Qué dice el proyecto de blanqueo Empleo Pyme para planes sociales y empleadas domésticas
La Cámara de Diputados impulsa en tiempo récord un proyecto para promoción denominado "Empleo mipyme". El objeto de este programa es incentivar la contratación de trabajadores que ingresan por primera vez, y la absorción de planes sociales en empresas de todos los tamaños, así como un blanqueo para las pequeñas.
El proyecto cuenta con dos partes; la primera consistente en una reducción de contribuciones patronales para las relaciones laborales que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la ley, pero sujeto a que incrementen la nómina laboral, y la segunda parte es un blanqueo laboral, indicó Lucas Tamagno, del estudio Allende & Brea.
Con respecto a cómo se harán compatible el cobro de planes sociales y el empleo en blanco, no está definido, sino que quedará pendiente de la reglamentación del Ministerio de Trabajo, explicó.
Además, en la segunda parte del proyecto de ley, referida al blanqueo laboral, se establece que los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, pero con excepción expresa del personal de casas particulares, aclaró.
Cómo es el esquema de contratación de quienes cobran planes sociales
Para el caso de las contrataciones de nuevo personal se prevén básicamente 3 esquemas, consideró Tamagno:
- Las micro, pequeñas y medianas empresas, o de entidades sin fines de lucro que contraten trabajadores que no gocen de planes sociales tendrán una reducción del 100% de las contribuciones patronales durante un período de 24 meses.
- El resto de los empleadores del sector privado que contraten trabajadores que no gocen de planes sociales tendrán una reducción de 50% de las contribuciones patronales durante los primeros 12 meses y de 25% de las mismas en los restantes 12 meses.
- Los empleadores del sector privado que contraten trabajadores que gocen de planes sociales contarán con una reducción de 100% de las contribuciones patronales durante 24 meses.
El proyecto de ley establece que los titulares de planes sociales que sean contratados dentro de este programa continuarán percibiendo las prestaciones dinerarias por un plazo máximo de 12 meses, con la condición de cumplir la capacitación y los cursos de formación que establezca la reglamentación.
El Ministerio de Trabajo establecerá las pautas para determinar el alcance de la compatibilidad del trabajo registrado con los programas sociales de acuerdo a la evaluación que luego formule.
Cuáles son las claves del blanqueo laboral para el empleo pyme
El proyecto prevé un blanqueo de empleo no registrado para las mipymes registradas tiene las siguientes características, precisó Silvia Tedin, socia de Producto Misión Pyme del estudio SMS:
1. Permite computar hasta 60 meses de servicios con aportes tomados como base el salario mínimo vital y móvil vigente al momento de la regularización.
2. Se podrán blanquear hasta 10 empleados.
3. El blanqueo será con reducción de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.
4. La reducción de aportes y contribuciones estará atada al tamaño de la pyme.
5. Para micro y pequeñas, será de 100%, para medianas tramo 1, de 80%, y medianas tramo 2, será de 60%.
6. A partir del trabajador número 11, las micro y pequeñas tendrán 100% de condonación de capital, intereses y multas, y para las medianas Tramo 1 y 2, contarán con 100% de reducción de intereses, mientras que sobre las multas deberán abonar solo el capital.
A su vez, Tamagno añadió las siguientes precisiones:
7. Este sistema de blanqueo alcanza a toda regularización, ya sea sobre una relación laboral no registrada o sobre una relación registrada incorrectamente, ya sea por su fecha de inicio o por la remuneración que realmente percibe el empleado, agregó Tamagno.
8. Los beneficios no alcanzan las deudas con obras sociales ni la ART, por lo que en esos casos deberán realizarse acuerdos individuales para evitar ejecuciones por parte de estos prestadores.
9. Serán aplicables a aquellas relaciones laborales que se regularicen o las nuevas contrataciones que se efectúen dentro los 90 días de reglamentada la norma.
Esta diferenciación por tamaño es muy adecuada dado que son las pymes de menor tamaño, según datos del informe de Estructura y dinámica reciente de las mipymes empleadoras elaborado por el Centro de Estudios para la Producción, el 85,6% de las micro, pequeñas y medianas firmas tienen más de 5 años de antigüedad y concentran la mayor parte del empleo (91%), opinó Tedin.
Qué beneficios tendrá para el empleador y el trabajador regularizado
Los beneficios que trae para el empleador que blanquea una relación laboral es la extinción de la acción penal prevista en el Régimen Penal Tributario, la liberación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza y la eliminación de la base de datos del REPSAL siempre y cuando regularicen a la totalidad de los trabajadores por los cuales se encuentra publicado en el REPSAL, afirmó Tamagno.
Establece la condonación de la deuda por capital, intereses, multas y punitorios que podrían haber dado lugar en caso de detección de la irregularidad en los contratos de trabajo que se someten a este blanqueo, consideró.
Para los trabajadores regularizados, el proyecto prevé que tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por la que se los regularice, calculados sobre un monto equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al momento de la regularización, como una forma de cumplir con años de aportes a los fines previsionales, puntualizó.
También podrán incluirse las deudas controvertidas en sede administrativa, contencioso administrativa o judicial, a la fecha de publicación de la ley, con la condición de que el empleador se allane incondicionalmente y desista y renuncie a toda acción y derecho incluyendo cualquier acción de repetición contra el Estado y tomando a su cargo el pago de las costas y gastos del proceso, sostuvo.
Qué sanciones prevé el proyecto de Empleo Pyme
El proyecto establece penalidades para aquellos casos en los cuales se produzca una reducción de la nómina laboral, se verifique que el empleador cuenta con personal que no registró o a aquellos que registren obligaciones previsionales de pago líquidas y exigibles por 6 o más períodos fiscales y no regularicen dicha situación dentro de los 30 días corridos desde la respectiva intimación administrativa, advirtió Tamagno.
También se prevé que perderán los beneficios previstos en el proyecto aquellos empleadores que sean incorporados en el REPSAL. En estos estos casos los empleadores deberán ingresar los montos y las cotizaciones con destino a la seguridad social, más los intereses y multas que hubieran correspondido normalmente, expresó.
Entendemos que estos beneficios, tanto los de promoción como los de blanqueo laboral, pueden ser un incentivo para atacar el flagelo de las relaciones laborales no registradas o para convertir los planes en trabajo genuino, pero para ello la reglamentación que dicte el Ministerio de deberá evitar posteriores reclamos hacia los empleadores y así otorgarle seguridad jurídica, concluyó Tamagno.