Paquete impositivo, subsidios y alivio para los monotributistas: ¿alcanzan las medidas para sostener la economía?
Pasaron pocos días desde que se decretó el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y la preocupación por la caída general del ingreso para todos los estratos de la sociedad sigue de cerca al miedo a la pandemia del coronavirus.
El Gobierno no dejó avanzar la cuarentena sin observar el problema y tomó medidas para tratar de minimizar sus consecuencias para los que menos tienen, pero para los ingresos medios bajos, medios y las empresas sobre todo hubo muy pocas iniciativas.
Esas medidas que tomó el Gobierno se pueden resumir en subsidios y asignaciones directas, suspensión de embargos y medidas cautelares, y feria judicial y de la AFIP. El gran interrogante es si se van a postergar vencimientos y si se va a ampliar la Moratoria vigente.
Ezequiel Passarelli, de SCI Consultora Integral Tributaria, resumió como sigue las iniciativas económicas e impositivas del Gobierno, "las que se están tomando, las que se esperan y las que, aparentemente, no están en carpeta".
-Ingreso Familiar de Emergencia: un monto fijo de $10.000 y aplica a las personas desocupadas, los que se desempeñan en la economía, los monotributistas de las dos categorías más bajas ("A" y "B"), los monotributistas sociales y los empleados de casas particulares.
-En la misma línea, el subsidio extraordinario que se le otorgó también a los beneficiarios de las Asignaciones Universales por Hijo y por Embarazo para Protección Social.
-Bono especial de $5.000 para grupos de empleados que trabajan en cuestiones sanitarias, seguridad y empleados de comercio.
"Es una gama muy disímil de situaciones y objetivos perseguidos", comentó Passarelli, y añadió que "se trata de un esfuerzo más que importante por parte de un Estado deficitario y prácticamente en default, pero, lamentablemente, es insuficiente".
"Primero, desde el universo que abarca, con la obvia crítica de dejar excluidos, en el caso de los formales, al resto de los Monotributistas (categorías "C" en adelante) y también a los trabajadores autónomos", aseguró.
Y en segundo término, señaló que las medidas son insufientes "por el monto en sí, que, si bien es tremendamente valorado en el contexto económico en el que nos ha tocado transitar esta pandemia, considerando el precio que tienen los productos, los alquileres, los servicios, etc., parece difícil que alcance. Sobre todo, a una familia", enfatizó.
Prórrogas impositivas sin interés
"Sin duda, las medidas que más se esperan", remarcó Passarelli, son la postergación de los vencimientos y el alargue de la Moratoria, nacional y de otras jurisdicciones.
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En el caso de las prórrogas impositivas sin interés, muchos países como Estados Unidos, España, Italia y Francia, entre otros, ya las han otorgado, y en Argentina, una provincia, La Rioja, anticipó que también lo hará, aunque con un alcance limitado a los sectores más afectados por la pandemia.
"El contexto económico del país es realmente muy complejo. Las pymes vienen muy mal, hace varios años. Pero el Estado, deficitario, sin crédito y, ahora, sin recaudación, necesita recursos para afrontar los altos gastos que tiene y se le vienen. Por lo cual, sin dudas, es muy compleja la situación", reconoció Passarelli.
"Sin embargo, la incertidumbre en sí es muy perjudicial para el sistema. Acá, creo, que cabe la gran crítica. Si bien es muy difícil saber cuánto durará la pandemia, el aislamiento y, en definitiva, el parate de la economía, hay que llevar certezas al mercado. Hay que proteger a las pymes y a los generadores de empleo. Hay que llevarles herramientas lo más pronto posible", subrayó.
Suspensiones de embargos y medidas cautelares
La AFIP amplió el período en el cual las Pymes no sufrirán el embargo de sus cuentas bancarias hasta el 30 de abril.
Pero esto solamente aplica a tributos nacionales (IVA, Ganancias, Sicore, Derechos de Exportación, entre otros) y no aplica a provinciales (Ingresos Brutos, Sellos, etc.), dado que, las respectivas provincias no han hecho lo mismo, advirtió Passarelli.
En este punto, muchos hablan de una "prórroga de hecho" de los impuestos nacionales, justamente, porque, de no pagarlos, por lo menos hasta el 30 de abril, no sufrirían medidas de este tipo que son sumamente graves en la operatoria de la empresa, explicó.
"Obviamente hay que pensar en las graves consecuencias que puede tener el no pago de ciertos impuestos o regímenes en tiempo y forma, como los casos de defraudación, al no pagarle a la AFIP las retenciones y las percepciones efectuadas o hasta el caso de aportes de los trabajadores en relación de dependencia. Todas estas situaciones tienen sanciones muy severas, hasta penales. Por lo cual, hay que extremar los cuidados, intentando sobrevivir", subrayó.
Y, por otro lado, también advirtió "la cuestión evidente de que los intereses igualmente aplicarán". En lo que resta de marzo, al 3,6% y 4,41% mensual, para el caso de resarcitorios y punitorios. Y, a partir de abril, bajaría por debajo del 3% mensual, considerando que, la tasa de interés de AFIP ahora es variable, por trimestre, dependiendo de las tasas del Banco de la Nación para depósitos en plazo fijo.
