• 22/12/2024

Qué pasará con los depósitos y la economía a raíz del proyecto que modifica Bienes Personales, según los expertos

Un proyecto del Gobierno obliga a tener medio año invertido el dinero en depósitos o bonos para que esté exento en Bienes Personales
19/10/2020 - 07:35hs
Qué pasará con los depósitos y la economía a raíz del proyecto que modifica Bienes Personales, según los expertos

Los especialistas opinaron que, en momentos en que la gente saca los dólares del banco para ponerlos en cajas de seguridad, el proyecto del Gobierno que limita la exención del Impuesto sobre los Bienes Personales depósitos y bonos impulsará la economía en negro.

Los expertos añadieron que la iniciativa aumentará la desconfianza en el Gobierno y alejará las inversiones.

Ezequiel Passarelli, de SCI Consultoría Integral Tributaria, resumió el proyecto como sigue:

Impuesto a las Ganancias: se eximen los plazos fijos en pesos actualizables (UVA) e instrumentos en pesos que fomenten la inversión productiva (instrumentos a crearse en el futuro).

Sobre este punto, se espera que surja una iniciativa que incentive la construcción y, aparentemente, habría que leerlo en forma conjunta con este proyecto de ley que se conoció primero, para terminar de entenderlo bien, consideró Passarelli. 

Pero, lo importante, sobre este punto, es que básicamente se termina de eliminar el Impuesto a la Renta Financiera, para todo lo que son instrumentos en pesos. Se elimina en su totalidad, puntualizó Passarelli.

Bienes personales: se eximen las Obligaciones Negociables en pesos y los Fondos Comunes de Inversión y Fideicomisos Financieros que inviertan en otros activos que ya estaban exentos.

"Esto es muy bueno y hasta razonable; lo estaba pidiendo el sector", dijo Passarelli.

Por el otro lado, viene esto que se conoce como la "cláusula antielusion". Se busca fijar un parámetro objetivo, para que la gente no vaya el 30 de diciembre a depositar la plata en el banco (plazo fijo o caja de ahorro) y quedar exentos de Bienes Personales, afirmó Passarelli.

Esto es lo que se busca desalentar. Los considerandos del proyecto claramente lo indican. Se busca establecer una regla bien clara para determinar cuándo estás exento y cuándo no, siempre en Bienes Personales, enfatizó el experto.

Pero lo que hacen es limitar todas las exenciones importantes en Bienes Personales (títulos públicos, plazos fijos, obligaciones negociables, etc.). 

El resumen es que esas exenciones aplican solamente si el contribuyente tuvo invertida la plata más del 75% del año (9 meses) en alguna de esas inversiones (exentas) o, si no lo hiciste, si lo haces desde el 1/12 del año y hasta el 31/5 del año que viene (6 meses).

Los instrumentos alcanzados por la cláusula antievasión son los siguientes, precisó Gabriel Gambacorta, titular del estudio del mismo nombre:

  1. Títulos Públicos
  2. Depósitos en Caja de Ahorro y Plazo Fijo en entidades ley 21526
  3. Obligaciones Negociables emitidas en moneda nacional con oferta pública autorizadas por CNV.
  4. Instrumentos  emitidos por el PEN.
  5. Cuotas partes de FCI y certificados de participación en fideicomisos financieros.

No procederán las restricciones cuando los bienes se mantengan por períodos inferiores mientras se reemplacen por otros activos de los indicados, indicó Gambacorta.

Economía en negro y desconfianza en el Gobierno

Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, consideró que será contraproducente la exigencia de mantener 274 días en el patrimonio los fondos invertidos en forma continua o discontinua, o 182 días de diciembre a mayo.

"Difícilmente en el contento en que la gente tiene miedo de dejar los dólares en el banco, esto de buenos resultados", dijo Domínguez.

"Lo que va a pasar es que los que dejaban en la cuenta sus fondos pensando en Bienes Personales, los van a retirar. Esto va en contra de toda la economía", enfatizó Domínguez.

Y el que lo retire de los bancos puede ocurrir que después diga que los gastó y no los declare más. Es muy difícil que el dinero que salió de la economía en blanco, vuelva al circuito formal", recordó el experto.

"Esta cláusula antielusión puede ser razonable pero con un plazo distinto, sino se convierte en una cláusula anti exención, porque es de muy difícil cumplimiento, y en definitiva, en mayor presión tributaria", dijo Domínguez.

"Difícilmente, si la gente tiene miedo de dejar los dólares en el banco, esto de buenos resultados", dijo Domínguez

Por su parte, Guillermo Pérez, CEO del Grupo GNP, dijo que "el proyecto va a contramano de la confianza de los inversores en la Argentina y en este Gobierno".

