Habrá ayuda a las empresas para el pago de sueldos y contribuciones también en mayo
El Gobierno dispuso que continuará durante mayo la ayuda a las empresas para pagar salarios y la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales para las jubilaciones.
La Decisión Administrativa N°747/20 dictada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en su Anexo I, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, prevé lo siguiente:
"Extender los beneficios del ATP relativos al Salario Complementario y a la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino respecto a los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo de 2020".
Para ello, la Jefatura tuvo en cuenta informes de los ministerios de Desarrollo Productivo y Economía que "dan cuenta del nivel de afectación de la economía derivada de la extensión del Asilamiento Social, Preventivo y Obligatorio", dice la Decisión Administrativa.
En otro orden, ese Anexo indica que "la AFIP informa que durante el primer procesamiento del Salario Complementario se detectaron un total de 38.347 trabajadoras y trabajadores en los que el beneficio a abonar ascendía a un importe menor a $ 3.000, y en 28.470 casos tal importe resultaba menor a $ 100-
Por ese motivo, expresa la norma, "se resolvió reexaminar tales casos antes de proceder a impulsar el trámite de pago".
El Gobierno considera que "dicho análisis debería extenderse a otras situaciones con el objeto de controlar su regularidad", como pluriempleo, salarios declarados menores al salario mínimo, vital y móvil, entre otros.
Problemas con la AFIP
La Decisión de la Jefatura reconoce que "en el marco de las tareas que viene llevando a cabo la AFIP a los fines de comparar la facturación -período contra período (marzo-abril 2019 / marzo-abril 2020)- de los solicitantes del beneficio Salario Complementario se identificaron situaciones correspondientes a casos de reorganización empresaria.
La norma indica que resulta "necesario establecer un criterio que permita resolver las solicitudes en base a la realidad económica de los contribuyentes, con el propósito de propender al logro de los objetivos previstos por el Programa".
Recomienda que la AFIP evalúe los casos que se presenten, ya que resulta razonable entender que los períodos deben resultar comparables en términos de variables constantes, ponderando situaciones excepcionales que pudieran interferir en esa apreciación relativa a la merma de actividad.
El Gobierno entiende necesario que la AFIP recepte de las empresas que se encuentran alcanzadas por esa situación los elementos de juicio pertinentes que conduzcan a dilucidar las situaciones que configuren un escenario de reorganización empresaria en los que resulta procedente otorgar el beneficio para garantizar la tutela de los trabajadores.
"En ese supuesto, la AFIP podrá impulsar el trámite tendiente al otorgamiento del beneficio", insiste la norma de Jefatura.
En qué consiste la ayuda
Todos los empleadores gozan la postergación o reducción hasta el 95% de las contribuciones patronales para las jubilaciones devengadas durante el mes de abril de 2020. Estos beneficios son excluyentes: postergación o reducción.
El beneficio de la reducción está siendo establecido por la Jefatura de Gabinete y empezó por las empresas de salud.
Además, el Gobierno pagará a los trabajadores un Salario Complementario de 50% del salario neto correspondiente al mes de febrero 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles. Esto ayuda a las empresas a reducir sus costos en personal.
Las empresas debieron inscribirse en la AFIP y pasar el filtro del comité de evaluación del ATP para acceder a la cobertura de parte del salario del mes de abril y a la reducción de hasta un 95% de las contribuciones patronales.
Para esto, las empresas debieron acreditar variación negativa en sus ventas a raíz de la crisis del coronavirus.
Luego de la aprobación, los empleadores debieron ingresar al servicio de Simplificación Registral de la AFIP, para cargar el CBU de cada uno de los trabajadores. Lo que tuvo problemas que se están resolvieron todavía.