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Límite a libre elección de obras sociales: 650.000 personas serán afectadas por la decisión

"Obligar a aportar durante el primer año a la obra social de actividad agrega más distorsiones al financiamiento del sistema de salud", indica el estudio
12/07/2021 - 14:06hs
Límite a libre elección de obras sociales: 650.000 personas serán afectadas por la decisión

El Gobierno estableció la semana pasada que los trabajadores que inicien una nueva relación laboral deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de cambiar a otra obra social o derivar aportes a una empresa privada.

El Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa) destacó en su último informe que esa decisión "cercena la libre elección de obra social a 650.000 personas". Además, aseguraron que obligar a aportar durante el primer año a la obra social de actividad agrega más distorsiones al régimen de financiamiento del sistema de salud.

La limitación al cambio de obras sociales afectará a unas 650.000 personas indicó un informe de Idesa
La limitación al cambio de obras sociales afectará a unas 650.000 personas indicó un informe de Idesa

Elegir una prepaga

El trabajo hizo un repaso por la historia de las afiliaciones a las prepagas y obras sociales. Originalmente, en el sistema de obras sociales nacionales la afiliación era compulsiva según la rama de actividad laboral del trabajador. En 1993 se sancionó la libertad de opción de la obra social, que empezó a hacerse efectiva en 1996.

Con esa opción, se instrumentó lo que se conoce como la "derivación de aporte". Esto es, el trabajador opta por una obra social diferente a la que correspondería según la rama de actividad y la obra social elegida le deriva el aporte a una empresa de medicina prepaga de su elección. Gracias a este mecanismo actualmente más de 2 millones, de los 6,5 millones de trabajadores con cobertura de obra social nacional, derivan su aporte a una empresa de medicina prepaga.

En 1998, cuando recién se iniciaba la libertad de elección, se estipuló que quien inicie una relación laboral tenía que permanecer un año en la obra social que le corresponde según la rama de actividad. Esa restricción fue anulada en 2001. El principal objetivo era evitar que personas que habían elegido derivar su aporte a una prepaga, pierdan la cobertura cuando cambian de empleo. La decisión del Gobierno ahora fue restablecer esta restricción a la libre elección.

Si una persona quiere cambiar de empleo y mantener la prepaga, deberá desembolsar dinero de su bolsillo durante el primer año
Si el trabajador quiere cambiar de empleo y mantener la prepaga, deberá desembolsar dinero de su bolsillo durante el primer año

¿Quiénes serán afectados?

Para Idesa, una manera de dimensionar la cantidad de personas afectadas con esta medida es observando la estructura de la antigüedad en el empleo asalariado registrado. Según los datos del Ministerio de Trabajo y la Encuesta Permanente de Hogares que realiza Indec, el 60% de los trabajadores registrados tiene una antigüedad mayor a 5 años, el 30% una de entre 1 y 5 años, mientras que el 10% (650.000 personas), tienen menos de un año de antigüedad en el empleo.

"Estos datos muestran que hay un flujo de unas 650.000 personas por año que inician una nueva relación laboral", explicó el trabajo. Algunos son nuevos entrantes en el empleo asalariado formal, "pero la mayoría son trabajadores que cambian de empleo", consideraron. Con la nueva disposición dejarán de estar afiliados a la obra social que eligieron en el anterior empleo para pasar a la obra social de actividad.

El principal problema es que si la persona hacía derivación de aportes a una empresa de medicina prepaga, para mantener la cobertura, deberá pagar con su bolsillo la totalidad de la cuota durante el primer año en el nuevo empleo dado que su aporte salarial se dirigirá a la obra social de actividad. Que una entidad reciba aportes sin dar servicios es una involución que perjudica a los trabajadores y potencia el derroche en el sistema de salud.

Más complicaciones

Por otro lado, Idesa advirtió que la nueva disposición además será fuente de complicados problemas administrativos. Por ejemplo, la cobertura de personas con tratamientos prolongados o afecciones crónicas. Actualmente la obra social receptora le puede facturar a la obra social de origen las prestaciones médicas efectuadas durante los primeros 9 meses.

Esta regla se aplica en el caso en que el afiliado hubiera hecho uso de la opción de cambio. Pero con la nueva normativa el afiliado no hizo uso de la opción de cambio, sino que fue obligado a migrar a la obra social de actividad. "Obligar a aportar durante el primer año a la obra social de actividad agrega otra distorsión al régimen de financiamiento del sistema de salud", sentenció el informe.

Cercenando la libre elección en el primer año de la relación laboral agrega otra fuente de desfinanciamiento ya que la gente deberá hacer un doble gasto en salud cuando cambie de empleo, si quiere mantener su cobertura privada. Lo peor es que este mayor esfuerzo de las familias no implicará mayor financiamiento a la medicina privada.

En tanto, Idesa destacó que desde 2012 no crecen los empleos "en blanco" en las empresas privadas. "Pasó ya casi una década en que el único tipo de empleo privado formal que aumenta es el monotributo", argumentaron.

Cercenar la libre elección agrega incentivos a disfrazar una relación asalariada bajo la figura del monotributo. De esta forma, se evita tener que hacer aportes a una obra social de la que no se espera recibir ninguna prestación. "En definitiva, para beneficiar de manera espuria a las obras sociales sindicales se imponen regulaciones que aumentan el desaliento a la generación de empleos asalariados de calidad", concluyó el trabajo de Idesa.

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