Feria judicial y administrativa
La AFIP, ARBA y AGIP han dictado sus respectivas normas conducentes al no cómputo de los plazos. Esto implica que, si uno tenía que cumplir con un requerimiento, está bajo inspección o tiene que cumplir con algún trámite, por lo menos, hasta el 31 de marzo, serán considerados días inhábiles, por lo cual, no se produce el vencimiento.
Passarelli recordó que no se trata de una prórroga en cuanto a los vencimientos de los impuestos, cuyos plazos siguen cumpliéndose de forma normal.
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"Pero sí es muy importante para que el trabajo de los profesionales, de los estudios, de las administraciones de las empresas, al menos, pueda disminuirse en este sentido, durante el Aislamiento. Es poco. Pero es algo", concluyó.
Reducciones impositivas y cargas sociales
El ministro de Economía, Martín Guzmán, anunció en conferencia de prensa que varios rubros (cine, teatro, turismo, hoteles, restaurantes y transporte de pasajeros) tendrían una significativa reducción en las cargas sociales, producto de verse extremadamente afectados por la pandemia.
Al día de hoy, no se ha reglamentado esta reducción, pero sí se ha hecho para un rubro: salud. Por 90 días, las alícuotas aplicables al régimen de contribuciones patronales de la Seguridad Social bajarán en un 95%, quedando en 0,9% o 1,02%, cuando normalmente son del 18% o 20,40%, dependiendo el caso.
La ley diferencia, con una alícuota mayor (20,40%), a las empresas del sector privado cuya actividad principal encuadre en el sector "Servicios" o "Comercio" y sus ventas totales anuales superen los límites como Empresa Mediana del Tramo 2.
Por otro lado, también ha surgido una gran sorpresa, que no había sido anunciada por el Guzmán, en lo que refiere al impuesto al cheque, ya que se redujo en un 58,33% para el impuesto sobre los créditos y del 16,67% para el impuesto sobre los débitos.
La tasa "normal" es del 6 por mil y de esa forma quedó reducida al 2,5 por mil y 5 por mil respectivamente, también, por 90 días.
En definitiva, la reducción sería del 37,50%, si consideramos la tasa total del 1,2%, contra una del 0,75%, resumió Passarelli.
"Así, tenemos ya un primer caso para tomar de faro para lo que esperemos que sean las reducciones en el resto de los rubros anunciados, pero aún no reglamentados", se entusiasmó.
El Estado también se queda sin ingresos
Por su parte, Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, consideró que "las limitadas medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo son una muestra elocuente de la carencia de recursos que cuenta el Estado para enfrentar la difícil situación por la que atraviesa la economía a raíz de la pandemia del coronavirus".
"Las empresas pequeñas, medianas y grandes están a la espera de anuncios de parte de los organismos de recaudación nacional, provinciales y municipales, (AFIP, AGIP, ARBA, etc.), en línea con las medidas que han adoptado los fiscos en otros países del mundo", aseveró Rodríguez.
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Pero se mostró "poco optimista sobre la posibilidad de que vayan a llegar estas medidas", dado que la recaudación tributaria va a bajar sensiblemente por la retracción de la actividad económica.
"Los fiscos, que ya habían sufrido mermas en sus ingresos antes de la cuarentena, sufrirán una nueva y notoria reducción de sus recursos, y así no tienen hoy margen para la condonación o para el aplazamiento en el pago de Impuestos, tasas y contribuciones", admitió.
"Las empresas no venden, y por lo tanto no cobran, razón por la cual deberán tomar la decisión entre afectar sus escasos recursos financieros al pago de los impuestos o destinarlos al pago de los sueldos del personal y para cubrir los servicios básicos de sus proveedores", dijo Rodríguez.
Y aseguró que este diagnóstico es el que debería realizar cada empresa, proyectando el escenario al menos por los próximos 120 días, y no sólo hasta el final de la cuarentena.
El ejemplo que viene del exterior es postergar impuestos
¿Qué está pasando en otros países? Se posterga el pago de impuestos masivamente.
El contador Nicolás Rubiolo, del estudio del mismo nombre, comentó que recientemente Estados Unidos, postergó al 15 de julio las presentaciones anuales de Impuesto a las Ganancias.
Italia suspendió el pago de todo tipo de impuestos hasta el 31 de marzo y el de las contribuciones patronales hasta el 30 de abril.
España por su parte, postergó por 6 meses la liquidación y pago del IVA, pero solamente sin intereses si se abona dentro de los primeros 3 meses.
"La mayoría de los países, en los últimos 3 días, publicaron una serie de medidas en respuesta a esta atípica situación", indicó Rubiolo.
En el Reino Unido, Austria, Dinamarca, Holanda, Bolivia, Republica Dominicana, Sudáfrica, Noruega, Canadá, Portugal, Arabia Saudita, Serbia, Costa Rica, Croacia, Luxemburgo, Bulgaria, Suiza, Suecia, Polonia, Australia, Francia, Japón, Malasia y Grecia también se pospusieron las fechas de pago de impuestos y otras medidas, todas similares entre sí, enumeró Rubiolo.
China, por su parte postergó en estos días las fechas de pago de las obligaciones tributarias, incluidos los agentes de retención y también, eximido del IVA a determinadas actividades del sector del consumo
Aquellas empresas cuya actividad está relacionada con la producción e investigación de ítems vinculados a la pandemia, pueden deducir el 100% de la inversión en equipamiento para ampliar la capacidad de producción, en el país asiático que nos va a vender respiradores.