• 22/11/2024

Confirman aumento de jubilaciones y prestaciones sociales: a cuánto subirá el haber mínimo

Según la información oficial difundida este lunes, replicarán el 4,03% de suba de la inflación de julio. Se suma un bono de $ 70.000.
02/09/2024 - 11:55hs
Confirman aumento de jubilaciones y prestaciones sociales: a cuánto subirá el haber mínimo

ANSES confirmó que las jubilaciones, pensiones y asignaciones tendrán un incremento en septiembre del 4,03 %, por la fórmula de movilidad que toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de julio publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Además, los haberes mínimos tendrán un bono adicional de $ 70.000, que se mantiene en el mismo valor desde hace siete meses.

De esta forma, ningún jubilado cobrará menos de $ 304.540,23 ($ 234.540,23 de haber mínimo con aumento + $ 70 mil pesos).

ANSES precisó que "quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla".

La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $ 257.632,18 ($ 187.632,18 de haber con aumento + $ 70 mil de bono) y las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez y Vejez, de $ 234.178,16 ($ 164.178,16 con aumento + $ 70 mil pesos).

En tanto, la Asignación Universal por Hijo (AUH) ascenderá a $ 84.275; la AUH por Hijo con Discapacidad, $ 274.422, y la Asignación Familiar por Hijo, $ 42.138 para el primer rango de ingresos.

Jubilados: tras el veto de la ley, el Gobierno dispuso un nuevo bono de 70.000 pesos

El Gobierno nacional fijó un nuevo bono extraordinario para jubilados y pensionados por un monto máximo de hasta 70.000 pesos que se abonará en el mes de septiembre de 2024.

La decisión llega después del veto del Presidente a la reforma de actualización jubilatoria que se votó en el Congreso.

El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei, del Jefe de Gabinete Guillermo Francos y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Jubilados: ¿quiénes cobrarán el bono?

Según lo fijado en el decreto serán beneficiarias de este bono las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES; las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias; los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo ANSES.

Además se dispone que para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, también serán alcanzadas por el bono.

El decreto establece que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono. Es decir cobrará la diferencia. 

El bono tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

Temas relacionados