Aguinaldo: qué grupos de ANSES cobran el aguinaldo en diciembre 2024
En diciembre tanto los trabajadores en relación de dependencia formal como los jubilados y pensionados en la Argentina cobrarán el segundo medio aguinaldo de 2024. En el caso de jubilados y pensionados, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se encarga de realizar el pago de los haberes.
Pero no todos los grupos que cobran asignaciones en Anses recibirán un aguinaldo. A algunos les corresponde cobrar y a otros no. Lo mismo ocurre con los trabajadores, que en el caso de los independientes y los monotributistas, no cuentan con el beneficio del aguinaldo.
A continuación, cuáles serán los grupos beneficiados por Anses en el pago del aguinaldo de diciembre 2024 y cuáles quedan afuera.
Quiénes cobran el aguinaldo de diciembre 2024 de Anses
Los beneficiarios de haberes y asignaciones de Anses que si cobrarán el medio aguinaldo de diciembre son los siguientes grupos:
- Jubilados y pensionados: Los jubilados y pensionados que reciben sus haberes a través de ANSES cobran el Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, en dos partes: una en junio y otra en diciembre.
- Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC): Las personas que perciben pensiones no contributivas, como las pensiones por invalidez, vejez o madres de siete o más hijos, también tienen derecho a recibir el medio aguinaldo.
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): Aquellas personas que reciben la PUAM también reciben el aguinaldo, de manera similar a los jubilados.
Todas las demás categorías de personas que reciben distintos tipos de asignaciones de Anses no cobrarán aguinaldo en diciembre excepto que antes el gobierno nacional o la Anses definan lo contrario.
Cuándo paga Ansés el aguinaldo de diciembre
Anses comenzará a pagar el aguinaldo el 9 de diciembre a los beneficiarios que corresponde. No todos cobrarán a la vez, y cada uno puede verificar la fecha que le toca en el calendario de pagos de Anses.
Vale la pena recordar que en la Argentina por ley el pago del medio aguinaldo de diciembre se debe concretar el día 18 de ese mes a más tardar. La idea detrás de esta normativa -que es diferente de la del primer medio aguinaldo del año, que se puede pagar hasta el 30 de junio- es que las familias dispongan a tiempo de este ingreso adicional para hacer frente a los gastos de las fiestas de fin de año.
Sin embargo, tanto en junio como en diciembre el empleador tiene cuatro días hábiles de gracia para pagar el aguinaldo sin que se le pueda realizar ningún reclamo o le corresponda ninguna multa. Por eso, en 2024 los emplaeadores deberían pagar el aguinaldo antes del miércoles 18 de diciembre, pero en caso de no hacerlo, tendrán hasta el martes 24 de diciembre para cumplir con esta obligación.
Esto es, por supuesto, para los casos de empleados en relación de dependencia. Para jubilados y pensionados, el Estado generalmente paga el aguinaldo en tiempo y forma a través de la Anses.
Aumento para los jubilados
Según confirmó ya Anses, junto con el medio aguinaldo, en diciembre habrá un aumento en los haberes jubilatorios. El 12 de noviembre, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) informará el porcentaje de dicho incremento, que estará vinculado al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de octubre.
Este indicador permitirá ajustar las jubilaciones en función de la inflación registrada en ese mes, aunque el pago llegue con esa suba recién en diciembre.
Cómo calcular el aguinaldo de diciembre
Los trabajadores en relación de dependencia que cobran aguinaldo pueden calcular muy simplemente cuánto deben cobrar por ese concepto siempre que tengan dos datos:
- cuántos meses trabajaron para el mismo empleador en el último semestre
- cuál fue la mejor remuneración percibida en ese semestre
El monto que un trabajador o trabajadora debe percibir como aguinaldo es el 50% del mejor sueldo de los últimos seis meses. Entonces, si es el medio aguinaldo que se paga en diciembre, el monto a cobrar será equivalente al 50% del mejor sueldo que se cobró entre julio y diciembre de ese año.
Todo esto es válido siempre que el trabajador se haya desempeñado para el mismo empleador en los últimos seis meses antes del pago del aguinaldo.
En caso de que no sea así, y haya tenido este trabajo por menos de seis meses, igual tiene derecho a cobrar aguinaldo, solo que le corresponde un porcentual de acuerdo a la cantidad de días trabajados efectivamente. Para calcular en ese caso, se puede usar la siguiente fórmula.
- (el salario / 12) x los meses trabajados
Este cálculo es una aproximación ya que hay ítems de la remuneración que cuentan para el aguinaldo y otros que no. Incluso parte del sueldo, los últimos aumentos negociados en paritarias, pueden ser no remunerativos y recién unos meses después de haberlo recibido comienza a ser tenido en cuenta en el cálculo de aguinaldo.
Cómo se calcula el aguinaldo de los jubilados
Al igual que ocurre con el sueldo de los asalariados, el aguinaldo de jubilados y pensionados es el pago adicional del 50% del haber mensual más alto que hayan percibido en cada semestre.
Cada medio aguinaldo que paga Ansés a los jubilados y pensionados es ese equivalente, y al igual que en el caso de los trabajadores, se abona en dos cuotas, en junio y diciembre de cada año.
Ahora bien, un punto importantísimo a tener en cuenta en el pago del aguinaldo a jubilados y pensionados es que el bono de 70.000 pesos mensuales que viene pagando el gobierno a las asignaciones de menor valor no se tiene en cuenta para el cálculo del aguinaldo. Por lo tanto, al hacer la cuenta, se deberá hacer tomando el haber básico sin bono para jubilados como base. Tampoco se espera, como viene ocurriendo hasta ahora, un aumento del bono para dar cuenta de la inflación.
Con estos datos los jubilados y pensionados podrán saber cuánto deben cobrar por el medio aguinaldo de diciembre y en qué momento se lo pagará la Anses. El mismo será un ingreso importante para cubrir los compromisos de fin de año.