RIGI IGJ: el Gobierno establece pautas para la adhesión
El Gobierno a través de la Inspección General de Justicia (IGJ) estableció los procedimientos y normativa aplicable a la inscripción en sus registros de las sucursales dedicadas o especiales que quieran adherir al RIGI y desarrollen una o más actividades que no formarán parte del proyecto de inversión.
La flamante norma establece que las sociedades, en cualquier jurisdicción del país, que decidan establecer una Sucursal Dedicada o Especial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán inscribir la apertura de la misma, ante la Inspección General de Justicia, cumpliendo con ciertos requisitos.
RIGI IGJ: documentación a presentar
Se deberá presentarse ante la IGJ:
1. Testimonio de escritura pública o instrumento privado original conteniendo la decisión de apertura de la Sucursal Dedicada o Especial
El documento deberá indicar:
a) La sede de la Sucursal Dedicada o Especial.
b) La designación del representante a cargo de la Sucursal Dedicada o Especial, que deberá ser persona humana, con sus datos completos y las facultades que se le confieren, el que deberá aceptar expresamente el cargo conferido y constituir domicilio dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) El monto del capital asignado a la Sucursal Dedicada o Especial.
d) La descripción del objeto único del proyecto de inversión atribuido a la Sucursal Dedicada o Especial.
2) Dictamen contable emanado de Contador Público expidiéndose sobre la composición de los bienes afectados a la asignación del capital de la Sucursal Dedicada o Especial.
En paralelo, se deberá solicitar la individualización y rúbrica de los libros correspondientes a la Sucursal Dedicada o Especial.