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El plan permanente de ARBA permitirá regularizar deudas vencidas al 31 de mayo de 2020

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires amplió el alcance de sus planes generales de pago. Acceda a las nuevas condiciones
23/07/2020 - 08:20hs
El plan permanente de ARBA permitirá regularizar deudas vencidas al 31 de mayo de 2020

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires amplió el alcance de sus planes generales de pago y, desde el próximo 3 de agosto, permitirá que los contribuyentes bonaerenses puedan regularizar con facilidades deudas de todos los impuestos vencidas hasta el 31 de mayo de este año.

Antes de esta medida, que fue publicada en el Boletín Oficial, dentro del régimen permanente de regularización solo se podían cancelar deudas de años anteriores, sin contemplar las vencidas en el período en curso.

Cristian Girard, director de ARBA, explicó que la ampliación de los planes generales "posibilitará que más de 1.200.000 contribuyentes puedan acceder a facilidades de pago para regularizar sus deudas", y destacó que dado que en los últimos meses "avanzamos con la digitalización de trámites, la adhesión se realizará por internet".

ARBA da más facilidades para el plan de pagos permanente

"La medida forma parte del programa de asistencia impulsado por el gobernador Axel Kicillof para acompañar y sostener a todos los sectores afectados por la pandemia. En este caso, otorgando beneficios para permitir la cancelación de deudas recientes o pasadas", puntualizó Girard.

El programa permanente de regularización se extiende a los impuestos Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos.

Abarca deudas con el fisco bonaerense vencidas al 31 de mayo de 2020, ya sea en situación prejudicial o judicial, y también comprende a todos los planes de pago que se encuentren caducos a esa fecha.

Las deudas prejudiciales cuentan con opciones de pago en hasta 60 cuotas. En tanto que las que están en instancia judicial tienen un financiamiento que, dependiendo las condiciones, llega a los 24 o 36 meses. Para conocer detalles o suscribir un plan, los contribuyentes pueden hacerlo directamente desde la web del organismo, ingresando a www.arba.gob.ar.

Nuevos planes para sectores afectados

Junto con este programa permanente, continúa vigente uno especial orientado a pymes y microempresas, que pueden financiar deudas en plazos de hasta 10 años (120 cuotas) con un interés fijo, o bien en 3 cuotas sin intereses.

Además, como parte del paquete de medidas de asistencia tributaria por la pandemia, en las próximas semanas ARBA instrumentará dos nuevos planes: uno para empresas que actúan como agentes de recaudación y otro destinado a contribuyentes con actividad económica de cualquier rubro, que en los últimos meses hayan visto afectados sus ingresos por la crisis sanitaria.

Nuevos planes para sectores afectados
Nuevos planes para sectores afectados

Estos dos nuevos planes para regularizar deudas se suman a las bonificaciones de hasta 50% en Ingresos Brutos, la reducción de alícuotas en regímenes de recaudación y la elevación a $300.000 del monto que posibilita acceder al trámite de devolución y compensación automática de saldos a favor, entre otros beneficios.

Ganancias y Bienes Personales: prórroga "testimonial" de la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2019.

La Resolución General 4767 publicada este jueves en el Boletín Oficial, tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las y los contribuyentes así como el trabajo de los profesionales de ciencias económicas en el marco del aislamiento, social preventivo y obligatorio.

La normativa eleva de 1.500.000 hasta 2.000.000 de pesos el umbral de ingresos y rentas a partir del cual las y los contribuyentes deben presentar las declaraciones juradas informativas correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2019.

La decisión no alcanza a quienes deben presentar una declaración jurada determinativa e ingresar el saldo a pagar.

Ganancias y Bienes Personales

En tanto, los restantes vencimientos de Ganancias y Bienes Personales quedan de igual manera. Se trata de los que ya fueron trasladados de junio a fines de julio de este año.

Serán, concretamente, los días 24, 27 y 28 de julio para hacer la declaración jurada, según se tenga CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3 (el 24), en 4, 5 y 6 (el 27) o en 7, 8 y 9 (el 28). Los pagos, deben ingresarse los días 27, 28 y 29, respectivamente.

Ganancias y Bienes Personales: arrancan vencimientos anuales
Ganancias y Bienes Personales: arrancan vencimientos anuales

En cuanto al impuesto sobre la renta financiera tanto la presentación como el pago vencen los días 27, 28 y 29 de julio, según la finalización del CUIT sea en 0, 1, 2 y 3 (el 27), en 4, 5 y 6 (el 28); en 7, 8 y 9 (el 29). 

Miniplan Ganancias y Bienes Personales

La AFIP estableció que hasta el 31 de agosto, inclusive, no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de cada persona humana al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2019.

Esta medida excepcional garantiza, a todas las personas humanas que lo soliciten, la posibilidad de regularizar sus obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas sin verse condicionadas por su perfil de riesgo, señalan desde la AFIP.

La medida se oficializó a través de la resolución general 4758 publicada este lunes:

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