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Los tributos que "boicotean" la competitividad

Al analizar cuales son las perspectivas para una reforma tributaria, se debe tener en cuenta que debe ser un camino que tienda a mejorar la competitividad
25/02/2025 - 17:19hs
Los tributos que "boicotean" la competitividad

Cuando se analiza cuales son las perspectivas para una reforma tributaria en Argentina, es importante tener en cuenta que debe ser un camino que tienda a mejorar la competitividad y a la simplificación del sistema tributario.

Para ello hay tener en claro cuales son los problemas, las debilidades que hoy se presentan, tener un buen diagnóstico que permita planificar los pasos a seguir para el crecimiento y desarrollo de nuestro país.

En ese sentido, es necesario analizar los tributos que actualmente aplican a nivel nacional, provincial y municipal, identificar y detenerse en los impuestos más distorsivos que "boicotean" la competitividad, elaborar propuestas concretas y asumir nuevos desafíos para eliminar esos tributos y simplificar el sistema tributario.

I - Diagnóstico

Para lograr un crecimiento sostenido y mejorar la competitividad del país, es fundamental contar con un sistema impositivo que incentive la inversión, el empleo y la producción, en lugar de generar trabas y distorsiones.

En Argentina la elevada carga tributaria y la complejidad del sistema afectan negativamente la actividad económica y el desarrollo. Los impuestos tienen un rol protagónico. Es necesario disminuir, sustituir o eliminar los más distorsivos para potenciar la actividad económica y apuntar al crecimiento del país.

Un sistema impositivo mal diseñado o excesivamente elevado como el nuestro, constituye una barrera para la generación de riqueza y el desarrollo económico. En este sentido, los tributos pueden ser un pesado postre o potenciar la actividad económica.

II - Sistema Tributario Argentino

Cuáles son los diez principales problemas:

1) La alta presión fiscal sobre el sector formal + 50 % PBI:

En Argentina, la presión fiscal sobre el sector formal de la economía es muy elevada, ascendiendo a más del cincuenta por ciento (50 %) del Producto Bruto Interno.

Es importante destacar que si bien la presión fiscal general en relación al PBI es menor, la carga fiscal sobre el sector formal (sobre lo que pagan los impuestos) es significativamente mayor debido a la evasión impositiva, la informalidad y la inflación, con lo cual la "presión efectiva" es más alta.

La elevada presión fiscal sobre el sector formal representa un desafío para el desarrollo económico sostenible de la Argentina, ya que limita la capacidad de las empresas para crecer, innovar y generar empleo de calidad.

2) Alta informalidad:

La alta informalidad que hay en la economía argentina es consecuencia de la elevada presión fiscal, la complejidad del sistema tributario y la falta de incentivos para la formalización. Ello genera un "premio para el evasor", dado que quienes operan fuera del sistema evitan impuestos y costos laborales, obteniendo ventajas competitivas (competencia desleal) sobre quienes cumplen con la normativa.

3) Mayor tasa tributaria en % de utilidades comerciales: 106,31 % solo superada por la Isla de Comoros:

Argentina tiene una de las cargas tributarias mas elevadas a nivel global. La tasa tributaria total para las empresas en el país alcanza el 106,31 % de las utilidades comerciales. Este indicador mide el monto de impuestos y contribuciones obligatorias que pagan las empresas, después de aplicar exenciones y deducciones permitidas, como porcentaje de sus ganancias comerciales.

Dicho porcentaje coloca a la Argentina en el segundo lugar en el mundo en términos de presión fiscal sobre el sector formal de la economía, solo por detrás de la Isla de Comoros.

Otros países y regiones presentan cargas tributarias significativamente menores. Por ejemplo, Venezuela con un 73,30 %; Estados Unidos con un 36,60 %; América Latina un promedio del 46,63 % y la Unión Europea con un 40,02 %.

4) Hay una enorme cantidad de tributos a nivel nacional, provincial y municipal:

En 2024 se contabilizaron un total de 154 tributos, según el siguiente detalle:

  • 45 tributos nacionales (sin Impuesto País)
  • 25 tributos provinciales
  • 84 tributos municipales

Esta cantidad de tributos ocasiona una alta complejidad para el contribuyente que debe destinar gran cantidad de recursos para conocer las normas, aplicarlas correctamente, y realizar liquidaciones y presentaciones en todas las jurisdicciones.

