• 22/12/2024

AFIP: qué consecuencias económicas tiene el nuevo "gran hermano" de control electrónico

Un nuevo sistema de control de AFIP mira las operaciones comerciales de una empresa cuando se están produciendo y puede pedir documentación
05/06/2023 - 08:03hs
AFIP: qué consecuencias económicas tiene el nuevo "gran hermano" de control electrónico

El nuevo Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE) que estableció la AFIP le permite analizar las operaciones de la empresa en tiempo real, como en un gran hermano", sobre la base de toda la información que alimenta sus bases de datos. Y tiene sanciones con graves consecuencias económicas.

Qué es el nuevo sistema de control electrónico de AFIP

El sistema de control, instaurado por la RG AFIP 5364/23, pretende que el contribuyente sepa a ciencia cierta de que está siendo fiscalizado en tiempo real, vale decir, en el mismo momento en que se consuman los hechos o actividades que constituyen hechos imponibles, indicó Lucas Gutiérrez, abogado de Lisicki, Litvin y Asoc.

Hace ya tiempo que la AFIP nutre sus bases de datos de información actual sobre las transacciones económicas de los contribuyentes, fundamentalmente por medio de los numerosos regímenes de información existentes, sumado a la utilización de programas de inteligencia artificial, explicó.

Esto permite a la AFIP clasificar y establecer patrones de resultados bastante aproximados de la situación de cada actividad en general y de cada sujeto pasivo en particular, consideró.

Por ello, el verdadero objetivo del SIACE es que el contribuyente sea consciente de está siendo observado, al modo del "gran hermano", para disuadirlo de llevar adelante maniobras de evasión o bien para inducirle a corregir sus liquidaciones antes de que lo haga el propio fisco, y sin las consecuencias que de esa actuación de oficio podrían derivarse, en el plano económico e inclusive penal, sostuvo.

Cuáles son las sanciones por no responder a la AFIP

La AFIP va a emplazar a presentar documentación o responder un requerimiento en un plazo de 3 a 15 días hábiles administrativos, a través del domicilio fiscal electrónico, precisó Fernando López Chiesa, contador de Lisicki, Litvin y Asoc.

El sistema de control electrónica obliga a responder en 15 días
El sistema de control electrónica obliga a responder en 3 a 15 días

Pero los plazos son cortos y el incumplimiento tendrá como consecuencias dificultar la operación comercial y económica mediante las siguientes sanciones:

  • Modificación del índice de riesgo SIPER, con lo que se tendrá menor cantidad de cuotas en un plan de pago,.
  • Exclusión de regímenes especiales, la suspensión del CUIT e, incluso, la emisión de facturas M, con todo el sistema del régimen de retención que eso conlleva y que implica que la empresa tendrá menos dinero disponible.
  • Baja de la valoración del CEF, que es la declaración de la capacidad económica para afrontar pagos por importaciones, que exigen la AFIP y la Secretaría de Comercio antes de aprobar una declaración jurada SIRE y habilitar el pago de las compras al exterior.

De este modo, un incumplimiento de un control tributario podrá terminar repercutiendo en mi operación comercial, enfatizó López Chiesa.

Qué puede hacer en la Justicia ante la AFIP

Más allá de este fin que podría ser loable, resulta legalmente dudoso que el fisco se arrogue la facultad de formular requerimientos o de solicitar explicaciones a los contribuyentes sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, soslayando las formas legales que indican que para ello debe dictarse previamente una orden de intervención, aseguró Gutiérrez.

Esa orden de intervención deber ser notificada al sujeto pasivo con expresa mención de los períodos e impuestos que serán objeto de la auditoría fiscal y de los nombres de los funcionarios del organismo que estarán a cargo de esta tarea, lo que no ocurre con el control electrónico, subrayó.

Para expertos, puede ser legalmente dudoso que se exija documentación sin formalidades
Para expertos, puede ser legalmente dudoso que se actúa sin formas específicas

Siendo así, cabría preguntarse si el contribuyente podría oponerse fundadamente a brindar información en el Sistema de Control Electrónico, que además prevé la aplicación de sanciones, algunas de ellas gravísimas, en caso de no contestar a los requerimientos que se le formulen, advirtió.

Como un intento de remediar a esta irregularidad, la AFIP establece que, si las respuestas de los contribuyentes no son suficientes para el organismo, la información recabada con este control servirá de base para una posterior fiscalización, o sea, la fiscalización propiamente dicha, concluyó Gutiérrez.