• 24/11/2024

Aguinaldo: ¿se calcula sobre el sueldo neto o el bruto?

La segunda cuota del pago del Sueldo Anual Complementario se calcula sobre el salario bruto. La fecha límite del cobro venció el 18 de diciembre
21/12/2021 - 15:24hs
Aguinaldo: ¿se calcula sobre el sueldo neto o el bruto?

Durante la última quincena de diciembre, los trabajadores en relación de dependencia cobran la segunda cuota del pago del Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo.

El aguinaldo se paga proporcional a los meses trabajados. Se calcula sobre el sueldo bruto y se debe dividir el mejor salario del semestre por 12 y multiplicarlo por los meses trabajados hasta la fecha durante el último semestre.

¿Hasta cuándo pueden pagar el aguinaldo?

Si bien la fecha límite para el pago de la segunda cuota del SAC era el 18 de diciembre, existe una tolerancia de pago de cuatro días hábiles, es decir, hasta el 23 de diciembre, según consignó la legislatura.

Por la crítica situación económica y laboral devenida por la pandemia de Covid-19, este año el aguinaldo está exento del Impuesto a las Ganancias.

¿Qué pasa si no pagan el aguinaldo a tiempo?

Según lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo, si se supera la fecha límite de pago y el empleado no cobró la mitad del SAC, el trabajador puede intimar a su empleador reclamando el pago, bajo apercibimiento de adoptar alguna medida de fuerza, que bien puede efectuarse o no.

Vacaciones

Para los trabajadores en relación de dependencia es importante saber cuántos días de vacaciones le corresponden según su antigüedad. Esto está determinado según la Ley de Contrato de Trabajo.

Cuántos días de vacaciones por ley me corresponden según mi antigüedad

- Menos de 6 meses de antigüedad: 1 día de vacaciones por cada 20 trabajados

- De 6 meses a 5 años de antigüedad: 14 días corridos de vacaciones

- De 5 años a 10 años de antigüedad: 21 días corridos de vacaciones

- De 10 años a 20 de antigüedad: 28 días corridos de vacaciones

- Más de 20 años de antigüedad: 35 días corridos de vacaciones

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Para los trabajadores en relación de dependencia es importante saber cuántos días de vacaciones le corresponden

¿Cuándo me puedo tomar vacaciones?

Por ley, el período para otorgar las vacaciones anuales es desde el 1° de octubre y hasta el 30 de abril del año siguiente.

Los días de vacaciones siempre deben comenzar un día lunes o su siguiente día hábil si fuese feriado.

Si el trabajador desempeña sus actividades en un día no hábil, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente a aquél en que el trabajador gozare del descanso semanal, o el subsiguiente hábil si fuese feriado.

Vacaciones: ¿cómo calcular la antigüedad?

Para determinar la extensión de las vacaciones dependiendo de la antigüedad en el empleo, se tomará en cuenta la que tendría el trabajador al día 31 de diciembre del año que corresponda el periodo de descanso.

Por ejemplo, si un trabajador tiene como fecha de ingreso el 26 de diciembre de 2010, y sus vacaciones comienzan en la primera quincena de noviembre, le corresponden 21 días, porque si bien a noviembre no ha cumplido los 5 años de antigüedad, se tiene en cuenta la antigüedad al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones. Para este caso, al 31 de diciembre ya se superan los 5 años de antigüedad.

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Si el trabajador desempeña sus actividades en un día no hábil, las vacaciones deberán comenzar al día siguiente

¿Cuánto te tienen que pagar por vacaciones?

El trabajador percibirá una retribución durante el período de vacaciones, que se determinará de la siguiente manera:

Mensualizados: si el trabajo es con sueldo mensual, se divide por 25 el importe del sueldo que perciba en el momento del otorgamiento de las vacaciones y ese resultado multiplicarlo por la cantidad de días que tiene de vacaciones.

Por ejemplo: supongamos un trabajador que cobra $8000. Para saber cuánto tienen que pagarle, debe dividir ese importe por 25 y el resultado multiplicarlo por la cantidad de días que tiene de vacaciones: $8.000 / 25 días: $320 x 15 días = $4.800

Jornalizados: Si la remuneración se hubiere fijado por día o por hora, se pagará por cada día de vacación el importe que le hubiere correspondido percibir al trabajador en la jornada anterior a la fecha en que comience en el goce de las mismas.

¿Cuándo me tienen que pagar por vacaciones?

Las vacaciones siempre deben pagarse antes de que comience el período de descanso solicitado.

En aquellos casos en que el trabajador haya finalizado el contrato laboral y no haya llegado a tomarse vacaciones, tendrá derecho a recibir una indemnización correspondiente al período de vacaciones proporcional a la fracción del año trabajado.