• 18/11/2024

Aguinaldo de empleada doméstica y jubilados: qué días especiales de junio cobran

La empleada doméstica se rige por el Régimen de Casas Particulares, que establece fechas especiales para el cobro del aguinaldo de junio
03/06/2024 - 09:48hs
Aguinaldo de empleada doméstica y jubilados: qué días especiales de junio cobran

Si bien las fechas de cobro del aguinaldo en junio y diciembre de la mayoría de los trabajadores están establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo, la empleada doméstica es un caso particular y tiene fechas especiales para el aguinaldo, y también los jubilados dependen de las fechas que establece la ANSES.

Para el caso de los empleados que cobran el sueldo bajo el Régimen de Casas Particulares, la fecha de pago del aguinaldo difiere de la establecida para trabajadores bajo la Ley de Contrato de Trabajo, y también los jubilados y pensionados tienen su propio cronograma, indica Ignacioonline.

Cuándo cobra el aguinaldo la empleada doméstica

El aguinaldo es un beneficio con reglas puntuales, muy esperado por los trabajadores y también conocido como Sueldo Anual Complementario (SAC). Para la economía, el aguinaldo implica un incremento en el consumo, lo que puede ayudar a dinamizar diferentes sectores comerciales y de servicios.

La normativa argentina establece dos fechas clave para el pago del aguinaldo, explica Ignacioonline:

  • Primera cuota del aguinaldo: debe pagarse antes del 30 de junio de cada año.
  • Segunda cuota del aguinaldo: debe abonarse antes del 18 de diciembre de cada año.

En el caso de la empleada doméstica, la fecha de pago del aguinaldo es la última jornada laboral de cada semestre, en junio y diciembre. Por lo tanto, la fecha puede difiere según cada caso en particular.

En el caso de interrupción del contrato de trabajo por cualquier causa, el trabajador tendrá derecho a cobrar al aguinaldo proporcional junto con la liquidación final.

La empleada doméstica tiene fechas especiales de cobro del aguinaldo
La empleada doméstica tiene fechas especiales de cobro del aguinaldo de junio

Qué sucede si el empleador no cumple las fechas

El incumplimiento en el pago del aguinaldo en las fechas establecidas puede generar sanciones para el empleador, advierte Ignacioonline.

Se considera una infracción leve el pago de las remuneraciones fuera del plazo legal cuando el atraso sea de hasta 4 días hábiles, en el caso de período de pago mensual, y de hasta 2 días hábiles si el período fuera menor.

Las infracciones leves se sancionan de acuerdo a la siguiente graduación:

Apercibimiento, para la primera infracción leve, de acuerdo a los antecedentes y circunstancia de cada caso, evaluadas por la autoridad administrativa de aplicación.

Multa del 25% al 150% del valor mensual del SMVM (salario mínimo vital y móvil) vigente al momento de la constatación de la infracción.

Cuándo cobran el aguinaldo los jubilados

La ANSES aprobó en mayo el calendario de pago del aguinaldo del sistema integrado previsional argentino (SIPA), junto con las fechas de las prestaciones para los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2024.

La ANSES estableció las fechas de cobro del aguinaldo, con el haber de junio
La ANSES estableció las fechas de cobro del aguinaldo, con el haber de junio

El mes de junio incluye la primera cuota del aguinaldo a los jubilados y pensionados por parte de la ANSES, y el calendario de pago será el siguiente:

Pensiones No Contributivas

  • Documentos terminados en 0 y 1 cobran el 10 de junio.
  • Terminados en 2 y 3, 11 de junio.
  • En 4 y 5, 12 de junio.
  • En 6 y 7, 13 de junio.
  • Y terminados en 8 y 9, 14 de junio.

Jubilados que cobran menos de la mínima

  • Documentos terminados en 0 cobran el 10 de junio.
  • Terminados en 1, 11 de junio.
  • En 2, 12 de junio.
  • En 3 y 4, 13 de junio.
  • En 5, 14 de junio.
  • En 6 y 7, 18 de junio.
  • Terminados en 8 y 9, cobran el 19 de junio.

Jubilaciones que superan la mínima

  • Documentos terminados en 0 y 1 cobran el 24 de junio
  • Terminados en 2 y 3, el 25 de junio.
  • En 4 y 5, 26 de junio.
  • En 6 y 7, 27 de junio.
  • Terminados en 8 y 9 cobran el 28 de junio.

De esta manera, las empleadas domésticas y los jubilados tienen fechas diferentes para el cobro del aguinaldo de las que rigen para el resto de los trabajadores, que para junio es el 30 de este mes.