Paso a paso, cómo se constituyen las pymes en Argentina y qué trámites se requieren
De un pequeño comercio de barrio a una empresa con más personal. Así, algunos negocios crecen y van tomando forma, al punto tal que necesitan, para organizarse, de una nueva estructura.
Para esto están las Pymes, creadas en el país y aplicadas a diferentes tipos de actividades.
Pero antes de pensar en la constitución de las Pymes, es importante conocer cómo son, cómo funcionan y qué requisitos deben cumplir.
Así como lo indica su sigla, una PyME es una micro, pequeña o mediana empresa que realiza sus actividades en el país, en alguno los estos sectores: comercial, servicios, comercio, industria o minería o agropecuario. Puede estar integrada por varias personas según la actividad y sus ventas totales anuales en pesos no pueden superar los montos establecidos según su categoría.
Para eso es fundamental cuáles son las categorías y qué montos representan cada una.
Categorías de Pymes
Para que las pymes puedan formar parte de Registro de Empresas MiPyMES, se establecen categorías según diferentes aspectos que se tienen en cuenta que consideran las ventas totales anuales, la actividad declarada, el valor de los activos o la cantidad de empleados de acuerdo al rubro o sector de la empresa.
De esta manera, las pymes que podrán inscribirse en el "Registro" serán aquellas cuyos valores de ventas totales anuales no superen los topes establecidos en el siguiente cuadro:
Para obtener el monto de las ventas, el mismo surge del promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo el IVA, impuestos internos que pudieran corresponder y deduciendo hasta el 75% del monto de las exportaciones. Si después de registrarse se cambia la actividad o se modifican los montos, cuando se hace la recategorización y se carga un nuevo ejercicio fiscal, se va a asignar una nueva categoría.
Pymes: actividades incluidas
Por otro lado, es importante tener en cuenta que podrán inscribirse en el "Registro" aquellas pymes cuya actividad principal esté contemplada en el siguiente listado:
- Agropecuario: Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca.
- Industria y minería: Explotación de minas y canteras, industria manufacturera, servicio de transporte y almacenamientos
- Servicios: electricidad, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua, cloacas, gestión de residuos y recuperación de materiale; servicio de transporte y almacenamiento; Servicio de alojamiento y servicio de comida; Información y comunicaciones; Intermediación financiera y servicios de seguros; Servicios inmobiliarios; Servicios profesionales, científicos y técnicos; Actividades administrativas y servicios de apoyo; Enseñanza: Salud humana y servicios sociales; Servicios artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento; Servicios de asociaciones y personales.
- Contrucción
- Comercio: Comercio al por mayor y al por menor; Repación de vehículos automotores y motocicletas.
Actividades excluidas: No serán consideradas pymes, es decir, Micro, Pequeñas ni Medianas Empresas, aquellas que realicen alguna de las siguientes actividades:
- Servicios de hogares privados que contratan servicio doméstico
- Servicios de organizaciones y órganos extraterritoriales
- Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria
- Servicios relacionados con juegos de azar y apuestas
Activos de las pymes
Las empresas con actividad principal dentro de "Intermediación financiera y Servicio de Seguros" o "Servicios Inmobiliarios" tienen que cumplir un parámetro adicional al de ventas totales anuales, ya que sus activos no pueden superar los $193.000.000.
Ese valor es el monto informado en la última Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias vencida al momento de la solicitud de la inscripción.
Personal ocupado en pymes
En caso de actividades comisionistas o de agencias de viaje, no se observarán las ventas ni el activo sino la cantidad de empleados. Por lo que podrán inscribirse en el "Registro" aquellas empresas que cumplan con la siguiente cantidad de empleados según el rubro o el sector:
No podrán inscribirse en el Registro aquellas pymes, ya sean micro, pequeñas o medianas empresas, que controlen o estén controladas y/o vinculadas a otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros que no reúnan los requisitos requeridos.
Una empresa está vinculada a otra o a un grupo económico, cuando participa en el 20% o más del capital de la primera. Y es controlada por o controlante de otra empresa, cuando participa, en forma directa o por intermedio de otra empresa a su vez controlada, en más del 50% del capital de la primera.
La actividad principal será aquella que represente los mayores ingresos del grupo económico, y el valor de las ventas totales anuales serán las de todo el grupo. Para el cálculo se considerarán los montos de las ventas totales anuales netas en pesos de las transacciones entre grupo o mediante una certificación contable de ventas consolidadas firmadas por un contador público y autenticada por el Consejo Profesional
Registro MiPyMES
Es otro de los pasos que se deben tener en cuenta a la hora de crear pymes, que se puede hacer el registro en MyPymes para realizar allí diferentes trámites.
Para lograrlo, hay que ingresar a la AFIP con el CUIT y habilitar el servicio del Registro: "PyMEs - Solicitud de Categorización y/o beneficios".
Una vez habilitado, se deberá ingresar al mismo y autorizar que AFIP envíe la información a SEPyME para que analice el cumplimiento de los requisitos y, de corresponder, emita un certificado que acredite la condición de que se trata de alguna forma de pymes ante el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos e instituciones. Con este certificado se podrá acceder a beneficios impositivos y programas de asistencia para la empresa.
Los requisitos para que las pymes puedan dar este paso son los siguientes:
- Tener CUIT
- Tener clave fiscal nivel 2 o superior
- Estar inscripto en el Monotributo o en el Régimen General (en Ganancias y en IVA)
- Estar adherido a TAD (Trámites a distancia).
