Atención monotributistas: cómo será el reintegro que AFIP debe hacer por tus aportes en Ganancias
El Gobierno Nacional instó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a implementar un nuevo ajuste en las escalas del Impuesto a las Ganancias, con efecto retroactivo a partir de enero de este año. Esta medida se origina en la reciente modificación del mínimo no imponible aplicable a los trabajadores en relación de dependencia.
En consonancia con esta resolución, el umbral de ingresos sujetos al gravamen se elevará de los actuales $506.230 a $700.875 brutos, a partir de los salarios percibidos desde el mes de agosto. En virtud de esta actualización, se ha establecido una corrección del 35% en las escalas, lo que potencialmente resultará en un alivio financiero para aquellos individuos que están sujetos al Impuesto a las Ganancias, ya que conllevará una reducción en las bases de cálculo para las retenciones.
Esta modificación plantea una cuestión crucial con respecto a los primeros ocho meses del año en curso, durante los cuales se aplicaron escalas más elevadas de lo que se establecerá con la nueva política. En consecuencia, la AFIP se verá obligada a reembolsar a los contribuyentes la diferencia correspondiente a los aportes realizados en ese período.
La justificación detrás de esta iniciativa se basa en el propósito de "proteger la recomposición salarial" y beneficiar a más de un millón de trabajadores que se verán favorecidos por esta medida.
¿Cómo se ejecutarán las devoluciones de AFIP?
Esta modificación en las escalas de cálculo de las retenciones a Ganancias generará un cambio en la manera en que los empleadores calculan las retenciones de sus empleados. El incremento del 35% en las escalas, con carácter retroactivo a partir del 1 de enero de 2023, tiene como objetivo principal reducir el monto de las retenciones, como se especifica en el Decreto 415 publicado en el Boletín Oficial.
Dado que esta modificación es retroactiva al inicio del año, implica la necesidad de una devolución de impuestos a Ganancias que deberá ser reglamentada por la AFIP para todos los contribuyentes afectados. La resolución establece: "La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca AFIP".
En cuanto a la ejecución de estas devoluciones por parte de la AFIP, se anticipa que se realizarán en dos cuotas mensuales, junto con los salarios de agosto y septiembre. Además de estas modificaciones en las escalas progresivas de Ganancias, fuentes oficiales han adelantado que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso un proyecto de ley destinado a reformar el marco legal del gravamen.
El propósito de esta modificación legislativa será que el aumento en las escalas "se aplique no solo a las rentas mencionadas en ella, sino que también sea válido para todas las rentas obtenidas por las personas físicas y sucesiones indivisas." Asimismo, se prevé que estos valores sean utilizados para la actualización anual a partir del período fiscal 2024.