Pérez explicó que las exenciones en Bienes Personales de los depósitos y las inversiones en bonos del Estado tienen una finalidad socieconómica: que exista crédito privado para el sector privado mediante la inmediación financiera y colectar fondos para el gasto público.

El experto subrayó que este nuevo golpe al inversor tiene lugar pocos meses después de defraudarlo con el default y el canje, por lo que "es un dislate total, profundiza la desconfianza y ahuyenta a los inversores".

Alberto Mastandrea, de BDO Argentina, reconoció que el proyecto tiene por objeto promover el ahorro en moneda nacional, al eximir algunos instrumentos en pesos.

Y añadió que, "si bien la recaudación que disminuirá como consecuencia del proyecto no es una suma alarmante, somos escépticos acerca de que esas exenciones impacten en inversor local, hasta tanto no controlen las variables que provocan la incertidumbre que nos asiste".

Empleados y Monotributistas

En el proyecto, hay una excepción con beneficios en Bienes Personales para los monotributistas, empleados, jubilados y pensionados, respecto de las cajas de ahorro en pesos. 

Para esa alternativa y solo para esas personas, no hay limitación. Por lo cual, si un empleado deposita el dinero en una caja de ahorro en pesos el 15/12 y la retira el 15/01 del otro año, estaría exento, consideró Passarelli.

No obstante, no aplica a plazos fijos, por ejemplo, que tienen la limitación; es decir, tienen que tener la plata invertida 9 o 6 meses para estar exentos, remarcó Passarelli.

Si bien se excluyen a estos contribuyentes, dijo Domínguez, los mismos pueden tener ingresos de distintas fuentes. En la cuenta se mezcla el sueldo con el ingreso por un alquiler, precisó.

¿Con cobrar un sueldo alcanza para que todo esté exento?, se preguntó Domínguez, y respondió que no parece que esté redactado así el proyecto, por lo que deberá precisarlo la reglamentación.

En el proyecto, hay una excepción con beneficios en Bienes Personales para los monotributistas, empleados, jubilados y pensionados
En el proyecto, hay una excepción con beneficios en Bienes Personales para los monotributistas, empleados y jubilados

También criticó Domínguez que no encuadren en la excepción los plazos fijos o los depósitos en dólares de los empleados, jubilados y monotributistas.

En otro orden, Domínguez señaló la complejidad que tendrá para los contadores la liquidación de Bienes Personales el próximo año.

El experto comentó que se deberá analizar la evolución día por día de las inversiones del contribuyente para saber si están exentos los plazos fijos o los bonos, por ejemplo.

Es que puede ocurrir es que se compran y vendan bonos u obligaciones negociables una y otra vez con los mismos fondos, y será difícil saber si estuvieron la cantidad de días indicada en el patrimonio.

Por último, este nuevo agravamiento de las condiciones en la gravabilidad de los bienes en el Impuesto a los Bienes Personales sólo regirá para residentes argentinos, por lo que el proyecto será un nuevo incentivo para irse del país para las personas de más alto patrimonio.

El lado positivo

Con relación al Impuesto sobre los Bienes Peronales, se introducen una mayor cantidad de exenciónes sobre instrumentos financieros que de otra manera hubieran quedado alcanzados a una alícuota del 1,25% para los tramos más alto de la escala, aseveró Mastandrea.

Así, se incorporan como exenciones, enumeró Mastandrea:

  1. Las inversiones en obligaciones negociables emitidas en moneda nacional que sean colocadas por oferta pública y que cuenten con la autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV). 

Los rendimientos de tales instrumentos ya estaban exentos en el Impuesto a las Ganancias, motivo por el cual con esta modificación que se propicia el inversor no tendría costo fiscal alguno.

  1. Los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo, siempre que así lo disponga la norma que los regule.  

De convertirse en ley el presente proyecto, estos instrumentos gozarían de exenciones en ambos tributos. 

  1. Las inversiones en cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión abiertos y Fideicomisos Financieros que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la CNV.  

Para ello, es necesario que el activo subyacente principal (al menos 75%) este integrado por: 

-Títulos públicos.

-Depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en Entidades Financieras, tales como plazos fijos, caja de ahorro y cuentas especiales.

-Obligaciones negociables mencionadas precedentemente.

-Los instrumentos que sean emitidos por el Poder Ejecutivo destinados a fomentar la inversión.

Para ambos tributos las modificaciones tendrían impacto para el período fiscal 2020.

Sin embargo, para que las mismas tengan aplicación práctica en el Impuesto sobre los Bienes Personales se exige la cláusula de elusión de los 274  o 182 días.

Los expertos insisten en que en plena disparada al dólar, esto no logrará su objetivo de fomentar inversiones distintas a la divisa.