Para realizar el proceso de adhesión a "Trámites de distancia", hay que tener en cuenta que es una plataforma que permite al ciudadano realizar trámites ante la Administración Pública de manera virtual desde una computadora, pudiendo gestionar y realizar el seguimiento de los mismos sin la necesidad de tener que acercarse a la mesa de entrada de un Organismo.
Al ingresar a Trámites a Distancia, la primera vez se deberán completar algunos datos personales y aceptar términos y condiciones.
Luego, el siguiente paso, es clickear en la solapa que indica iniciar trámite, donde se muestran la gama de trámites posibles en la plataforma. Allí se podrá realizar la búsqueda de trámites por palabras clave, aplicar un filtro de trámites por organismo, acceder a los detalles del trámite e iniciar uno.
Después de localizar el trámite que se quiere realizar, se debe seleccionar el botón Iniciar trámite
Finalmente, una vez confirmado el trámite, el sistema otorgará el número del Expediente que lo identifica y también se podrá observar cada uno de los documentos que se adjuntan y conforman el trámite.
Registro de pymes
Se pueden registrar todos los monotributistas, profesionales, emprendedores, comerciantes, las sociedades, las empresas pequeñas y medianas, y todas las personas humanas o jurídicas que cumplan con los requisitos mencionados.
Las empresas que tengan como actividad principal "Intermediación financiera y Servicio de Seguros" o "Servicios Inmobiliarios" pueden registrarse como pymes si sus activos financieros no superan los $193.000.000.
Pasos para registrar las pymes
Para registrar las pymes como corresponde, se deben seguir una serie de pasos:
1. Entrar al sitio de AFIP con tu CUIT y Clave Fiscal.
2. Entrar al Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
3. Hacer clic en la opción "Habilitar Servicio".
4. Seleccionar el logo de AFIP y, en Servicios Interactivos, buscá y seleccioná el servicio "PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios".
5. Hacer clic en "Confirmar".
6. Para que el servicio aparezca en tu menú, tenés que cerrar la sesión y volver a ingresar con tu Clave Fiscal.
7. Entrar al servicio "PYMES", hacer clic en "Nuevo" y controlá que la información sea correcta.
8. Completar el formulario 1272 que se despliega que varía si se tratade responsable Inscripto, IVA exento, monotributista, o si tiene participación patrimonial con otras empresas.
9. Se podrá ver la respuesta a la solicitud de inscripción en el Registro en el Domicilio Fiscal Electrónico de AFIP y se recibirá el Certificado PyMEs en la bandeja de notificaciones de Trámites a Distancia. En caso de que esa información no sea recibida, se puede descargar ingresando el número de transacción.
En caso de que se haya olvidado el número de transacción, también se puede recuperar siguiendo una serie de pasos:
- En AFIP, ingresar al servicio "PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios" y hacer clic en "Aceptar".
- En "Acciones", hacer clic en el menú desplegable y seleccionar "Acuse".
- Hacer clic sobre el ícono de PDF y volver a mirar el comprobante.
Certificado MiPyME
Es un documento que se podrá obtener una vez que la persona finalice la inscripción de cualquiera tipo de pymes al registro. Además de acreditar la condición como pymes ante la AFIP, el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos e instituciones, lo que permite es acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia para la empresa.
Vigencia y recategorización de pymes
La vigencia del certificado de pymes es desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio. Para renovarlo, se deben recategorizar las pymes durante ese mes.
Para descargar y consultar el certificado de pymes, la empresa deberá ingresar a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
A partir de abril 2020, la renovación en el Registro de Empresas MiPyME será automática para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios. Las únicas que deberán terminar su trámite manualmente serán aquellas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento.
Recategorización de pymes
Para mantener los beneficios del registro como pymes es importante recategorizar la PyME a partir del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio.
Para hacerlo se deben seguir una serie de pasos:
1. Entrar al servicio "PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios".
2. Hacer clic en "Nuevo" y completar una nueva declaración jurada (formulario 1272). (Podés consultar la guía paso a paso "PyME: ¿Cómo solicito la categorización y/o Beneficios Fiscales?")
A partir de abril 2020, la recategorización en el Registro de Empresas MiPyME será automática para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios. Las únicas que deberán terminar su trámite manualmente serán aquellas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento.
Si se te venció el certificado y no te recategorizás a tiempo, perdés los beneficios por los meses que no estuviste registrado. Para volver a obtener tu certificado, seguí los pasos de la recategorización.
Presentación Única de Balances
La Presentación Única de Balances (PUB) es un servicio online para presentar los estados contables de PyMEs registradas ante la AFIP, la Secretaría de Emprendedores y PyMEs y terceros organismos públicos y privados en un solo trámite. Con este servicio, se puede certificar el balance una única vez y tener acceso a la copia digital que guarda el sistema.
Para realizar la presentación sólo tenés que ingresar con la clave fiscal al servicio Presentación Única de Balances - (PUB) en AFIP.
¿Es obligatoria?: Sí. A partir del 1 de junio de 2017, las PyMEs registradas con estados contables exigibles deben utilizar el nuevo servicio PUB en reemplazo del denominado "Transferencia electrónica de estados contables".
Los balances se tienen que presentar anualmente y se puede hacerlo hasta el último día del sexto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal.