Impuesto a las Ganancias: por qué la Justicia falló a favor de un jubilado
Un juez falló a favor de un jubilado que presentó ante la Justicia el pedido para que el Gobierno no le cobrara el Impuesto a las Ganancias.
Alfredo López, una autoridad judicial de Mar del Plata, aseguró que la decisión estuvo motivada por la situación del individuo y que se trata de un caso único en base a los gastos médicos, el carácter alimentario del beneficio previsional y la situación de vulnerabilidad de la persona.
El propio juez recordó un fallo de la Corte Suprema contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con lo que explicó que la resolución se replicó en la Cámara Federal de Mar del Plata, donde se registró el veredicto.
"Se trata de una medida cautelar dentro de una acción de amparo que promovió un jubilado que, por su propia situación de vulnerabilidad en virtud de ciertas patologías médicas que padecía y el carácter alimentario del beneficio jubilatorio, se le otorgó la medida cautelar", indicó el juez en una entrevista en TN.
No obstante, también explicó que la medida no se aplica para todos los jubilados ya que es en base a "la doctrina que estableció la Corte Suprema en el caso García".
"Para aquellos que tengan edad avanzada, problemas de salud probados o discapacidad deben ser acreditados en la acción", concluyó.
Ganancias: cuánta plata extra cobrará cada empleado
A partir de la nueva reglamentación en Ganancias, la reducción para los aportantes del sistema hará que cerca de 1.270.000 de trabajadores y jubilados que cobran hasta $150.000 en bruto dejen de pagar este impuesto con retroactividad a enero, monto a partir del cual se conformará una nueva escala de deducciones.
La devolución de los importes retenidos se hará en 5 cuotas a partir del mes de julio, lo que equivale a un esfuerzo fiscal de más de $40.000 millones.
Si bien aún falta la instrumentación por parte de la AFIP, en base a detalles dados a conocer por el Gobierno ya se puede conocer cómo serán las devoluciones de las retenciones ya cobradas en los primeros cinco meses del año y cuál va a ser el efecto en el bolsillo de cada trabajador.
A continuación, cómo mejorarán los sueldos de los trabajadores con la nueva reglamentación:
De esta manera, los empleados que cobren hasta $150.000 dejarán de pagar Ganancias, y quienes estén en el rango del mencionado monto y los $173.000 tendrán un alivio fiscal.Además, se elevó el mínimo no imponible para el pago de Ganancias para retirados, jubilados y pensionados, de seis a ocho haberes mínimos garantizados.
En adelante, sólo pagarán el impuesto los beneficiarios que perciben haberes brutos iguales o mayores a $164.571,52 mensuales y este piso se ajustará automáticamente cada tres meses, por aplicación de la ley de movilidad jubilatoria.
Este beneficio para retirados, jubilados y pensionados aplicará siempre y cuando el contribuyente no tenga otros ingresos distintos a los del haber de pasividad.
La reducción en ganancias forma parte del paquete de medidas que se han ido anunciando para morigerar el impacto de la segunda ola de coronavirus que supone un gasto total, por encima de lo establecido en el Presupuesto 2021, superior a los $480.000 millones o el equivalente de 1,3% del PIB.
Ganancias: los cambios, uno por uno
La nueva ley exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000 brutos mensuales.
Se establece que serán los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 brutos mensuales los que comiencen a pagar el gravamen.
Hasta ahora, los que pagaban el tributo eran los empleados en relación de dependencia solteros sin hijos, con un sueldo promedio neto mensual de $ 74.810 y los casados con dos hijos menores que cobran a partir de $ 98.963.