5) Solo 10 tributos representan el 92 % de la Recaudación Argentina Consolidada:

Fuente: IARAF
Fuente: IARAF "Vademecum Tributario 2024"

1) IVA: 26,6 %

2) Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social: 17,0 %

3) Impuesto a las Ganancias: 16,0 %

4) Impuesto sobre los Ingresos Brutos: 14,7 %

5) Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias: 5,7 %

6) Derechos de Exportación: 2,8 %

7) Impuesto País: 2,8 %

8) Derechos de Importación: 2,5 %

9) Tasa por Inspección Seguridad e Higiene: 2,4 %

10) Impuestos Internos coparticipados: 1,9 %

6) Dentro de esos diez (10) tributos hay cuatro (4) muy distorsivos que en forma conjunta representan el 7.4 % del Producto Bruto Interno:

  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos: 4,10 %;
  • Impuesto sobre Créditos y Débitos en cuentas bancarias: 1,65 %;
  • Derechos de Exportación: 1,05;
  • Tasa Inspección Seguridad e Higiene: 0,60 %.

7) Superposición de tributos con traslado al consumidor:

Se superponen tributos nacionales, provinciales y municipales que se trasladan al consumidor, en el sentido de que sobre una misma base imponible y capacidad contributiva se aplica:

  • A nivel nacional: el Impuesto al Valor Agregado y en algunos casos el Impuesto Interno
  • A nivel provincial: el Impuesto sobre los Ingresos Brutos
  • A nivel municipal: la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene

8) Proliferación de pagos cuenta (retenciones/percepciones) que se aplican antes de que se genere la obligación tributaria:

Se aplican innumerable cantidad de regímenes de percepción y retención tanto a nivel nacional como provincial, por los cuales los contribuyentes se ven obligados a realizar pagos a cuenta del tributo antes que se genere la obligación tributaria.

9) Los impuestos anticipados generan saldos a favor del contribuyente con laberintos normativos y burocráticos para el recupero:

Los pagos a cuenta que los contribuyentes se ven obligados a realizar por aplicación de los regímenes de retención y percepción o por los anticipos de cada tributo, generan saldos a favor de muy difícil recupero.

Los procedimientos para solicitar la devolución son lentos, las solicitudes de exclusión de los regímenes de retención o percepción requieren el cumplimiento de muchos requisitos, todo lo cual genera grandes perjuicios financieros para el contribuyente.

10) Saturación de normas administrativas y formales a cargo de los contribuyentes:

Los contribuyentes se ven obligados a cumplir una infinidad de normas formales y administrativas, regímenes de información, presentación de declaraciones juradas y pagos de distinto tipo. También se los designa agentes de retención y percepción a nivel nacional, provincial y municipal. Todo ello los obliga a asumir grandes costos para cumplir con las obligaciones tributarias en todas las jurisdicciones, y destinar recursos humanos para atender inspecciones en estas últimas individualmente.

III – Los tributos más distorsivos

Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Uno de los impuestos más distorsivos es el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se aplica a nivel provincial.

Es un impuesto plurifásico, aplica en cada una de las etapas de la cadena productiva sin reconocer créditos fiscales. Tiene lo que se denomina "efecto cascada", es acumulativo a lo largo del proceso productivo, lo cual repotencia los costos y el precio de los bienes y servicios gravados, afectando la competitividad.

Distorsiona asimismo el valor de los bienes que se exportan porque a diferencia del impuesto al valor agregado, no puede recuperarse (se exporta el impuesto en el costo de producción).

Desconoce la capacidad contributiva del contribuyente y no tiene en cuenta el resultado.

Cada provincia aplica diferentes alícuotas y sus propios regímenes de retención y percepción, lo que genera una recaudación anticipada por pagos a cuenta de aproximadamente el setenta por ciento (70 %) del tributo. Esto asimismo genera múltiples cargas administrativas y acumulación de saldos a favor.

Ningún país del mundo aplica actualmente en el mundo un tributo de estas características, optando por otros impuestos como el impuesto al valor agregado o impuestos a las ventas.

Impuesto a las Exportaciones

Sólo doce (12) paí­ses, entre los cuales está la Argentina, han implementado impuestos a las exportaciones, tributo poco común como sí lo son por ejemplo los impuestos sobre el consumo o la renta.

Generalmente, los impuestos a las exportaciones se aplican para proteger los recursos naturales, regular el comercio exterior o aumentar la recaudación fiscal.

Estos impuestos pueden ser especí­ficos de ciertos productos o sectores y están destinados a controlar las exportaciones, asegurar el suministro interno o aprovechar altos precios internacionales.

