• 21/11/2024

Cómo deberán reembolsar el dinero las prepagas a sus afiliados, según la fórmula que plantea el Gobierno

De acuerdo con la estimación del Gobierno, las prepagas deben devolver un 70% de los aumentos cobrados. Cómo tendrían que reembolsar ese monto las empresas
17/04/2024 - 19:59hs
Cómo deberán reembolsar el dinero las prepagas a sus afiliados, según la fórmula que plantea el Gobierno

El Gobierno propuso ante la Justicia una posible fórmula para que las prepagas devuelvan a los afiliados lo que les cobraron en los últimos meses y estuvo por encima del índice de inflación.

Es parte de la acción de amparo que la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) presentó ante la Justicia con una medida cautelar para retrotraer las subas de los últimos meses de parte de las empresas de medicina prepaga.

Devolución del aumento de prepagas: qué esquema propone el Gobierno

El Gobierno argumentó que las empresas aumentaron mediante práctica de abuso de posición dominante y abuso de poder. Ante esa situación, es que se presentó ante la Justicia y consideró que debería aplicarse una corrección que revierta dichos aumentos.

En ese escenario, plantearon cómo puede aplicarse la devolución de esas subas: según el Gobierno, el monto que tienen que reintegrar las prepagas es la diferencia entre los aumentos de las cuotas de las prepagas (140% en promedio) y la inflación del mismo período (70%).

Según lo planteado por el Gobierno, una fórmula posible para devolver ese 70% de "excedente" es mediante siete cuotas consecutivas e iguales durante siete meses: por ejemplo, si la inflación del mes es del 10%, la prepaga no debería cobrar nada a sus afiliados. Si el IPC aumentara un 12%, la prepaga podría cobrar un aumento del 2%. En tanto, en caso de que la inflación sea del 5%, las empresas deberán devolver el 5% a sus clientes. 

Se trataría, en concreto, de una especie de saldo a favor que tendrían los usuarios por los próximos siete meses. Y, teniendo en cuenta que se prevé que los aumentos en las cuotas sigan a la inflación, ese crédito "a cuenta" se irá descontando según los índices que difunda el INDEC.

El Gobierno propuso que las prepagas devuelvan el
El Gobierno propuso que las prepagas devuelvan el "excedente" cobrado en los aumentos en siete cuotas

Cuáles son las prepagas en la mira del Gobierno

A través de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), el Gobierno también lanzó acusaciones de "colusión" y prácticas anticompetitivas contra algunas de las principales firmas de medicina prepaga.

Las empresas objeto de investigación por parte de la CNDC, un organismo bajo la órbita de la Secretaría de Comercio e Industria, y afectadas por estas medidas son:

  • Galeno Argentina S.A.
  • Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil
  • Hospital Alemán Asociación Civil
  • Medifé Asociación Civil
  • Swiss Medical S.A.
  • Omint S.A. de Servicios
  • OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios
  • La Unión Argentina de Salud (UAS), la confederación que las agrupa
  • El Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su rol de actual presidente de Swiss Medical S.A. y ex presidente de la UAS.

Según estimaciones, la inflación para el mes de abril se situará en torno al 10%. Teniendo en cuenta que las cuotas de las empresas de medicina prepaga han experimentado un incremento promedio del 151% desde diciembre, se anticipa que estas medidas lograrán reducir la cuota de las prepagas en un 33%, según información proporcionada por la dependencia dirigida por Pablo Lavigne.

En el marco de una investigación por presunta colusión, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga.

Además, consideró también los efectos inmediatos de este supuesto accionar, que es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes.

A raíz de lo anterior, emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar en los términos del artículo 44 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC), que faculta a la Secretaría de Industria y Comercio, en cualquier etapa de una investigación, a imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento.

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