hasta cuándo
La AFIP prorrogó beneficios para contribuyentes: hasta cuándo

Embargos y ejecuciones fiscales. Se prorroga la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La Resolución General N°4868 también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.

Presentaciones Digitales. Con el objetivo de facilitar la realización de distintos trámites se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La decisión está prevista en la Resolución General 4867. La normativa también posterga, hasta el último día del año, la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.

Planes de pago permanentes. La Resolución General 4866 extiende hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.

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