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Avanza la reforma laboral: los cambios que se vienen y los que ya implementan las empresas

A partir de la Ley Bases, se impulsaron cambios en normas, reglamentaciones y acuerdos, a partir del avance de nuevas tecnologías y cambios de hábitos
20/03/2025 - 18:24hs
Avanza la reforma laboral

La reforma laboral ya nadie la puede detener. La Ley de Bases fue el propulsor inicial de cambios inexorables que se exteriorizan con normas, reglamentaciones, acuerdos convencionales y sobre todo por el avance de las nuevas tecnologías y de la Inteligencia Artificial Generativo (IAG).

El presidente Milei -en su discurso inaugural de las sesiones del Congreso Nacional- reafirmó que el derecho del trabajo responde a un modelo arcaico que no contempla los desafíos de las nuevas formas de organización y de los efectos inexorables de la tecnología digital las aplicaciones la robótica y la automación.

Como los cambios son parte de un proceso, el DNU 70/2023 marcó el camino, La Ley de Bases nro. 27.742E aprobó parte de las reformas (ver decreto 847/24 y Resolución AFIP 5577/24), y el devenir de los acontecimientos impone los desafíos.

Reforma laboral: los cambios más destacados

Entre los ítems más destacados tenemos:

  1. Ámbito de aplicación del derecho del trabajo, presunciones. Trabajo autónomo y contratos especiales del Código Civil y Comercial excluidos de la legislación laboral.
  2. La derogación de las multas contravencionales por trabajo no registrado y de otras sanciones económicas contenidas en la Ley de Empleo y en la Ley de Contrato de Trabajo;
  3. La extensión del período de prueba general y convencional;
  4. Planes especiales de regularización laboral moratoria y programas especiales de inscripción ;
  5. La registración del trabajador en la cadena de contratistas (art. 29 LCT);
  6. El derecho de retención del principal sobre los contratistas renuentes (art.30 LCT);
  7. La maternidad y los plazos de la licencia;
  8. El despido con justa causa de la huelga salvaje por bloqueos, ocupación del establecimiento, impedimentos dolosos al derecho a trabajar y daños a la propiedad del empleador o de terceros;
  9. El despido discriminatorio. Indemnizaciones. No se admite la reinstalación.
  10. Creación del Fondo de Cese y las múltiples opciones para su implementación;
  11. Nueva figura de trabajador autónomo con hasta tres (3) colaboradores;
  12. Bolsa de trabajo del trabajo agrario, su carácter voluntario.

A su vez, se establecieron nuevos cambios relevantes posteriores a la Ley de Bases.

Los eventos más destacados son:

  1. La reformulación del sistema de propinas (art. 113. LCT) de la gastronomía y del turismo, que ahora no forman parte de la remuneración. Asegura el pago al trabajador de las propinas ingresadas por vía digital.
  2. La eliminación de la triangulación en las Obras Sociales, para trabajadores dependiente dentro o fuera de convenio en donde se evita la intermediación de las entidades cuando los servicios los brinda una empresa prepaga registrada como operador (Ley 23.660).
  3. Los convenios colectivos no podrán imponer pagos de las empresas a favor de las cámaras que las agrupan. Por ende, se rechazará la homologación de aportes o contribuciones obligatorios con destino a las cámaras empresarias (Decreto 149/25).

Los cambios de hecho que se dan dentro de las empresas

A su vez, se están produciendo una serie de cambios de hecho y de derecho en las empresas que necesitan modificar las condiciones de trabajo en especial por efecto de las tecnologías exponenciales y por los cambios en los hábitos de los clientes y consumidores.

Entre los más destacados tenemos:

  1. El empleo de un banco de horas promediando en ciclos predeterminados el promedio de las 8 horas diarias y 48 horas semanales (art. 25 Ley 24.013 y art.198 LCT) dentro de los convenios colectivos (minería, gastronomía, servicios generales, centros de diversiones, centros de compras, y otros);
  2. El otorgamiento de las vacaciones durante todo el año, dentro de acuerdos convencionales o de acuerdos multilaterales fraccionando los períodos en tramos semanales;
  3. La jornada con guardias activas y guardias pasivas para jornadas intensivas, o para prestaciones ocasionales (servicios de emergencias, atención de catástrofes, defensa civil, transporte público, y otros);
  4. El sistema de cobertura de ausentismo a través de trabajadores por equipos ("teem balls");
  5. El trabajo durante sábados domingos y feriados con mecanismos rotativos en servicios ininterrumpidos, o en prestaciones centradas en días de descanso o feriados;
  6. Los mecanismos de tercerización por contratos no laborales de agencia, de distribución, de transporte, de servicios, de obras, corretaje, de resultados, y otros;
  7. La jornada reducida, la quebrada, la alternativa, la jornada intensiva y las versiones mixtas según el tipo de servicio;
  8. El teletrabajo y sus diversos formatos, en cuanto a gastos compensatorios, beneficios sociales, retribución variable o por producción o productividad, la jornada alternada, y las secuencias por turno;
  9. El trabajo híbrido combinando presencialidad con home office o trabajo a distancia, riesgos complementarios y sistemas de autogestión;
  10. Las nuevas opciones tecnológicas de control a distancia de dispositivos, de la robótica y la automación, por terminales especiales y mediante profesionales especializados;
  11. El empleo de los controles de todas las necesidades operativas con sensores, filmación y fotografía, y desarrollo de nuevas tecnologías de la detección y determinación de todo tipo de hechos o acontecimientos operativos o funcionales por razones preventivas, de control o de seguridad personal o general.

Para estimular estas y todas las reformas que imponen los cambios y la innovación sistemática que estamos experimentando, se deben adoptar como mínimo las siguientes medidas:

  • Generar desde los convenios colectivos todos los instrumentos que cuenten con disponibilidad colectiva (la posibilidad de modificar o ampliar la ley por vía convencional);
  • La introducción en los convenios de las herramientas que imponen cambios sectoriales o de arte oficio o profesión relacionados con las tecnologías exponenciales;
  • Articular mecanismos de ius variandi (derecho a modificar las condiciones de trabajo) con la dinámica que impone hoy la realidad;
  • Exigir al Congreso de la Nación el tratamiento específico de reformas imprescindibles a través de leyes de fondo como es el caso del Proyecto de Reforma Laboral e Incentivo para el empleo de la diputada Romina Diez y otros que se promueve en la Cámara de Diputados;
  • Considerar las propuestas de reforma que formula el Poder Ejecutivo que tienden a promover el empleo de calidad registrado, y que generan alternativas y opciones laborales a los grupos sociales vulnerables;
  • Asumir que la legislación vigente ha cumplido una etapa en su tiempo y que hoy no está alineada con la competitividad, la productividad, y con la aplicación del nuevo mundo que enfrentan todas las organizaciones, en los albores de la Inteligencia Artificial Generativa.

Para completar el escenario desafiante que se nos impone a todos, la educación debe estar a la altura de las demandas de un mercado ocupacional que está dejando de lado oficios y profesiones, y que crea nuevas materias, especialidades y carreras. En los países centrales se focaliza la salida laboral desde los inicios del ciclo educativo básico.

Educación a cargo de Carlos Torrendell y Trabajo a cargo de Julio Cordero, ambas secretarías del Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello, tienen sobre sus espaldas el gran desafío de los tiempos, que la comunidad demanda y exige, de quienes han asumido que para volver a la senda del crecimiento hay que hacer un esfuerzo mancomunado que incluya a todos los sectores de la sociedad bajo los principios de la libertad, el progreso, y la inclusión general.

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