Nuevas disposiciones sobre el etiquetado frontal de alimentos
La ley de etiquetado frontal de alimentos marcó un antes y un después en el mercado de envases. Desde su implementación, los productos envasados deben llevar sellos que adviertan si contienen grasas, azúcares, sodio u otros componentes potencialmente perjudiciales para la salud cuando se consumen de forma habitual. El objetivo de estos sellos es claro: brindar al consumidor información precisa sobre la composición de los productos que adquiere.
En este contexto, dos nuevas resoluciones han ampliado y detallado las regulaciones existentes. A continuación, exploramos su alcance.
Resolución 11362/24: Declaración nutricional y restricciones publicitarias
La resolución 11362/24, publicada el 21 de diciembre de 2024, introdujo el "Manual de Aplicación", que establece nuevas pautas para el etiquetado nutricional frontal. Según esta normativa, deben incluir estos sellos los alimentos y bebidas alcohólicas formulados, elaborados y envasados sin la presencia del cliente, siempre que contengan azúcares, sodio o grasas añadidas, ya sea como ingredientes principales o secundarios. Además, el etiquetado debe detallar las cantidades de azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas totales, sodio y energía en el producto listo para consumir.
En cuanto a la publicidad, se prohíbe incluir en los envases cualquier tipo de aval otorgado por asociaciones civiles o científicas, así como el uso de personajes infantiles, promesas de premios, concursos o eventos. En resumen, el producto no puede ser promovido mediante elementos que condicionen la decisión de compra por fuera del interés genuino del consumidor.
Resolución 11378/24: Restricciones para productos dirigidos a menores
La disposición 11378/24, publicada el 23 de diciembre de 2024 en el Boletín Oficial, establece la prohibición de publicitar, promocionar o patrocinar alimentos y bebidas alcohólicas envasados que estén especialmente dirigidos a niños y adolescentes.
El anexo de esta disposición enfatiza los métodos publicitarios, exigiendo que los sellos sean visibles y proporcionales al tamaño del envase. En el caso de publicidades audiovisuales, deben mantenerse en pantalla por un tiempo suficiente, evitando inducir a errores o confusiones en los consumidores.
Consideraciones clave sobre los cálculos y aditivos
Un punto relevante de estas normativas es que, al determinar si un producto debe incluir un sello, se consideran únicamente los aditivos añadidos durante el proceso de fabricación, excluyendo los componentes intrínsecos del alimento.
Un marco regulatorio para decisiones más informadas
En definitiva, estas nuevas disposiciones buscan regular los mecanismos publicitarios e informativos para que los consumidores puedan tomar decisiones más conscientes y alineadas con sus necesidades. De este modo, se promueve un mercado más transparente y responsable, priorizando la salud y el bienestar de la población.