La AFIP detalla las principales características de la Moratoria 2020
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la puesta en marcha de una moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes). La adhesión al régimen podrá efectuarse hasta el 30 de abril de 2020.
Las empresas interesadas en acceder a este mecanismo de alivio para sus deudas deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP. El aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero.
También podrán acceder a la moratoria los monotributistas y autónomos. En todos los casos, las personas humanas y jurídicas que decidan acogerse al plan deberán contar con el Certificado Mipyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
A su vez, la reglamentación de la AFIP contempla que entidades sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios y clubes de barrio podrán acceder al régimen. Para ello deberán acreditar su forma jurídica ante el organismo.
El Gobierno puso en marcha la moratoria para Pymes y monotributistas
La moratoria es una de las herramientas previstas en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para atender la difícil situación que atraviesan las pequeñas empresas, los monotributistas y las entidades sin fines de lucro.
La iniciativa ofrece un tratamiento especial para las deudas acumuladas a lo largo de los últimos años como consecuencia del proceso de parálisis productiva y la
imposición de condiciones prohibitivas de acceso al crédito.
Las estadísticas de la AFIP muestran que entre 2015 y 2019 cerraron 24.505 empresas. El sector más afectado a lo largo de ese período fue el de las Mipymes: los empleadores con hasta 10 trabajadores explican el 91% del total de empresas afectadas por la crisis.
Ante semejante escenario, la moratoria permite refinanciar en plazos de hasta 10 años toda la deuda impositiva, aduanera y de la seguridad social que tenga un contribuyente y pagar una única cuota mensual. La iniciativa prevé la condonación parcial de intereses y total de multas.
La diferencia más relevante respecto de los planes lanzados en los últimos veinte años es que la nueva moratoria diseñada por la AFIP otorga a las Mipymes una ventana de tiempo hasta mediados de julio para recuperarse y comenzar a pagar a partir de ese momento.
Detalles de la moratoria para Pymes y monotributistas que el Gobierno anunciará hoy
La normativa establece estímulos para promover el ingreso temprano al plan de manera que las empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro que se adhieran más rápido contarán con mayores beneficios (aquellos que se adhieran en febrero y marzo tendrán menores pagos a cuenta y un período de espera más extenso).
Las empresas que ingresen a la moratoria serán beneficiadas por una quita promedio del 42% sobre el total de sus deudas con la AFIP.
Principales características del Plan Moratoria 2020
● Será posible acceder entre el 17 de febrero y el 30 de abril.
● Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones).
● Condonación parcial de intereses y total de multas.
● Tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.
● Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda
● Permite reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos
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● Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019
● Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
● Es necesario contar con el Certificado Mipyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo. El documento puede obtenerse hasta el 30 de abril.