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Súper Moratoria 2020: el Gobierno apura el plan que dará hasta 10 años para regularizar deudas impositivas

El presidente Alberto Fernández prometió una "moratoria para todos". Este miércoles se discutieron los detalles en una reuníon de Gabinete
01/07/2020 - 20:44hs
Súper Moratoria 2020: el Gobierno apura el plan que dará hasta 10 años para regularizar deudas impositivas

El Gobierno nacional define un plan de "moratoria integral" que permita tanto a pequeñas y grandes empresas empezar a producir y resguardar el empleo en la pospandemia y analiza la implementación de herramientas flexibles para atender sectores críticos y heterogéneos afectados por la pandemia como el turismo, el entretenimiento y las industria culturales.

Fuentes oficiales informaron que ese fue parte del temario que se analizó en la reunión de gabinete económico que encabezó el presidente Alberto Fernández en la residencia de Olivos, en la que se hizo un seguimiento de las medidas tomadas para mitigar los efectos de la pandemia.

En la primera jornada de incremento de las restricciones del aislamiento social en el área metropolitana, el Presidente recibió al jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los ministros de Economía, Martín Guzmán; de Trabajo, Claudio Moroni; y de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

También asistieron a Olivos la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca, y los titulares del Banco Central, Miguel Pesce, y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont.

Los voceros del encuentro consultados tras la reunión explicaron que se analizó con el Presidente el plan de moratoria integral de la AFIP, diseñado con "el objetivo de que las empresas de todos los tamaños puedan empezar a producir, cuidando el empleo".

El proyecto que el Poder Ejecutivo enviará "en breve" al Congreso para su tratamiento se delineó entendiendo las consecuencias de la pandemia en la actividad económica, para lo cual "esta herramienta es fundamental para que las empresas y los comerciantes puedan continuar su producción", resaltaron las fuentes.

El trabajo del gabinete económico en una moratoria general sigue la línea que planteó el Presidente a mediados de junio, cuando anticipó que el Gobierno evalúa lanzar una moratoria impositiva "para todo el mundo", una vez que se levante la cuarentena para enfrentar el avance del coronavirus.

Detalles de la súper moratoria 2020

En las próximos días se presentará en el Congreso de la Nación el proyecto de la "Moratoria 2020 extendida".

Desde Tributum, Mario Goldman Rota señala que "como primera conclusión, denotamos que han sido claramente plasmadas -con creces, pero también con nuevas restricciones- las solicitudes de su flexibilización desde diversas entidades profesionales, cámaras empresarias y artículos de doctrina en sus aspectos nodales; entre otras: extensión del plazo de adhesión, extensión del corte y tipo de obligaciones a incluir, baja de la tasa de interés, inclusión de todos los contribuyentes y limitación en la delegación de facultades.

 
 

Cararacterísticas centrales de la nueva moratoria

Sujetos no PyMEs: se incorporan en los beneficiarios pero con condiciones diferenciales (menor cantidad de cuotas, pago a cuenta, causales de caducidad -cuotas impagas y restricciones patrimoniales-)

Obligaciones: se extienden 6 meses aquellas vencidas al 30/11/2019 por aquellas acaecidas al 31/05/2020.

Plazo de acogimiento: se extiende del 30/04/2020 (luego prorrogado al 30/06/2020 por Decreto 316/2020) al 31/10/2020.

Primera cuota plan de pagos: se sustituye aquella variable en función del sujeto, deuda y plan, por una única fecha para todos al 16/11/2020.

Condonación de intereses y multas: armónicamente condona las multas y demás sanciones cometidas por obligaciones vencidas al 31/05/2020.

Súper Moratoria AFIP 2020: tasa, plazos y obligaciones
Súper Moratoria AFIP 2020: tasa, plazos y obligaciones

Tasa de interés: se reduce del 3% al 2% mensual hasta el mes de enero 2021 y se precisa que la tasa BADLAR es en pesos.

Obligaciones: se incorporan expresamente deudas por decaimiento de regímenes promocionales, impuestos de combustibles y apuestas.

