El Senado avanza con el blanqueo fiscal para la construcción: en qué condiciones se obtendrán los beneficios
Un plenario de las comisiones de Infraestructura, Vivienda y Transporte y de Presupuesto y Hacienda del Senado emitió este miércoles un dictamen favorable a un proyecto de ley con media sanción de la Cámara de Diputados que prevé incentivos tributarios al sector de la construcción.
La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, exime del impuesto de Bienes Personales a las inversiones destinadas a la construcción de inmuebles nuevos durante dos años y otorga un crédito fiscal para computar contra este impuesto igual al 1 por ciento del monto invertido.
Además, determina que las personas que declaren voluntariamente activos en pesos o dólares y los destinen a obras nuevas pagarán un único impuesto (con alícuota creciente en el tiempo) y se les otorgará un "blanqueo fiscal" respecto a lo que pudiera corresponder por esos fondos, además de una serie de beneficios en acciones judiciales y administrativas.
De acuerdo al proyecto, las personas que declaren sus capitales antes de los 60 días de promulgada la ley pagarán un impuesto del 5 por ciento, mientras las que lo hagan después de esa fecha y hasta los 90 días pagarán un único tributo del 10 por ciento, y las que realicen su declaración desde ese día y hasta 120 días abonarán un 20 por ciento.
Problemática en la industria de la construcción
En un plenario de senadores, realizada este mediodía por videoconferencia, el secretario de Políticas Tributarias del Ministerio de Economía, Roberto Arias, destacó la necesidad de "incentivar inversiones en construcciones" y explicó que "básicamente la propuesta está orientada a atender la problemática en la industria de construcción que entre 2018 y 2019 tuvo una caída muy importante en la cantidad de empleo registrado por la crisis macroeconómica".
"El objetivo de la ley es incentivar una mayor actividad de la economía de la industria, pero también movilizar los ahorros de los argentinos hacia la construcción", se explayó.
Arias precisó que se calcula un monto de 220 millones de dólares que "están afuera del sistema" ya sea como ahorro o en el exterior, que "significaría un avance importante" lograr que se destinen a la reactivación del sector.
El senador del Frente de Todos por Neuquén, Oscar Parrilli, planteó la importancia de lograr un acuerdo con formadores de precios que producen bienes para el sector para evitar aumentos de precios de insumos de la construcción al sostener que "hay sectores que cuando el Estado ayuda, se aprovechan para obtener más rentabilidad".
El jefe del bloque oficialista, José Mayans, pidió crear -eventualmente en la reglamentación de la ley- "un registro para que se informe semestralmente el impacto económico de la norma, que incluya el empleo registrado y la inversión".
El texto "obedece al concepto de reactivación en medio de la pandemia, son importantes las medidas para incentivar, pero necesitamos un registro del impacto económico", ahondó el legislador, en un punto con el que coincidió el funcionario expositor durante el plenario.
Cuestionan por qué no se incluyen otros sectores
Desde Juntos por el Cambio, el senador Martín Lousteau consideró que se está incentivando algo "importante" para la reactivación pero preguntó por qué no se incluyen otros sectores y sólo se contemple a la construcción.
Lousteau cuestionó el nivel de informalidad, al que calificó como "muy alto" en el rubro, y el hecho de que "se enfoquen los cañones a un sector cuando hay otros que lo necesitan más".
"Es una cuestión política cuáles sectores uno quiere empezar a promover. Obviamente hay otros sectores en curso. Es interesante la posibilidad de exteriorizar en moneda extranjera y poner en movimiento ese dinero implica un algún blanqueo de este tipo", respondió Arias al planteo del senador radical.
La presidenta de la comisión de Infraestructura, Vivienda y Transporte, María Teresa González, consideró que "adicionalmente se agrega (con esta ley) la repatriación de moneda extrajera al país para volcarlo al circuito argentino" y consideró que el efecto de la reactivación del sector es "multiplicador" por la generación de empleo.
En tanto, el titular de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Caserio, defendió el proyecto que "viene a suplir una inequidad con equilibrio" porque "permite que el dinero que está afuera del país pueda volver y no sólo por una cuestión recaudatoria sino destinada a desarrollo".
Respecto a los señalamientos de la oposición sobre si se trata de un blanqueo de capitales, Caserio consideró que "no es un blanqueo como se dice históricamente ya que no tiene un fin prioritario recaudatorio" y sostuvo que "el blanqueo siempre es injusto pero más injusto es que el evasor se quede sin exteriorizar fondos".
Los beneficios impositivos
El proyecto tiene como objetivo propiciar medidas de incentivo tributario para la recuperación de la actividad de la construcción.
Los beneficios impositivos alcanzarán a aquellas inversiones en obras privadas nuevas que, al momento de entrada en vigencia de la ley, tengan un avance de obra inferior al 50%.
Por un lado, se exime del Impuesto sobre los Bienes Personales durante dos años a los activos financieros que se apliquen a nuevas construcciones.
Esta franquicia será para aquellas personas humanas que inviertan fondos en forma directa o mediante terceros, cualquiera sea la forma jurídica y/o vehículo adoptado para materializar la inversión, en proyectos constructivos.
Por otro lado, se establece la posibilidad de computar como pago a cuenta de Bienes Personales el equivalente al 1% del valor de las inversiones realizadas en el marco de la ley.
También se propone adecuar el momento del pago de los tributos sobre las transacciones inmobiliarias.
Esto es, Impuesto a las Ganancias o Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (ITI), según corresponda, al momento de producirse el efectivo incremento del flujo del proyecto de inversión
Asimismo, adecuar el monto imponible a su evolución en términos reales.
Se propicia el diferimiento del pago de estos impuestos sobre la base imponible que se configure por la transferencia y/o enajenación cuyo objeto sea el financiamiento, inversión y/o desarrollo de proyectos inmobiliarios o de infraestructura.
La iniciativa estima que el pago del impuesto proceda cuando los titulares perciban una contraprestación en moneda nacional o extranjera; cuando cedan o transfieran a cualquier título la participación, derechos o similares que poseen en aquellos; o cuando se produzca la finalización de la obra o se adjudique la unidad, lo que ocurra en primer lugar.
El blanqueo en el proyecto
El proyecto establece por un tiempo limitado un régimen de declaración voluntaria de activos para las personas humanas, sucesiones indivisas y sociedades de capital.
Dichos fondos pagarán un único tributo con alícuota creciente en el tiempo, gozando de un conjunto de beneficios tributarios y de acciones judiciales y administrativas.
Esto siempre en el caso de que los fondos se apliquen a las construcciones, ampliaciones, instalaciones y otras.
El impuesto especial que se determinará sobre el valor de la tenencia que se declare, expresada en moneda nacional al momento de ingreso a la cuenta especial, será conforme a las siguientes alícuotas:
-Los ingresados desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y hasta 60 días corridos, un 5%.
-Los ingresados entre los días 61 y 90, un 10%.
-Los ingresados entre los días 91 y 120, un 20%.
Los plazos y porcentajes fueron modificados respecto a la versión original durante el debate en Diputados.