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Comercio internacional: cambios normativos para agilizar los procedimientos para la aplicación de las medidas antidumping

Argentina, como miembro de la OMC, históricamente ha sido muy activo en el uso de las herramientas de defensa comercial internacional
21/01/2025 - 06:29hs
Comercio internacional: cambios normativos para agilizar los procedimientos para la aplicación de las medidas antidumping

Argentina, como miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC), históricamente ha sido muy activo en el uso de las herramientas de defensa comercial internacional, previstas en el Acuerdo de Marrakech, mediante las cuales la industria nacional puede protegerse de prácticas desleales como el dumping y las subvenciones.

Sucintamente, bajo el Decreto 1393/2008 el proceso de investigación involucraba a dos organismos, por un lado, a la Secretaría de Comercio, encargada de determinar la existencia de dumping, y por el otro, a la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE), responsable de evaluar el daño a la industria nacional causado por dicho dumping.

A partir de la vigencia del Decreto 33/2025 (BO 16/01/2025), todas las funciones se concentran en la CNCE, la que asume la instrucción del procedimiento, la determinación de la existencia de dumping, la determinación sobre la existencia de un producto similar o directamente competidor nacional y la relación de causalidad.

En el marco de un proceso de desregulación interna, pero sin abandonar dicha tradición, se ha dictado el Decreto 33/2025 con el objetivo de simplificar los procedimientos de investigación de dumping, para así mejorar la respuesta gubernamental en un mercado propenso a una mayor apertura comercial, pero no por ello permeable a productos que se comercialicen por debajo de su precio normal (según terminología establecida en el Acuerdo de Marrakech).

Por lo tanto, la modificación llega en un contexto en el que la industria nacional tendrá mucha más competencia, donde las herramientas antidumping ganan relevancia como un mecanismo esencial para proteger los sectores productivos locales.

El desafío para el futuro será garantizar el equilibrio necesario entre la libertad de mercado (compromiso asumido al ser miembro de la OMC), la producción nacional y la eficiencia gubernamental.

Dra. Karina Castellano (klcastellano@llyasoc.com) - Directora del Área de Derecho Aduanero y Cambiario - Departamento Jurídico de Lisicki, Litvin & Asociados

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