Detallamos a continuación ejemplos de paí­ses que establecen impuestos a las exportaciones:

1. Argentina

2. Rusia

3. Uzbekistán

4. Indonesia

5. Kazajistan

6. Costa de Marfil

7. Tanzania

8. Uganda

9. Guinea

10. Camboya

11. Irán

12. Camerún

Los impuestos a las exportaciones afectan directamente la competitividad, ninguno de los países modernos lo aplica, tampoco nuestros vecinos; Brasil, Uruguay, Paraguay, Chile, Bolivia.

Es un contrasentido, en un país de escasas reservas, gravar con impuestos a las exportaciones, que son generadoras de divisas.

Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras operatorias

El Impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias es un tributo creado en el año 2001 como una medida de emergencia en el contexto de la crisis económica, en forma transitoria por un (1) año. Sin embargo, a pesar de su carácter temporal, se mantuvo en el tiempo y continúa vigente hace ya veinticuatro (24) años, luego de sucesivas prórrogas.

La alícuota aplicable es del 0,6 por ciento sobre cada débito y crédito en cuenta bancaria.

No mide la capacidad contributiva ni la rentabilidad sino que grava transacciones sin distinción alguna y se superpone con otros tributos (impuesto sobre impuesto), generando una doble imposición.

Al aplicarse sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias penaliza el movimiento de dinero formal, incentiva por el contrario el uso de dinero en efectivo y fomenta la informalidad.

Es poco común a nivel global, por sus efectos negativos en relación a la bancarización y actividad económica: Colombia (alícuota del 0,004 %) y Perú (alícuota del 0,005 %) son los pocos países que aún lo mantienen, pero con alícuotas mucho más reducidas.

Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene

La Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene es un verdadero impuesto disfrazado de tasa. Genera múltiple imposición con el IVA y Impuesto sobre los Ingresos Brutos, encareciendo la actividad económica.

Cada municipio fija discrecionalmente su propia alícuota generando diferentes costos entre localidades cercanas y desincentivando la inversión en aquellos que aplicas las alícuotas mas altas.

El tributo se cobra sobre la facturación bruta del contribuyente y no en relación al costo que la prestación del servicio tiene para el Municipio.

Se presentan serias dificultades cuando se quiere discutir la procedencia o cuantía del tributo. Por un lado, porque rige el principio del "solve et repete" (pago previo) que exige ingresar el tributo para discutir su procedencia. Y, por otro lado, porque el Municipio está habilitado a reclamar su ingreso por la vía de apremio (juicio ejecutivo), dada la presunción de legitimidad del acto administrativo. Los jueces Provinciales competentes para intervenir en dichos procesos, difícilmente otorgan medidas cautelares que impidan la ejecución y traba de embargos mientras se discute la procedencia del tributo. Todo ello produce un "estado de indefensión" y afecta el derecho de propiedad de los contribuyentes, tornando ilusoria la posibilidad de acceder a una administración de justicia eficaz.

IV - Propuestas para solucionar las distorsiones

A. Desafíos previos

Hay dos cuestiones o premisas que deben darse para que los objetivos a mediano y largo plazo no queden en la nada.

1) El compromiso del Gobierno Nacional de lograr y mantener un equilibrio fiscal sustentable;

2) El compromiso de las Provincias y los Municipios para que los esfuerzos de la Nación no se diluyan con aumentos de los tributos provinciales y municipales.

El equilibrio fiscal sustentable es un desafío recurrente en nuestro país, debido a décadas de déficits estructurales financiados con emisión monetaria, endeudamiento y aumento de la presión impositiva. Para lograrlo sin afectar el crecimiento ni la inclusión social, es necesario atacar el gasto público y administrar de forma eficiente y sostenible los ingresos fiscales, cuestiones que parecería que el Gobierno Nacional está estableciendo como prioridad.

Por otro lado, los esfuerzos que en ese sentido se realicen a nivel nacional, deben necesariamente ser acompañados por un compromiso por parte de las provincias y municipios con "premios" y "castigos" concretos para el caso de incumplimiento.

Los últimos dos Pactos Fiscales Federales, tuvieron lugar en el gobierno de Menem en el año 1993 y en el de Macri en el año 2017. Ambos fracasaron por el incumplimiento de las provincias, pero ello no tuvo consecuencias para estas últimas.

Es por ello que un nuevo Pacto Fiscal Federal debería contener:

1) ventajas concretas para las provincias cumplidoras;

2) sanciones muy duras para quienes incumplan lo convenido.

