En cuánto aumentó la cantidad de personas que pagan Ganancias
Ya son cerca de 2,2 millones de personas las que actualmente soportan todos los meses el impuesto a las Ganancias.
Esta cifra representa el doble de contribuyentes que lo abonaban hace cinco años atrás.
Impuesto a las Ganancias: radiografía del tributo
De acuerdo a los datos oficiales de la AFIP, en abril pasado 2.216.793 personas pagaron el impuesto a las Ganancias de cuarta categoría. En abril de 2015, según los mismos registros del fisco nacional, el tributo alcanzó a 1.181.833 trabajadores.
En ese momento aún regía el tope a la entrada de nuevos contribuyentes. Puntualmente, en agosto de 2013 el Poder Ejecutivo a cargo de Cristina Kirchner había determinado que no pagarían aquellos que hubieran recibido como sueldo menos de $15.000 desde enero de ese año.
Desde 2016 se descongeló el criterio de referencia para comenzar a pagar el tributo y unas 220 mil personas pasaron a abonar el impuesto.
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A fines de 2016, el Gobierno de Mauricio Macri estableció por ley una actualización automática del mínimo no imponible, que tomó como referencia la evolución de los salarios de la economía. Así, en enero de cada año el piso de salarios desde el cual se paga el impuesto aumenta el mismo porcentaje que hayan subido las remuneraciones promedio.
Arranca la discusión por la Súper Moratoria 2020
La Cámara de Diputados pondrá en marcha este jueves a las 17, con la presencia de funcionarios nacionales, el debate sobre la moratoria universal propuesta por el Poder Ejecutivo en el marco de la pandemia del Covid-19.
La discusión se dará en la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que preside Carlos Heller (Frente de Todos), y una vez que el proyecto obtenga dictamen favorable, quedará en condiciones de ser tratado en el recinto.
Si bien no fue confirmado, participarían de la reunión virtual la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.
La propuesta del Ejecutivo consiste en una moratoria impositiva, aduanera y de seguridad social que amplía el alcance de aquella que se aprobó con la Ley de Solidaridad Social en diciembre pasado.
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Tanto personas humanas como jurídicas podrán regularizar todas las deudas vencidas hasta el 30 de junio de este año, pudiendo adherir al régimen hasta el mes de octubre, y la primera cuota vencerá el 16 de noviembre.
Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que adhieran, podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, y en el caso de las obligaciones de seguridad social, los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas.
Moratoria fiscal: proyecto de ley
La iniciativa, enviada a la Cámara de Diputados de la Nación, amplía el alcance de la Moratoria 2020 creada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, para incluir a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados y aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia del Covid-19.
Y forma parte de los diferentes instrumentos diseñados por el Gobierno Nacional con el objetivo de ofrecer alivio financiero a las familias, comercios, pymes y empresas.
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En ese sentido, el titular de la cartera de Producción, Matías Kulfas, señaló que el envío de este proyecto de ley de moratoria impositiva y previsional, tiene como fin que "las empresas puedan salir de esta crisis con una menor carga, para que cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas y así crecer de manera sólida, con una economía en crecimiento a través del trabajo de todos los argentinos".
Por su parte, Mercedes Marcó del Pont, destacó que "los problemas que arrastraban las las empresas, los comercios y las familias se extendieron a todo el entramado productivo con la irrupción del COVID-19".
Asimismo, agregó que el objetivo es "extender a todos los contribuyentes el alcance de la moratoria de la Ley de Solidaridad y Reactivación que estaba focalizada en el sector que acumulaba mayor cantidad de deuda y condicionantes en materia de financiamiento".
Moratoria 2020: principales características
- Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
- Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020
- Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
- Primera cuota vence el 16 de noviembre
- Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
- Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
- Condonación parcial de intereses y total de multas.
- Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
- Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
- Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.