ANMAT prohibió la venta de una marca de yerba y otra de aceite de oliva
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la elaboración y comercialización en todo el país de una marca de yerba y otra de aceite de oliva extra virgen.
El organismo oficial prohibió la venta de las marcas "La Montañita" de Córdoba y "Chacras del Olivo" de La Rioja, respectivamente, dado que ambos no cumplían con los requisitos necesarios para vender al público y se los consideró como productos "ilegales".
La primera disposición fue la 2879/2024 publicada en el Boletín Oficial. En el texto, el organismo dependiente del Ministerio de Salud justificó su decisión para "proteger la salud de los ciudadanos" dado que luego de la investigación pertinente se resolvió que la mencionada marca no poseía la debida rotulación y etiquetado en sus envases.
En el artículo primero de la norma estableció: "Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: ‘Hierbas para infusión, marca La Montañita, Nombre de fantasía Producto Artesanal, Usillo, Poleo, Burrito, Cedrón, Baila Bien, Luyaba, San Isidro’, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
ANMAT prohíbe la venta del aceite de oliva Chacras de Olivo
Asimismo, en la siguiente disposición 2880/2024, la ANMAT resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en la web del producto: "Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Chacras del Olivo, Origen de La Rioja".
Así se dispuso que sea para "cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
El organismo fundamentó su decisión "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país".
Otro aceite de oliva prohibido
La ANMAT prohibió la venta y consumo de un aceite de oliva y una miel de abejas, por considerarlos productos ilegales y peligrosos para la salud.
La decisión del organismo público fue informada mediante publicaciones realizadas en el Boletín Oficial de la Nación.
Mediante la Disposición 2870/2024 publicada este martes, la ANMAT prohibió la venta y consumo de un aceite de oliva.
"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: Aceite de oliva clásico marca Sabores Cuyanos, Envasado por RNE 13256314, RNPA 025-13826543, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal", anunció ANMAT.
Además, a través de la Disposición 2877/2024 rubricada este martes en el BO, la ANMAT prohibió la "Miel de abejas marca El Panal, RNE 220002063 - RNPA 2200063953, Elaborada y fraccionada por Cooperativa Surcos SA, Forres Departamento Robles, Ruta Nac. N° 34 Km 708, Santiago del Estero"; en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto; y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.