Entre las ventajas para las provincias podría contemplarse:

  • la rebaja de alícuotas o eliminación de tributos nacionales en las jurisdicciones que hagan eso mismo respecto de los tributos locales;
  • condicionar al cumplimiento de las metas que se fijen: i) el giro de aportes discrecionales del Tesoro Nacional; ii) el financiamiento de las cajas previsionales provinciales; iii) el otorgamiento de autorizaciones de la Nación para endeudamiento internacional de las provincias; iv) la asignación de obra pública.

Entre las exigencias a las provincias debería incluirse:

- Progresiva reducción de la presión tributaria a nivel provincial y municipal.

- Eliminación de impuestos distorsivos y su sustitución por otros que no se superpongan con los nacionales.

Ante el incumplimiento de las provincias a las exigencias establecidas, debería automáticamente la Nación suspender las ventajas mencionadas anteriormente.

B. Propuestas para mejorar la competitividad y simplificar el Sistema Tributario

1) Impuesto sobre los Ingresos Brutos: reemplazarlo por un impuesto que grave solo la venta minorista.

2) Derechos a las exportaciones: eliminarlo.

3) Impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias: eliminarlo.

4) Impuesto a las Ganancias: modificar el tributo estableciendo:

a) Amortización acelerada para inversiones;

b) Deducciones especiales para exportaciones incrementales (son incentivos fiscales diseñados para promover las exportaciones en sectores claves de la economía, que se aplican al volumen de exportaciones que supera un determinado umbral en comparación con un período base establecido);

c) Cómputo de quebrantos actualizados y sin límite temporal.

5)Impuesto al Valor Agregado: establecer la libre disponibilidad de saldos a favor técnicos.

6)Tasas municipales: Determinación de su cuantía en función del costo que la prestación del servicio tiene para el Municipio. Las tasas deben corresponder a un servicio efectivamente prestado al contribuyente y su cuantía debe tener relación con el costo que le produce al Municipio su prestación.

7) Retenciones/Percepciones/Pagos a cuenta: el hecho imponible debe ocurrir previo a realizarse el pago a cuenta. El sistema hoy contempla infinidad de regímenes de retención y percepción, lo que genera gran cantidad de pagos a cuenta cuando el hecho imponible aún no se ha verificado. Esto debe modificarse buscando que la regla general sea que los adelantos o pagos a cuenta del tributo sean obligatorios una vez que se produjo el hecho imponible que genera la obligación de tributar.

8) Defensa de los contribuyentes: debe eliminarse el requisito del "pago previo" a los fines de discutir la procedencia del tributo y también generalizar el efecto suspensivo de la apelación en relación a todos los impuestos, tasas y contribuciones, de modo que el contribuyente tenga la posibilidad de ejercer su derecho de defensa sin que los Fiscos puedan ejecutar la "supuesta deuda" o trabar embargos en virtud de la presunción de legitimidad del acto administrativo.

9) Impuesto de Sellos: eliminarlo. Es un impuesto medieval

10) Tributos de escasa recaudación: eliminarlos

C. Círculo vicioso de la pobreza

A partir de la pobreza y su relación con los planes sociales, la economía y los impuestos, se genera un círculo vicioso que se retroalimenta, generando un estancamiento para el crecimiento y desarrollo de nuestro país, perpetuando y acrecentando la pobreza.

En ese sentido, para mitigar la pobreza y la desigualdad, el Estado aumenta impuestos a los fines de generar ingresos para incrementar la cantidad de planes sociales.

Esa mayor presión impositiva, desincentiva la producción, la inversión y los nuevos emprendimientos, lo que repercute negativamente en la actividad económica y el consumo.

El círculo vicioso de la pobreza
El círculo vicioso de la pobreza

La menor actividad económica disminuye la oferta de empleo y la posibilidad de que los trabajadores aumenten sus ingresos. Ello "obliga" al Estado a aumentar la asistencia vía aumento del gasto público, subsidios y planes sociales.

De ese modo, cada vez mas personas permanecen fuera del mercado laboral, dependiendo del Estado. La carga fiscal sobre las empresas y trabajadores formales aumenta, lo que hace menos atractivo operar dentro del sistema, aumenta la informalidad y la evasión, lo que repercute en la recaudación.

De no aplicarse reformas estructurales, el círculo vicioso continúa perpetuando la pobreza y limitando la posibilidad de lograr el crecimiento y desarrollo económico sostenible.

Dr. César Roberto Litvin

CEO de Lisicki, Litvin & Abelovich

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