Agencias de turismo, en la mira de la AFIP: investigan posible compra ilegal de dólares y evasión
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI), realizó fiscalizaciones electrónicas y presenciales sobre agencias de turismo de todo el país por presuntos desvíos en el ingreso de percepciones del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), como así también el Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por una cifra estimada en $30.000 millones.
Según investiga el organismo conducido por Carlos Castagneto, se trata de firmas dedicadas a la contratación en el exterior de paquetes turísticos que habiendo adquirido moneda extranjera en el Mercado Único Libre de Cambio (MULC) no ingresaron luego los impuestos correspondientes. Dicha maniobra tendría en algunos casos como fin acceder a la divisa dólar al valor oficial bajo este tipo de servicios, para luego ser comercializado en el mercado paralelo. Agentes del organismo llevaron a cabo en los últimos días intensos controles en la provincia de Córdoba y a lo largo y ancho del país.
Cabe recordar que el Impuesto PAIS es un tributo de emergencia establecido en febrero de 2020 a través de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, en el marco de la Emergencia Pública. Lo recaudado es distribuido de la siguiente forma: 70% para financiar programas a cargo de Anses y PAMI, mientras que el restante 30% se destina al financiamiento de obras de vivienda social, infraestructura económica y fomento del turismo.
De esta manera, el organismo continúa con las acciones de control que viene realizando durante las últimas semanas en el marco de fiscalizaciones que investigan presuntas maniobras ilegales con divisas.
Fallo a favor de AFIP: empresario debe pagar millonaria cifra
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI) recibió otro fallo a favor del cobro del aporte solidario y extraordinario a personas con alta capacidad contributiva.
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba ratificó la constitucionalidad de la ley 27.605 sancionada con el objetivo de financiar políticas públicas para morigerar los efectos de la pandemia y, de esta manera, rechazó el planteo de confiscatoriedad de un empresario de esa provincia. El organismo conducido por Carlos Castagneto determinó de oficio que le corresponde abonar por ese concepto un importe de capital de 121 millones de pesos más los intereses.
El contribuyente ya había recibido un fallo en contra en primera instancia el año pasado, que ahora fue confirmado por la Cámara. La justicia consideró que el Aporte Solidario es un tributo en sentido amplio que afecta solamente el 3% del capital patrimonial del sujeto, y no debe estimarse, como pretendía el empresario, sobre sus rentas.
En ese sentido, la sentencia también desestimó el argumento respecto a la supuesta falta de liquidez del demandante, al señalar que se trata de un impuesto transitorio cuya obligación se cumple mediante un único pago. El dictamen asegura que se trata de una iniciativa que se impulsó en el marco de una emergencia extraordinaria originada en la irrupción del Covid-19 y no advierte motivos para declararlo confiscatorio o inconstitucional.
A partir de la decisión de la justicia federal y ante el incumplimiento del pago, la AFIP determinó de oficio el Aporte Solidario por un importe de capital de $121 millones, más los intereses.
El Aporte Solidario y Extraordinario fue uno de los instrumentos impulsados por el Gobierno nacional durante la emergencia sanitaria para ampliar y fortalecer las fuentes de financiamiento genuino del sector público.