ARCA, ex AFIP: qué documentos necesito para justificar una transferencia
Al realizar una transferencia a través de un banco o billetera virtual, es necesario contar con los documentos necesarios que permitan demostrar la legalidad de los fondos. Si bien la información es solicitada por las entidades financieras, el destino final es ARCA, ex AFIP, y, en algunos casos, la Unidad de Información Financiera (UIF).
El no contar con la respectiva información puede generar graves consecuencias en la cuenta e historial del usuario. Estas pueden ir desde cierres de cuentas hasta multas e incluso causas penales.
¿Qué documentos debo presentar ante ARCA, EX AFIP, para justificar una transferencia?
Para justificar una transferencia o movimientos de fondos, se puede presentar algunos de los siguientes documentos:
- Boletas de compra y venta
- Documentos que justifiquen la venta de acciones, empresa o inmueble
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
- Facturación de los últimos meses
- Constancia del monotributo
- Certificado de fondos emitido por un contador público
Cabe recordar que, dependiendo de los fondos, será el documento a presentar. Por ejemplo, una suma de dinero grande podría no estar justificada con la simple presentación de la constancia del monotributo.
Por lo general, los bancos suelen pedir el justificativo del dinero para prever posibles pedidos de información de ARCA, ya que, de no tenerlos, pueden sufrir graves multas. En esta línea, el banco suele elaborar un "perfil" de cada cliente.
Si encuentra movimientos sospechosos, el cliente deberá presentar la documentación que respalde la legalidad de los fondos, como alguna de las previamente mencionadas. De no justificarlo, el banco o empresa financiera suele proceder al cierre de la cuenta y emitir un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
A partir de qué monto los bancos y billeteras virtuales informan a ARCA
En los últimos años, el uso de efectivo se ha vuelto una excepción. Las operaciones del día a día suelen llevarse a cabo a través de pagos con QR, a través billeteras virtuales como MODO, Mercado Pago y Cuenta DNI, como también con tarjeta de débito y crédito.
Este cambio en los hábitos de pago ha llevado a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a implementar límites específicos para las transferencias, depósitos y saldos en cuenta, En especial para aquellos contribuyentes sin ingresos declarados.
Recientemente, ARCA estableció que las transferencias sin necesidad de presentar una declaración jurada pueden realizarse tiene un límite de $400.000, con un máximo mensual acumulado de $700.000.
Si se superan estos valores, los usuarios deben justificar el origen de los fondos. Con la creación de ARCA, el Gobierno está revisando estas regulaciones y podría introducir cambios, no solo en los montos permitidos, sino también en los mecanismos de supervisión de ingresos y egresos. Hasta que se definan las nuevas disposiciones, el sistema continuará operando bajo las normativas actuales.
ARCA también impuso la obligación de informar movimientos iguales o superiores a $1.400.000 realizados a través de transferencias bancarias o virtuales. En estos casos, los usuarios deberán detallar el tipo de transferencia, el CBU o CVU utilizado y el monto exacto.
Sin embargo, gracias al cruce de datos, si el dinero proviene de una transacción declarada, como, por ejemplo, el pago del salario, entonces es raro que soliciten justificar el dinero.
A su vez, cabe recordar que algunas entidades establecen límites para sus operaciones diarias. Por ejemplo, en Santander, el límite hacia cuentas de terceros es de 10 millones diarios. Si se desea llevar adelante una operación por una cantidad superior a lo previsto por las entidades financieras, se tendrá que realizar por medio del método tradicional, que contará con un día de demora, o darle un preaviso al banco.
Además, se debe aclarar qué día van a realizar la transferencia, el monto total y el CBU o número de la cuenta de la persona que recibirá el dinero. En estos casos, el banco o billetera virtual suele pedir información detallada sobre la operación para contar con el justificativo, en caso de que ARCA, ex AFIP, pida documentación al respecto.