• 22/11/2024

Causa seguros: ordenan embargar comisiones de los brokers investigados

El juez Julián Ercolini decretó el embargo preventivo de comisiones pertenecientes a la contratación de pólizas del sector público
09/09/2024 - 13:21hs
julian ercolini

El juez federal Julián Ercolini decretó el embargo preventivo de comisiones pertenecientes a la contratación de pólizas del sector público que debían cobrar el broker Héctor Martínez Sosa y otras nueve personas que actuaron como intermediarios durante el gobierno de Alberto Fernández. ""En el supuesto caso que la firma ‘Nación Seguros S.A.’ libere y transfiera esos fondos, los mismos quedarían sin resguardo alguno", indicó el magistrado.

En el caso de "Héctor Martínez Sosa & Cia SA", la decisión se tomó por la suma de 105.841.439,66 pesos. "Existe una fundada sospecha de que los nombrados podrían llegar a disponer de estos fondos investigados, con anterioridad al dictado de una eventual sentencia en su contra", sostuvo el magistrado en la resolución.

Causa seguros: estos son los motivos por los que embargaron las comisiones de los brokers investigados

El juez destacó que, tal como sostuvo el fiscal del caso Carlos Rívolo, "en el supuesto caso que la firma ‘Nación Seguros S.A.’ libere y transfiera esos fondos, los mismos quedarían sin resguardo alguno" esto "fundamenta la imposición de una medida cautelar preventiva, dado que se presenta como una medida idónea, necesaria y proporcional para sujetar los activos pasibles de decomiso -en sentido amplio- que podrían resultar producto del delito".

"Todo esto, sin dejar de lado que el objetivo de esta medida es el poder garantizar los derechos del Estado Nacional, parte damnificada por las maniobras investigadas en estas actuaciones, y también establecer el patrimonio producido por la comisión de los delitos, a fin de impedir el aprovechamiento y administración del provecho de los mismos", evaluó además el magistrado

Uno de los ejes de la investigación "es el pago de comisiones indebidas a productores y organizadores de seguros, pudiendo ser el dinero retenido, parte de esa maniobra investigada", advirtió.

Se trata de comisiones de pólizas del sector público comprendidas en el Decreto 823/21 y el embargo abarcó además a  "Castello Mercuri S.A.", por 1.283.175,79 pesos;  "Paris Broker de Seguros S.A.", por la suma de $46.501,42; "Bri Brokers S.A.", por la suma de $51.891.434,01; "Net Broker S.A.", por la suma de $13.274.722,76 y "Service Risk S.A.", por la suma de $255.513,31.

Ese decreto publicado en el Boletín Oficial el 2 de diciembre de 2021 dispuso que "todas las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, debían implementar la contratación de las pólizas de seguros que requieran en el ejercicio de su función, a través de la firma ‘Nación Seguros S.A.’ -durante la gestión de Alberto Carlos Pagliano mediante un convenio interadministrativo" recordó el juez.

"Asimismo, en aquél se estableció la posibilidad de dar participación a otras aseguradoras en forma de coaseguro. Esto habría dado lugar a que gran parte de aquellas contrataciones, sea necesario o no, contasen con la participación de intermediarios y organizadores (tanto personas físicas como jurídicas)", agregó.

También quedaron embargadas comisiones de Emanuel Raúl Andrés Calvo, por la suma de $5.314.258,32; Laura Elena Crisafulli, por la suma de $686.922,53; Norberto Matías Garrido, por la suma $2.736.613,92 y Javier Marcelo Rodríguez Gómez, por la suma de $490.836,35.

Transferencia de fondos al Banco Ciudad

El magistrado hizo saber a la firma "Nación Seguros S.A." que en esta causa no pesan restricciones para que disponga de las liquidaciones " correspondientes a las comisiones de los distintos organizadores y productores de seguros, vinculados a pólizas de clientes del sector privado y pólizas de clientes del sector público no comprendidas en el Decreto 823/2021"

Ercolini ordenó la apertura de cuentas individuales en el Banco Ciudad para que "Nación Seguros SA" transfiera los saldos sujetos a embargo y que se los invierta en plazos fijos renovables de manera automática para resguardar el valor nominal actual de los activos.

El juez había rechazado un primer planteo para embargar esas comisiones hecho por el fiscal Rívolo, pero esa decisión fue revocada por la Cámara Federal porteña que ordenó dictar una nueva resolución.

Ante ello Ercolini dispuso ahora los embargos preventivos en la causa que investiga la posible existencia de una " una organización delictiva que habría operado en la contratación de seguros por parte de diversos entes estatales durante la presidencia de Alberto Ángel Fernández, y en especial a través de la intermediación de particulares y empresas entre dichos entes y la aseguradora "Nación Seguros S.A."; como así también a la inclusión de empresas coaseguradoras por parte de ésta".

Seguros: ¿qué hizo el Gobierno con el DNU de Alberto Fernández?

El gobierno de Javier Milei, hace unos días, derogó el DNU 823/21 que abría una vía legal para que pudieran concretarse ventas de pólizas a organismos estatales a un precio mayor al de mercado.

La eliminación del DNU se realizó a través de la publicación del Decreto 747/2024 en el Boletín Oficial, en la que se retiraron todas las modificaciones anteriormente realizadas a la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Los nuevos cambios fueron impulsados por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien fue designado junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, como responsable de recibir e inspeccionar las documentaciones relacionadas a las contrataciones de seguros.

El artículo 1 del decreto establece: "Deróganse los Decretos Nros. 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21". Así, quedará eliminada la obligatoriedad de contratar pólizas de seguros proveídas por el Estado. Sin embargo, desde el Gobierno revisarán los fondos que han sido destinados al pago de contratos y convenios actuales y pasados.

La Administración Nacional, las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresariales en donde el Estado posea una participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias tendrán un plazo de 30 días para proveer a la Jefatura de Gabinete de la Nación y al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado la documentación requerida.

Para evitar contrataciones que pudieran ser beneficiosas para un tercero a futuro, el decreto estableció que se considerará que hubo una "ventaja, beneficio o preferencia" por parte de las organizaciones vinculadas al Estado si se detectaran criterios de selección favorables para una entidad en particular. Lo mismo ocurrirá con aquellos acuerdos que pudieran cerrarse de manera directa entre las partes, los cuales deberán ser sometido a un proceso de selección mediante licitación o concurso de tipo público o privado.

Temas relacionados