Ley Bases: qué pasará con el silencio positivo administrativo y las 6 claves de la reforma del Estado
El Gobierno larga la implementación del silencio positivo, que consiste en que se considera otorgado el pedido del ciudadano en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización.
El Decreto 695 reglamenta también la reforma del Estado de la Ley Bases, incluyendo privatizaciones, fondos fiduciarios y el procedimiento administrativo.
Qué se establece sobre silencio positivo
El Decreto instruye a la Jefatura de Gabinete a que, dentro de 15 días, apruebe el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, afirma Constanzó.
La Ley Bases había establecido que, cuando una norma exija una autorización u otra conformidad al vencimiento del plazo para su otorgamiento, se configurará un silencio positivo, aunque tal disposición no será aplicable a materias de salud pública, medio ambiente, prestación de servicios públicos o derechos sobre bienes del dominio público, advierte.
De acuerdo con el Decreto, se entenderá por autorización administrativa al acto mediante el cual la administración habilita el ejercicio de un derecho preexistente del administrado una vez verificado el cumplimiento de las condiciones para su dictado, sostiene.
La denominación del acto será indistinta a efectos de su calificación como autorización. Sin embargo, quedarán exceptuados los permisos, entendidos como los actos administrativos que excepcionalmente otorgan un derecho frente a una prohibición establecida por la normativa, subraya.
Asimismo, mediante el Decreto instruye al Jefe de Gabinete a que produzca un informe acerca de los supuestos donde no será de aplicación tal efecto positivo ante el silencio, afirma.
A partir de ello, se simplifica el procedimiento relativo a trámites autorizatorios y simplificados, asignando efectos positivos al silencio de la autoridad encargada de dar tal autorización, remarca.
Cuáles son las 6 claves sobre procedimiento administrativo
Entre las disposiciones relevantes del Decreto en materia de procedimiento administrativo, se destacan las siguientes, enumera Constanzó:
1. Establece que serán gratuitos los trámites en el marco de recursos, reclamos y demás impugnaciones previstas en la Ley de Procedimientos Administrativos y en la reglamentación, con exclusión de aquellos en los que, por normativa específica, se exija el pago de una tasa o suma de dinero por el desarrollo y organización de esa actividad estatal específica y concreta.
2. Para el acceso a expedientes administrativos, ratifica que la suspensión de plazos (la solicitud de vista, para acceder a actuaciones, conlleva la suspensión de plazos para interponer recursos) aplica inclusive a expedientes electrónicos.
3. Asimismo, el usuario podrá consultar la última fecha de modificación, el estado del expediente y su ubicación actual; también tendrá acceso a los documentos que se hayan vinculado.
4. Determina que las notificaciones mal practicadas carecerán de validez. Con anterioridad, si la notificación hubiese sido mal practicada de todos modos el interesado se tenía por notificado, pero gozaba de un plazo para interponer recursos administrativos ampliado.
Ahora directamente se establece que la notificación será inválida y, como tal, deberá ser practicada nuevamente, no aplicando un plazo ampliado (porque no ha habido, en rigor, notificación).
5. Respecto a procedimientos de consulta pública, el procedimiento de consulta pública previsto no será vinculante, salvo que una ley, un reglamento o el acto de convocatoria establezcan expresamente lo contrario.
6. Amplía los plazos para la interposición de recursos, a 20 días hábiles administrativos (10 era el plazo anterior) para el recurso de reconsideración, y 30 días hábiles administrativos para el recurso jerárquico (15 era el plazo anterior).
Qué se reglamenta sobre reforma del Estado
Fondos fiduciarios
El Ministerio de Economía debe proponer al Poder Ejecutivo Nacional la modificación, transformación, unificación, liquidación o disolución de los fondos fiduciarios públicos, de acuerdo con lo previsto en la ley bases y las limitaciones allí previstas en casos de fondos financiados por impuestos coparticipables o aportes o recargos, explica Javier Constanzó, del estudio Tavarone, Rovelli, Salim & Miani.
Privatizaciones
El Ministerio o Secretaría competente, en cuya jurisdicción se encuentre la empresa o sociedad sujeta a privatización en la Ley Bases, como ENARSA, AYSA, Intercargo y Corredores Viales, entre otras, deberán elevar un informe circunstanciado acerca de la propuesta concreta, indica Constanzó.
Esta propuesta estará vinculada al procedimiento y modalidad más adecuada para hacer efectiva la privatización, y será presentada ante el Poder Ejecutivo Nacional con copia a la Comisión Bicameral, agrega.
Luego de ello, el Poder Ejecutivo podrá otorgar la autorización para avanzar con el correspondiente proceso de privatización, para lo que se establecen disposiciones relativas a la convocatoria, tasación y procedimiento aplicable, señala.
De esta manera, el Gobierno reglamenta la reforma del Estado de la Ley Bases en lo que hace al procedimiento administrativo, privatizaciones y fondos fiduciarios, precisando cómo será el silencio administrativo.