Contadores reclaman prórroga para presentar Bienes Personales y Ganancias
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño reclamó a la AFIP que prorrogue el vencimiento de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales hasta dos meses después del levantamiento de la cuarentena al argumentar una serie dificultades en medio del aislamiento obligatorio para el cálculo correcto de lo que corresponde pagar por esos gravamenes.
El pedido de extensión de plazos fue realizado a través de una nota firmada por la presidenta de esa institución, Gabriela Russo, y el secretario Julio Rotman, en la que también se refirieron a inconvenientes a la hora de registrarse para los créditos a tasa cero para monotributistas, y para gestionar el salario complementario.
En la misiva, la entidad solicitó a la AFIP la "reprogramación de los vencimientos concediendo un plazo de 60 días posteriores al levantamiento de la cuarentena".
Al respecto, argumentaron que "para la determinación del impuesto previamente debe practicarse el cierre de los Estados Contables y realizar el informe de auditoría".
"Esto implica una serie de tareas tales como revisión de documentos, circularizaciones a terceros, depuración de créditos, relevamiento de existencias y procesos internos cuya realización requiere la presencia del profesional en las instalaciones de la empresa", plantearon en la misiva.
En ese sentido, alegaron que actualmente los contadores no se encuentran entre las actividades exceptuados del aislamiento obligatorio y social.
Asimismo, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño también pidió que la AFIP resuelva y facilite la tarea de los profesionales en lo vinculado a inconvenientes que surgieron a la hora de cumplir con las obligaciones necesarias para solicitar los Créditos a Tasa Cero para monotributistas y autónomos, y para gestionar el salario complementario, ambas medidas contempladas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).
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Respecto a los créditos, el Consejo explicó que el sistema rechaza las solicitudes gestionadas informando que "se encuentra en proceso de verificación tu situación registra" o que no se registraron modificaciones en el nivel de compras en el período comprendido entre el 20/3/2020 al 19/4/2020.
En cuanto al salario complementario y reducción de contribuciones, la entidad sostuvo que que "existen situaciones que generan problemas a la hora de realizar la carga de información en el sistema".
Desde el Consejo solicitaron "tomar conocimiento de lo informado a los efectos de adecuar los controles sistémicos a fin de evitar rechazos para los contribuyentes que reúnen los requisitos establecidos en la normativa".
Vencimientos para empresas
Para facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la AFIP extendió dos semanas el plazo para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias para las personas jurídicas que cerraron sus ejercicios en diciembre. El vencimiento que estaba previsto para los días 13, 14 y 15 de mayo se traslada a los días 26 y 27 de mayo.
Por su parte, la presentación de ladeclaración jurada y el pago del IVA correspondiente al período fiscal abril 2020 se concentró en los días 20, 21 y 22 de mayo.
Asimismo, el organismo prorrogó un mes la presentación de los estados contables de aquellas empresas que cerraron sus ejercicios en noviembre de 2019. Así, el vencimiento previsto para el 29 de mayo se trasladó hasta el 30 de junio.
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Mejoras en los planes de facilidades de pago
La normativa de la AFIP duplicó la cantidad de planes de facilidades de pago permanentes disponibles para aliviar la situación de ahogo financiero de las empresas medianas y grandes.
La decisión eleva de 3 a 6 la cantidad de planes que pueden presentar estos contribuyentes. El plan de facilidades de pago permanente contempla la posibilidad de financiar obligaciones de la seguridad social, IVA e impuestos internos.
Asimismo, la AFIP habilitó para todas las empresas la posibilidad de regularizar en tres cuotas las obligaciones del Impuesto a las Ganancias. Hasta fin de junio, el organismo no considerará la categoría el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de cada empresa al momento de solicitar un plan.
Con esa decisión excepcional, la AFIP garantiza que todas las firmas que lo soliciten puedan regularizar sus obligaciones por el Impuesto a las Ganancias en hasta tres pagos sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.
Beneficios para las Pymes
Para aliviar la situación de tensión que enfrenta el entramado de las pequeñas y medianas empresas, la AFIP estableció que podrán incluir el IVA diferido en sus planes de facilidades de pago permanentes. La normativa vigente permite a las pymes diferir 60 días el pago del IVA.
Y, hasta ahora, el incumplimiento del pago en ese plazo implicaba la caída automática de cualquier plan de facilidades de pago permanentes que tuviera vigente. Con la decisión de la AFIP, las empresas que no logren hacer frente al pago del IVA diferido podrán ingresar esa deuda en un nuevo plan. Las pymes cuentan con la posibilidad de ingresar hasta 10 planes permanentes de facilidades.
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La norma por dentro
La AFIP ya estableció las nuevas fechas de vencimiento de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias para personas jurídicas con cierre de ejercicio en diciembre de 2019. El nuevo vencimiento será el 26 y 27 de mayo, según la terminación del número de CUIT.
Puntualmente, el nuevo cronograma es el siguiente:
- Terminación de CUIT 0-1-2-3-4: martes 26/5.
- Terminación de CUIT 5-6-7-8-9: miércoles 27/5
La resolución general 4.714 que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, también prorroga la presentación y pago del IVA correspondiente a abril (comenzará a vencer el 20 de mayo). A continuación el texto completo de la norma que se oficializó este miércoles:
A su vez, la AFIP implementará una extensión de los planes permanentes de facilidades de pago para las medianas y grandes empresas. Pasarán a disponer de hasta seis.
A través de la flamante reglamentación, también se suprime el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) para el plan del Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que todas las personas jurídicas puedan acceder a las tres cuotas que normalmente tienen las empresas con bajo riesgo fiscal.
También se podrá incluir el IVA diferido en los planes permanentes.