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Claves de la reforma previsional: la suba de la jubilación en marzo serí­a del 5,7 por ciento

Habrá ajuste cada 3 meses. Con la nueva fórmula, 70% por inflación y 30% por salarios, empezaría siendo más baja. Diputados la votaría en diciembre
30/11/2017 - 13:50hs

El cambio en la movilidad jubilatoria formó parte del Consenso Fiscal firmado por el Gobierno nacional y 23 provincias.

Aunque el proyecto -con la "letra chica"- fue enviado con posterioridad por el Ejecutivo al Senado, donde se le hizo un retoque sobre el cálculo para el ajuste en el dictamen de comisión, indicó el diario Clarí­n. Las claves son:

1) Nueva fórmula
Cambia la fórmula de movilidad que alcanza a más de 17 millones de personas, entre jubilados, pensionados, pensiones no contributivas, beneficiarios de asignaciones familiares y AUH.

En lugar del ajuste semestral, en base 50% a la evolución de los salarios y 50% de la recaudación, se usará el 70% de inflación y 30% de suba de los salarios formales (Ripte).

Y en lugar del aumento semestral, se aplicará por trimestre. En lo inmediato, esto significa que en marzo de 2018 en lugar de otorgarse el aumento semestral de julio-diciembre, que ronda un 12%, se otorgará el aumento de la nueva fórmula de julio a septiembre de 2016, que arroja un 5,7%. Esto lleva a que en el inicio del cambio de fórmula, hay una merma en los haberes y un retraso de hasta 6 meses en el ajuste de los beneficios. Para 2018 se calcula un "ahorro" para el Estado de casi $100.000 millones.

2) Primer aumento
Con la fórmula hoy vigente, a un haber medio de $10.000 le corresponderí­a un aumento aproximadamente de $1.200 en marzo de 2018. En cambio, con el proyecto oficial, el aumento serí­a de 570. La quita de $ 630 sobre $ 1.200 es del 52,5%.

Por estos motivos, los abogados sostienen que el cambio es "inconstitucional". En definitiva se modifica tanto el perí­odo como los í­ndices de ajuste en forma retroactiva y se agrega un retraso de 5 meses.

3) Garantí­a del 82%
Es sobre el salario mí­nimo, vital y móvil y se aplicará a quienes al momento de la jubilación hayan reunido 30 años de aportes efectivos. Actualmente esa relación es del 81,8%, por cuanto el haber mí­nimo es de $7.246 y el salario mí­nimo de $8.860.

Así­, cada vez que aumente el salario mí­nimo, si la jubilación mí­nima es inferior al 82%, ANSES ajustará los haberes de los alcanzados por esta garantí­a.

Quedan excluidos los que se jubilaron por moratoria y a quienes no les correspondió el beneficio de la PBU ( Prestación Básica Universal). De aquí­ se infiere que quedan fuera de esta garantí­a las jubilaciones por invalidez de trabajadores que estaban activos y las pensiones por fallecimiento del trabajadores que estaban en actividad que no se calculan en base a la PBU. También los que se jubilaron con más de 65 años, compensando años de aportes.

4) Jubilación voluntaria a los 70
Los trabajadores en relación de dependencia del sector privado podrán optar por jubilarse a los 70 años, y recién entonces los empleadores podrán intimarlos a que inicien el trámite del retiro jubilatorio.

Los estatales quedan excluidos. Las mujeres hoy tienen la opción de jubilarse a partir de los 60, con 30 años de aportes, y pasa a ser obligatorio a los 65.

Si se aprueba el proyecto, podrán jubilarse entre los 60 y 70. Y los varones la opción rige entre los 65 y los 70 años. Actualmente, la intimación del empleador sólo puede concretarse si el trabajador reúne dos requisitos: tener como mí­nimo 65 años y al menos 30 años de aportes.

5) Otras leyes
La reducción de aportes patronales y la eliminación del tope a trabajadores están en la reforma impositiva.


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