Contadores y abogados ya pueden trabajar todos los días: qué protocolos deben cumplir
Abogados, contadores, escribanos y otros profesionales con estudio propio y oficinas ya pueden trabajar todos los días.
El Gobierno porteño publicó un decreto en el que se eliminaron las restricciones vigentes hasta ahora, que los obligaban a abrir los espacios según el número del DNI.
La medida también rige para los organismos que los nuclean. En todos los casos, no podrán usar el transporte público para trasladarse, y se deben cumplir los protocolos que están vigentes.
De esta forma, las citas se atenderán únicamente con turno previo. Además, se debe establecer un tiempo máximo para cada turno. Cuando la situación requiera más tiempo deberá hacerse en forma remota.
Contadores y abogados ya pueden trabajar todos los días: qué protocolos deben cumplir
Tanto los Colegios, asociaciones o agrupaciones que nuclean actividades seguirán funcionando a través de guardias mínimas de lunes a viernes.
Como en otros espacios cerrados en los que se permite el ingreso de público, se debe mantener la distancia mínima de 1.5 metros entre persona y persona.
En todos los casos es obligatorio el uso del tapabocas que cubra nariz, boca y mentón en todo momento, tanto para los profesionales como para las personas ingresantes.
Por otra parte, se recomienda ventilar los ambientes en forma frecuente, para garantizar la circulación de aire.
En cuanto a la permanencia en cada lugar, se recomienda no asistir acompañado. La espera no puede ser dentro de las oficinas.
Además, se recomienda que, de ser posible, se coloquen mamparas o pantallas para separar al profesional del público en general.
Otra de las recomendaciones, que se repite en establecimientos de gastronomía y comercios en general, es el uso de medios de pago electrónicos.
La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 8 de noviembre, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento ydistanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
La medida, prevista en la Resolución General 4.840 alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.
La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia. Asimismo mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.
La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.
Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.
No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.