¿Qué pasa si soy monotributista y no facturo un mes?
A la hora de darse de alta en el monotributo, muchas personas abonan la cuota mensual, pero se olvidan de hacer las facturas respectivas del mes. Este error puede ser bastante grave, ya que AFIP puede sospechar de evasión fiscal, pudiendo perder tu condición de monotributista.
¿Cuánto tiempo puede estar un monotributista sin facturar?
Si el monotributo se debe a un negocio o emprendimiento reciente, puede que las primeras semanas no tengas ventas al principio. Sin embargo, aunque tengas pocas ventas, rara vez son nulas, por lo que este último caso se trata de casos excepcionales.
En este sentido, es importante tener en cuenta que AFIP podría excluirte del monotributo si no facturaste en un período de tiempo extenso (no especifican a partir de cuando podrían sancionarte). Además, aunque no factures, el fisco te cobrará la cuota del monotributo durante ese período de tiempo.
Por este motivo, si estás teniendo algún problema con tus ventas como, por ejemplo, pasaste a trabajar en relación de dependencia y ya no estás trabajando por cuenta propia, es importante que te asesores con un especialista y, en el caso de que creas que se sostendrá en el tiempo, darte de baja manualmente del monotributo. De esta forma, si en un futuro deseás regresar, podrás hacerlo sin ningún problema.
¿Qué pasa si no facturo un mes en monotributo?
Si se trata de un hecho aislado es posible que el fisco "pase por alto" el error. Sin embargo, si esto se repite, es probable que este busque indagar los motivos por los cuales no se facturó y le solicite al contribuyente un justificativo. En el caso de no poder "justificar" la falta de facturación, AFIP puede excluirte del régimen.
Además, en el caso de realizar operaciones comerciales y no facturarlas podrían ocasionarte las siguientes consecuencias:
- Sanciones y multas: como contribuyente estás obligado a emitir facturas por las operaciones comerciales que realices. Si no emitís facturas, estarías incumpliendo con esta obligación fiscal. El incumplimiento de estas puede llevarte a sanciones y multas por parte de AFIP. Estas sanciones pueden variar según la gravedad del hecho
- Pérdida de beneficios fiscales: el monotributo generalmente ofrece beneficios fiscales, como la simplificación en la presentación de declaraciones juradas y la reducción de la carga impositiva. Si no facturás y no cumplís con tus obligaciones podés perder estos beneficios, ya que es probable que te obliguen a inscribirte en el Régimen General
- Problemas legales: no emitir facturas podría causarte inconvenientes legales, más allá de las multas mencionadas previamente como, por ejemplo, una posible causa por fraude fiscal
¿Qué pasa si me olvido de facturar un mes?
Como mencionamos anteriormente, si se trata de un hecho aislado no deberías tener muchos problemas.
En el caso de que sea algo "habitual", entonces es muy probable que el fisco de investigue, intimándote a "justificar" la falta de facturación, como también una posible aplicación de sanciones y multas.
¿Cuánto tiempo puedo deber el monotributo?
El fisco establece un máximo de 10 períodos consecutivos sin abonar el monotributo, aunque puede llegar a variar sin previo aviso. Además, no es aconsejable tener deudas de monotributo, ya que podrían sancionarte con multas además de incluir posibles intereses.
¿Qué pasa si soy monotributista y no me inscribí en Ingresos Brutos?
Otro de los errores más comunes que suelen cometer los contribuyentes es inscribirse en el monotributo, pero no hacerlo en otros tributos como, por ejemplo, Ingresos Brutos.
En este sentido es importante aclarar que el monotributo reemplaza a la presentación jurada de IVA y Ganancias, impuestos nacionales, pero no excluye otras obligaciones como los impuestos provinciales.
Por este motivo, si te inscribís en el monotributo, pero no lo hacés en Ingresos Brutos, es muy probable que los bancos y entidades financieras comiencen a realizarte percepciones a cuenta de ese tributo las cuales cada vez serán más elevadas, llegando en algunos casos al 7% o más, superando ampliamente la tasa general del 3,5%.
Además, dichas retenciones no te eximen de estar inscripto, por lo que, además de abonar mucho más en concepto de este tributo, podrás enfrentarte a sanciones por parte de la agencia de recaudación fiscal de tu provincia.
Por otra parte, si cumplís con algunos requisitos, podrás darte de alta en el Régimen Unificado. Este permite que los monotributistas paguen, en una única cuota, el componente impositivo nacional, provincial y municipal, simplificando el trámite y evitando la necesidad de presentar declaraciones juradas como también de sufrir retenciones.