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La AFIP reglamentó la extensión del plazo para adherir a la moratoria

La Administración Federal de Ingresos Públicos instrumentó la extensión de dos semanas del plazo de adhesión a la Moratoria 2020
04/12/2020 - 08:31hs
La AFIP reglamentó la extensión del plazo para adherir a la moratoria

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó la extensión de dos semanas del plazo de adhesión a la Moratoria 2020.

A través de la Resolución General 4873 publicada en el Boletín Oficial, el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont adecuó la normativa para implementar la prórroga hasta el 15 de diciembre, inclusive. La medida extiende hasta la misma fecha el período para tramitar los beneficios para contribuyentes cumplidores.

"La moratoria superó nuestras expectativas y, por eso, se decidió extender el periodo de adhesión. Es un alivio para apuntalar la incipiente y heterogénea recuperación económica", indicó Marcó del Pont. La adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020 generó hasta el momento más de 660 mil planes. Los datos preliminares muestran que los contribuyentes regularizaron deudas por un monto superior a los 390 mil millones de pesos, que representan el 72% del total de las deudas registradas en los sistemas de la AFIP.

La AFIP reglamentó extensión del plazo para adherir a moratoria

La extensión del plazo de adhesión dispuesta por el Poder Ejecutivo a través del DNU N° 966 tuvo como objetivo garantizar que los contribuyentes puedan realizar los diversos trámites y gestiones que posibiliten su acogimiento al régimen de regularización de deudas impositivas, aduaneras y previsionales. La Resolución General N° 4873 establece que la primera cuota de los planes formulados en diciembre se cancelará el 16 de enero de 2021.

Además de adecuar los plazos de adhesión, la normativa establece que los contribuyentes que cuentan con un "Certificado MiPyme" en carácter de condicional tendrán hasta el 15 de diciembre para poder finalizar el trámite y obtener la documentación definitiva. Contar con dicho documento es condición necesaria para acceder a las mejores condiciones en materia de plazos de repago previstos para las micro, pequeñas y medianas empresas.

La AFIP reglamentó extensión del plazo para adherir a moratoria
La AFIP reglamentó extensión del plazo para adherir a moratoria

La normativa de la AFIP dispone que, si al 15 de diciembre los contribuyentes no pudieron obtener su "Certificado MiPyme", su plan caducará. No obstante, los contribuyentes contarán con 15 días hábiles administrativos para reformular su plan a través del servicio "Mis Facilidades".

La AFIP prorrogó beneficios para contribuyentes: hasta cuándo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta fin de año la vigencia de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes y facilitar trámites en el marco de la emergencia sanitaria. Las medidas instrumentadas por el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont están publicadas en el Boletín Oficial.

Monotributistas. Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre.

La normativa también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a octubre. A través de la Resolución General 4863 se extienden los beneficios vigentes desde marzo. La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que octubre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

La AFIP prorrogó beneficios para contribuyentes: hasta cuándo
La AFIP prorrogó beneficios para contribuyentes: hasta cuándo

Embargos y ejecuciones fiscales. Se prorroga la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La Resolución General N°4868 también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.

Presentaciones Digitales. Con el objetivo de facilitar la realización de distintos trámites se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La decisión está prevista en la Resolución General 4867. La normativa también posterga, hasta el último día del año, la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.

Planes de pago permanentes. La Resolución General 4866 extiende hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.

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