• 19/12/2024

Para evitar abusos de prepagas, buscan que la discapacidad no se considere enfermedad preexistente

La exgobernadora de Buenos Aires propone agilizar el acceso a la salud para personas con discapacidad. Los detalles de la iniciativa
22/09/2023 - 17:36hs
Para evitar abusos de prepagas, buscan que la discapacidad no se considere enfermedad preexistente

En medio de la polémica por los altos costos de la medicina prepaga y, por otro lado, la intención de establecer un bono para que los médicos cobren un arancel aparte de la consulta, la diputada del PRO, María Eugenia Vidal, presentó una propuesta para establecer que la condición de discapacidad no sea considerada enfermedad preexistente.

"La condición de discapacidad, acreditada con Certificado Unico de Discapacidad según ley 22.431 y sus modificatorias, no se considera enfermedad preexistente", afirma el proyecto de la exgobernadora bonaerense.

Qué plantea Vidal para evitar abusos de prepagas a personas con discapacidad

El proyecto lleva además las firmas de qristian Ritondo, Victoria Morales Gorleri, Dina Rezinovsky, Mario Negri, Juan Manuel López, Humberto Marcelo Orrego, Ana Clara Romero, Gabriela Besana, María de las Mercedes Joury, Martín Maquieyra, Maximiliano Ferraro y Alejandro Finocchiaro.

Para fundamentar la iniciativa, Vidal sostuvo que "el acceso a la salud es un derecho fundamental que se encuentra consagrado en nuestra Constitución Nacional, es por ello que el Congreso Nacional ha sancionado leyes para regular el sistema de salud nacional".

Hace referencia además a que el Estado argentino desde la Constitución Nacional dispone que el Congreso Nacional "debe legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen real igualdad de oportunidades y trato y el pleno goce de y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad".

Según Vidal, "existen en la actualidad situaciones que generan una clara discriminación hacia las personas con discapacidad" y hace referencia a una interpretación de la ley que regula a las empresas de medicina prepaga, "donde está consignada la declaración jurada que el usuario debe completar al momento de su afiliación".

Vidal presento proyecto para que la discapacidad no se considere enfermedad preexistente
Vidal presento proyecto para que la discapacidad no se considere enfermedad preexistente.

De acuerdo a esa norma, "el afiliado debe declarar enfermedades preexistentes si las tuviere, las cuales en ningún momento pueden ser motivo de rechazo en la admisión del usuario". De todos modos, en el caso de informarse una enfermedad preexistente en la declaración jurada, se habilita la posibilidad de pedir ante la autoridad de aplicación (Superintendencia de Servicios de Salud), la autorización para cobrar valores diferenciales para la cobertura de estos tratamientos".

Vidal advirtió que "el grave problema detectado es que obras sociales o compañıas de medicina prepaga deliberadamente consideran a la discapacidad como una enfermedad preexistente y por lo tanto pretenden cobrar un diferencial para la cobertura médica de los afiliados que presentan esta condición".

"Existe una auténtica barrera social, legislativa y, muchas veces, judicial que enfrentan las personas con discapacidad al procurar su afiliación a los agentes aseguradores de salud, toda vez que éstos exigen el pago de valores diferenciales que, por su excesiva cuantıá, tornan inaccesible la contratación", afirma Vidal.

De esta forma, se implementa un valor económico inalcanzable que oculta la adopción de un mecanismo prohibido de selección adversa, en franca vulneración del deber de buena fe, según la exgobernadora bonaerense.

Prepagas y personas con discapacidad: un antecedente

Un fallo de la Justicia ordenó recientemente la afiliación de la persona con discapacidad sin exigir diferencial con motivo de la discapacidad y consideró inconstitucional equiparar las nociones de discapacidad y de enfermedad preexistente.

A raíz de esto, el camino para las personas con discapacidad es recurrir por vía judicial a la justicia en defensa de sus derechos, por lo que ya se ha generado abultada jurisprudencia a favor.

La justicia ya fallo a favor de que la discapacidad no se considere enfermedad preexistente
La justicia ya fallo a favor de que la discapacidad no se considere enfermedad preexistente.

En otra resolución, la Justicia falló a favor de la persona con discapacidad, sentando la base de que la discapacidad "es una condición y no una enfermedad".

En este sentido, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad afirma que la discapacidad "no se define exclusivamente por la presencia de una deficiencia fısica, mental, intelectual o sensorial, sino que se interrelaciona con las barreras o limitaciones que socialmente existen para que las personas puedan ejercer sus derechos de manera efectiva".

"Dichos instrumentos expresan que las limitaciones pueden ser causadas o agravadas por el entorno económico y social e impedir la participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás".

Por ello, Vidal advierte que "resulta de urgente tratamiento una solución legislativa que subsane la interpretación del artıćulo 10° de la Ley 26.682 de Medicina Prepaga la cual se pretende cobrar valores diferenciales, ocasionando que las personas con discapacidad deban recurrir a la justicia en defensa de sus derechos".

¿Cual es la situación de las personas con discapacidad?

En el país existen diferentes tipos de coberturas. Por un lado, las personas con Registro de Discapacidad que no tienen obra social y poseen una pensión no contributiva están nucleadas en el Programa Federal Incluir Salud, que depende principalmente de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) en corresponsabilidad con las provincias.

Por otro lado, para aquellas personas que tienen obra social o prepaga existe el Fondo Solidario, que recibe aportes y contribuciones de los trabajadores y las trabajadoras y está sujeto a la recaudación de la AFIP.

Ese dinero se administra de manera conjunta con la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), que es la que regula y controla. También existe otro grupo que depende de las obras sociales provinciales sin injerencia del Estado Nacional.