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La Corte revocó una cautelar que permitía el funcionamiento del Casino Flotante

La concesión del casino de Puerto Madero se había vencido en 2019 y continúa funcionando por esa cautelar. Qué pasará de ahora en adelante
27/03/2025 - 16:36hs
Fallo contra el casino flotante de Puerto Madero

La Corte Suprema de Justicia revocó por unanimidad una medida cautelar que permitía el funcionamiento del Casino Flotante de Puerto Madero pese al vencimiento de su concesión, lo que deja en suspenso su continuidad operativa.

El fallo afecta a Casinos de Buenos Aires SA, la empresa que opera los buques ‘Estrella de la Fortuna’ y ‘Princess’, cuya concesión original expiró en 2019.

La Corte instó a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal a remitir el expediente principal para definir si la sala de juegos puede seguir operando en la Ciudad de Buenos Aires, donde la Constitución local prohíbe la explotación del juego en manos privadas.

Por el momento, la sala de apuestas flotante seguirá con su actividad porque hay otra medida cautelar vigente desde 2021 que es irrevocable porque nunca fue apelada por el Estado.

El fallo de la Corte Suprema contra el Casino Flotante de Puerto Madero

Los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Manuel José García Mansilla cuestionaron la decisión judicial previa, argumentando que la cautelar "inhibía a la administración de ejercer sus potestades regulatorias" y advertían sobre el riesgo de que "los jueces sustituyan a la administración en la determinación de políticas públicas".

El casino ha operado desde 2019 con una prórroga basada en medidas cautelares otorgadas en 2019 y 2021, a pesar de la falta de un contrato vigente.

En 2016, el Gobierno nacional transfirió la competencia sobre los juegos de azar a la Ciudad, que desde entonces impide nuevas concesiones privadas.

La Corte Suprema también rechazó un planteo del Sindicato de Trabajadores del Juego de Azar en la causa principal, pero urgió a la Cámara a resolver los incidentes pendientes, dado que "los recursos extraordinarios interpuestos llevan más de dos años sin resolución".

La empresa Casinos de Buenos Aires SA había argumentado que la transferencia del control del juego a la Ciudad alteró la ecuación económica de su contrato, al imponerle nuevas cargas impositivas y restricciones operativas.

Sin embargo, el Gobierno porteño sostiene que la firma ya tuvo beneficios adicionales, como la instalación de un segundo buque y la incorporación de más máquinas electrónicas.

El caso ahora queda a la espera de una definición de fondo sobre la legalidad de la continuidad del Casino Flotante.

La historia detrás del fallo de la Corte Suprema

En 1999, la Lotería Nacional del Estado otorgó a la empresa Casinos de Buenos Aires S.A. la concesión para operar la sala de juegos a bordo del buque "Estrella de la Fortuna", ubicado en el Río de La Plata.

El contrato establecía un período de explotación de 15 años, con la posibilidad de una prórroga de 5 años a criterio del Estado Nacional. Posteriormente, mediante la Resolución 84/02, se extendió la concesión por otros 5 años, con vencimiento en 2019. Además, se autorizó la operación de un segundo buque, denominado "Princess".

En 2016, el Estado Nacional suscribió un acuerdo con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el cual la jurisdicción local asumió la regulación de los juegos de azar. Como resultado, la Legislatura porteña sancionó la Ley 5785, que creó la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E., entidad encargada de administrar y regular la actividad en el distrito. Dicha normativa prohibió la concesión de salas de juego a empresas privadas, aunque permitió que las concesiones vigentes continuaran operando hasta el vencimiento de sus contratos.

Antes de que expirara la prórroga del contrato, Casinos de Buenos Aires S.A. presentó una demanda para extender el plazo de explotación de las salas de juego. Alegó que ciertas decisiones del Estado afectaron la rentabilidad del contrato y que la prórroga solicitada buscaba restablecer el equilibrio económico. Asimismo, pidió una medida cautelar para mantener la vigencia del contrato hasta que se dictara una sentencia definitiva.

El juez de primera instancia, Pablo Cayssials, concedió la medida cautelar y determinó que el contrato de concesión no podía darse por finalizado hasta que hubiera un fallo definitivo.

La Sala III de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, con los votos de los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco, ratificó esa decisión, lo que llevó a la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. a presentar un recurso extraordinario y una queja.

Finalmente, la Corte Suprema, con el voto unánime de sus ministros, revocó la medida cautelar que prolongaba la concesión. Consideró que los tribunales habían extendido de facto un contrato vencido desde 2019 y que, al hacerlo, los jueces federales estaban asumiendo facultades que correspondían a la Ciudad de Buenos Aires.

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