Condonaciones de intereses y multas, y sus topes: no se modifica ni su alcance, como así tampoco sus porcentajes. Concordantemente, extiende los plazos temporales del 30/11/2019 al 31/05/2020 (10% del capital adeudado)

Condiciones especiales Grandes empresas o PyMEs SIN certificado:

  • Aportes SUSS, retenciones o percepciones impositivas y seguridad social: 48 cuotas (MiPyMEs 60)
  • Demás obligaciones: hasta 96 cuotas (MiPyMEs 120)
  • Pago a cuenta: es condición indispensable (MiPyMEs puede tener pago a cuenta o no)
  • Caducidad: 4 cuotas (MiPyMEs 6)

A continuación, la comparación artículo por artículo:

Restricciones patrimoniales: se incorpora como causal de caducidad similar al programa ATP (Decreto 332/2020 y modif) y de regularización y planes de pago anteriores, únicamente respecto a personas jurídicas: a) no distribución de utilidades y dividendos por 24 meses siguientes al ejercicio en curso de adhesión a la presente y b) compra de moneda extranjera para determinadas operaciones sin límite temporal.

MiPyMEs SIN certificado: se elimina la adhesión condicional si no obtuvieran el certificado. Se prevé su "reformulación" en condiciones análogas a no PyMES si le fuera denegado, pero con una dispensa en la fecha de vencimiento de la primera cuota del plan: 16/12/2020 (sino, sería el 16/11/2020)

La letra chica de la Súper Moratoria AFIP 2020

Litigios con AFIP: convierte a la conformidad expresa del contribuyente en las discusiones con el fisco por la cuantía de las obligaciones comprendidas en diversas instancias -incluso el desistimiento de acciones judiciales en curso-, por un efecto "automático" por el mero hecho de acogimiento al presente régimen de regularización.

Facultades delgadas: limita a que no se incorporen otras condiciones adicionales a las previstas en la presente ley y conduce a que la reglamentación garantice la adhesión respecto de todos los contribuyentes (en armonía con las declaraciones públicas del presidente de la Nación días atrás)

Súper Moratoria 2020: la letra chica del proyecto
Súper Moratoria 2020: la letra chica del proyecto

Penal tributario: precisa y amplía el alcance de los efectos del acogimiento en sede penal, al incluir tanto los autores como "coautores y partícipes del delito vinculado a las obligaciones respectivas" e incluso por aquellas canceladas con anterioridad.

Otras herramientas para paliar la crisis

En la reunión de este miércoles se abordaron particularmente los datos de varios sectores críticos que ven su nivel de actividad muy afectado por la vigencia del aislamiento social, tales como el sector turístico, las actividades de entretenimiento y una amplia variedad de industrias culturales.

Al respecto, las fuentes oficiales aseguraron que "se comenzaron a definir herramientas flexibles que permitan atender las heterogeneidades que se presentan según el sector, el tamaño de la empresa, como la actividad específica" asistencia que no puede concretarse aún a través de los programas vigentes.

El gabinete económico también evaluó con el mandatario la inscripción para la tercera etapa del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y para lo cual ya se registraron unas 240 mil empresas anotadas.

Ese universo representa un total de 2,3 millones de trabajadores, aunque las solicitudes están sujetas a la aprobación de los criterios sectoriales y de facturación.

El gobierno ya había comunicado que las pymes o grandes firmas que deseen obtener el beneficio del salario complementario tienen tiempo para inscribirse en la AFIP hasta este viernes 3 de julio, pero anticipó que se restringirá la ayuda para sueldos altos y en las zonas que transiten una nueva normalidad para concentrar el esfuerzo en las zonas con actividades más restringidas.

Precios congelados

También se trabajó en la reunión la prórroga por 60 días del programa Precios Máximos, el que se oficializó este miércoles mediante su publicación en el Boletín Oficial y que refleja "acomodamientos lógicos que tienen que ver con costos de materias primas" en los distintos procesos de producción.

Mediante la Resolución 200/2020 de la Secretaría de Comercio Interior oficializada este miércoles, se decidió mantener los precios vigentes al 6 de marzo en el marco de las políticas del Gobierno nacional destinadas a dar respuesta a la crisis económica por la pandemia de coronavirus.

En la norma, se intima además a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización "a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, y a arbitrar las medidas para asegurar su transporte y provisión" durante esta coyuntura.

Los miembros del gabinete económico también evaluaron el rediseño de las herramientas de sostén económico y social en la agenda poscuarentena posterior a este periodo de aislamiento.

Más crédito para las empresas

A la vez, se continuó con el estudio de distintas líneas de crédito para que las empresas puedan tener acceso a capital de trabajo y retomar los niveles de producción a medida que la demanda se vaya recuperando.

También se analizaron las transferencias y ayudas giradas a las provincias, porque los niveles de recaudación, tanto de las provincias como de la Nación, fueron muy afectados por la pandemia.

En ese contexto, se aseguró que en el Gobierno se está analizando medidas de transición hasta que se recuperen la producción y el consumo.

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