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Para qué y cómo se implementó el Programa de Incremento Exportador

A través de este programa, el Gobierno espera obtener divisas por USD 9.000 millones, impulsando las ventas de bienes exportables
18/04/2023 - 12:57hs
Para qué y cómo se implementó el Programa de Incremento Exportador

Según trascendidos en los medios, a través de este programa, el Gobierno espera obtener divisas por USD 9.000 millones, impulsando las ventas de bienes exportables (granos y bienes producidos por las economías regionales).

De esta forma, en un contexto adverso, determinado por la sequía que ha causado pérdidas significativas en la actividad agropecuaria, se procura cubrir las necesidades de recursos financieros que tienen tanto el sector importador como el Estado, los cuales deben hacer frente a sus compromisos internacionales.

Este programa (implementado el 10.04.2023 a través del Decreto N° 194/2023) no es más que la extensión temporal de aquel establecido por el Decreto N° 576/2022, con la ampliación del beneficio a otros sectores productivos. Básicamente, dicho beneficio consiste en la liquidación de divisas provenientes exportaciones de bienes a un tipo de cambio preferencial, el cual fue fijado en $ 300 por cada dólar estadounidense.

Los exportadores deben cumplir los siguientes requisitos a fin de aplicar tal tipo de cambio en sus transacciones:

  • Adherir al programa a través sitio web de la AFIP (servicio "Sistema Registral").
  • Haber exportado en los 18 meses anteriores al 10 de abril de 2023.
  • Pagar los tributos según la cotización de $ 300 por cada dólar estadounidense.
  • Acreditar los pesos resultantes de la liquidación en las "Cuentas especiales para exportadores".
  • Renunciar a cualquier procedimiento judicial o administrativo cuya finalidad sea reclamar la aplicación de procedimientos distintos a los previstos en el Decreto.

Además, los exportadores deben satisfacer ciertas condiciones específicas, según producto exportado.

Cómo se implementó el Programa de Incremento Exportador
Cómo se implementó el Programa de Incremento Exportador

Cómo se implementó el Programa de Incremento Exportador

Cuando se trate de soja y productos regionales cuyas exportaciones estén regulados por la ley 21.453, es decir, exportaciones que requieran el registro de la venta al exterior en forma previa a la oficialización de la exportación (DVJE), el beneficio será aplicable a las DJVE que correspondan a compraventas perfeccionadas desde el 10 de abril de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023, siempre que las liquidaciones de divisas ocurran antes del 31 de mayo de 2023 (los embarques podrán realizarse hasta el 30 de octubre).

Cuando se trata de ventas al exterior de productos regionales sin DJVE, el beneficio se aplicará a las exportaciones oficializadas a partir del 10 de abril de 2023, siempre que las liquidaciones de divisas ocurran antes del 31 de agosto de 2023.

Más allá de que esta medida pueda ser efectiva para los fines perseguidos, deja al descubierto un tratamiento que resulta desigual para los restantes exportadores. Ahora bien, los exportadores no necesitan "beneficios especiales" ni grandes estímulos por parte del Estado.

Simplemente necesitan recibir un valor por sus bienes que cubra sus costos de producción, que les permita mejorar y ofrecer más calidad a un público global cada vez más exigente, que les rinda para seguir invirtiendo, y que ello redunde en más actividad económica para todos. Sin embargo, por lo pronto, pareciera que esta fórmula que es sencilla y resulta aplicable en todo el mundo, no lo es para los exportadores argentinos, los cuales, además, deben someterse a distintos controles, exigencias y sanciones (por, ejemplo régimen SISA de AFIP, investigaciones aduaneras por subfacturación, entre otros) que hacen un poco más difícil su día a día.

Karina Castellano

Directora del Departamento de Derecho Aduanero, Cambiario y Negocios Internacionales

Lisicki, Litvin & Asociados