• 20/9/2024

Los usuarios de Edenor y Edesur deberán cumplir con el "factor de potencia" de luz para no sufrir fuertes multas

El indicador de eficiencia será una norma a cumplir, además de medidores inteligentes, para "afrontar" la crisis energética, indicó el ENRE
11/09/2024 - 10:52hs
luz boletas

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) emitió una nueva resolución que busca "afrontar" la crisis energética y con las resolución 628/2024 establece una serie de medidas para que cada usuario cumpla el "factor de potencia", de lo contrario, sufrirán multas que se verán en las facturas de las áreas de concesión de las principales distribuidoras Edenor y Edesur.

El ENRE considera que la mejora del factor de potencia, un indicador clave de la eficiencia energética, y la introducción de medidores inteligentes para un mejor control del consumo eléctrico en la región del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), servirán para mejorar la distribución.

Factor de potencia: qué deberán cumplir los usuarios de Edenor y Edesur para no ser multados

El factor de potencia mide la eficiencia con la que se utiliza la electricidad en los sistemas de consumo. Idealmente, este factor debe ser de 0,95 o superior para garantizar que la energía se aproveche de manera óptima. Cuando el factor de potencia es inferior a este valor, se produce un desperdicio de energía reactiva que no contribuye al funcionamiento de los dispositivos eléctricos y genera pérdidas en las redes de distribución.

Para corregir esta ineficiencia, la resolución del ENRE establece un recargo para los usuarios que no mantengan un factor de potencia adecuado. Este recargo, calculado en función de la cantidad de energía reactiva que circula por la red, tiene el propósito de incentivar a los usuarios a mejorar sus sistemas de consumo, ya sea a través de la instalación de equipos de compensación o mediante la reducción de su consumo.

Medidores inteligentes: una tecnología clave para el ahorro de luz

Uno de los puntos centrales de la Resolución 628/2024 es la introducción de los medidores inteligentes, una herramienta fundamental para modernizar la gestión del consumo eléctrico en el AMBA. Estos dispositivos permiten un monitoreo en tiempo real del consumo de energía y proporcionan información detallada tanto a los usuarios como a las distribuidoras.

Los medidores inteligentes ofrecen múltiples beneficios. Por un lado, permiten a los usuarios gestionar mejor su consumo, accediendo a tarifas que se ajustan a los horarios de mayor o menor demanda, lo que les da la posibilidad de ahorrar en su factura de electricidad. Por otro lado, las distribuidoras pueden utilizar estos datos para optimizar el funcionamiento de la red, detectar fallas de manera más rápida y prevenir cortes de energía.

Además, esta tecnología permite una gestión remota del servicio, lo que reduce la necesidad de inspecciones físicas y mejora la eficiencia operativa del sistema eléctrico en su conjunto. Según el ENRE, los países que ya han implementado medidores inteligentes han visto mejoras significativas tanto en la calidad del servicio como en la reacción de los usuarios, que ahora tienen acceso a información precisa sobre su consumo.

Fondo para la financiación de medidores inteligentes

Para financiar la instalación de estos medidores, el ENRE ha establecido que los fondos recaudados por los recargos aplicados por el exceso de energía reactiva se destinen exclusivamente a la implementación del Programa de Medición Inteligente en las áreas de concesión de Edenor y Edesur.

Las distribuidoras deberán crear un fideicomiso para gestionar estos fondos, y será el propio ENRE, junto con otras posibles entidades públicas, el encargado de supervisar su correcta ejecución. Este fideicomiso recibirá semanalmente los montos recaudados por los recargos y se destinarán exclusivamente a la compra e instalación de los medidores inteligentes.

¿Quiénes deberán instalar equipos de compensación de energía reactiva?

La resolución también establece que inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal, como edificios y conjuntos inmobiliarios, deberán instalar equipos de corrección del factor de potencia para optimizar el uso de energía. Estos equipos, que se instalan en la acometida general del edificio, permitirán mejorar la eficiencia energética del consumo conjunto de los copropietarios.

Este tipo de equipos permitirá reducir la cantidad de energía reactiva que circula por la red de distribución, disminuyendo las pérdidas y mejorando la calidad del servicio. Los consorcios de propietarios serán responsables de su instalación, y las distribuidoras Edenor y Edesur se encargarán de realizar las conexiones necesarias.

Excepciones y penalidades

Sin embargo, la resolución exceptúa a los usuarios residenciales monofásicos del recargo por exceso de energía reactiva, debido a que en estos casos el impacto es menor y los riesgos asociados a la sobrecompensación pueden ser más perjudiciales que las pérdidas energéticas.

En cambio, para los usuarios que no corrijan su factor de potencia después de un plazo de 60 días, se aplicarán penalidades. Si el factor de potencia cae por debajo de 0,60, las distribuidoras estarán facultadas para suspender el servicio eléctrico hasta que el usuario ajuste sus instalaciones a los niveles adecuados.

El ENRE aclaró detalles sobre las multas por consumo de energía eléctrica

Si bien una resolución previa (la 522/2024) identificaba un universo de 969.739 usuarios pasibles de sanciones (702.478 con un factor de potencia entre 0,85 y 0,95 y 267.261 con menos de 0,85), la 544 especificó que solo se podrán cobrar los recargos "a partir de la instalación por parte de las empresas Edenor S.A. y Edesur S.A. de medidores que registren coseno (fi) en la acometida general común".

Desde el ENRE precisaron que eso implica que "las distribuidoras (por Edenor y Edesur) únicamente podrán cobrar el recargo a los usuarios de la categoría T1 Residencial, tanto individuales como en inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal, en los casos donde se encuentre un medidor que pueda generar la energía reactiva, por la que se penaliza". 

La energía reactiva es la que está generada por los motores (lavarropas, ascensores, bombas de agua, heladeras, etc). 

"Es decir, solo alcanzará a los que tengan un medidor instalado que pueda calcular la energía reactiva y, si bien ya hay casos de edificios que los tienen, no son el 100%", remarcaron.

Por el momento no se cuenta con un número preciso de los inmuebles que están en esas condiciones, pero en el organismo advirtieron que es "ínfimo" en relación con el casi millón de usuarios señalados en la resolución 522.

Fuera de la categoría T1 (residenciales) en el caso de los usuarios comerciales e industriales de las categorías T2 (medianas demandas) y T3 (grandes demandas), "el recargo se aplicará únicamente sobre la energía y la potencia adquirida, excluyendo el cargo por potencia contratada", subrayaron en el ENRE.

La aclaración despeja una serie de inquietudes y hasta que se diera a conocer no se descartaba entre consorcistas y técnicos una "lluvia de cautelares" en la Justicia, ante la virtual imposibilidad de cumplir en el corto y mediano plazo con las obligaciones requeridas en una primera instancia.

 

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