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Créditos a tasa cero para monotributistas: dónde consultar el riesgo crediticio

Se agregó un requisito inesperado para que los monotributistas y autónomos puedan acceder a los Créditos a Tasa Cero. Cómo consultar la situación actual
28/04/2020 - 06:00hs
Créditos a tasa cero para monotributistas: dónde consultar el riesgo crediticio

Con las modificaciones introducidas por la Decisión Administratiba 663/20 se agrega un requisito inesperado para que los monotributistas y autónomos puedan acceder a los Créditos a Tasa Cero: no tener una situación crediticia mayor a 2, es decir, que no podrán acceder al crédito aquellos con situación crediticia 3, 4, 5 o 6.

  • Situación 3 Con problemas | Cartera comercial – Riesgo medio |Cartera para consumo o vivienda
  • Situación 4 Con alto riesgo de insolvencia | Cartera comercial – Riesgo alto |Cartera para consumo o vivienda
  • Situación 5 Irrecuperable | Cartera comercial – Irrecuperable |Cartera para consumo o vivienda
  • Situación 6 Irrecuperable por disposición técnica | Cartera comercial – Irrecuperable por disposición técnica |Cartera para consumo o vivienda

¿Dónde consultar la situación crediticia de un monotributista o autónomo?

Desde el Blog Contadores en Red señalan que a través de la Central de Deudores del Banco Central se puede obtener un informe consolidado por CUIT, CUIL o CDI respecto de financiaciones otorgadas por entidades financieras, fideicomisos financieros, entidades no financieras emisoras de tarjetas de crédito / compra y otros proveedores no financieros de créditos y, además, cheques rechazados.

Para consultar el riesgo crediticio deben hacer clic aquí.En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.

Este nuevo requisito seguramente genere complicaciones a la hora de acceder a un crédito por parte de estos contribuyentesSigo en situación irregular y ya cancelé, o bien acabo de pagarle a la entidad. ¿Cuánto tiempo demoran en excluirme de la Central?

Si la cancelación se hizo durante el transcurso de un determinado mes, esperá la actualización y publicación de ese mes, que se producirá en fecha cercana a la finalización del mes siguiente. Para demostrar tu actual situación frente a las entidades, podés mostrar los certificados que obren en tu poder. Tené en cuenta que el Banco Central difunde tu historial crediticio de los últimos 24 meses.¿En qué se basan las entidades para clasificarme?

Tené en cuenta que el proceso de evaluación es objetivo y junto con el grado de cumplimiento en término de tus obligaciones, también se va a considerar tu situación jurídica, tu situación en la Central de deudores, tu situación con ex entidades financieras en liquidación, como así también tu situación de acuerdo con la refinanciación de las deudas que tengas.¿Qué significa cada situación en la Central de deudores, considerando sólo la mora?

1. Normal | Atraso en el pago que no supere los 31 días.

2. Riesgo bajo | Atraso en el pago de más de 31 y hasta 90 días desde el vencimiento.

3. Riesgo medio | Atraso en el pago de más de 90 y hasta 180 días.

4. Riesgo alto | Atraso en el pago de más de 180 días hasta un año

5. Irrecuperable | Atrasos superiores a un año

6. Irrecuperable por disposición técnica| Deuda con una ex entidad.

Reglamentación

A través de la decisión administrativa 663/2020, el Gobierno amplió las actividades que pueden percibir el subsidio laboral y reglamentó los créditos para autónomos y monotributistas.

A través de la flamante norma publicada este domingo en el Boletín Oficial, se informa que se procedió a la reevaluación de sectores que no fueron incorporados en actas anteriores, y respecto de las cuales puedan advertirse caídas significativas en los niveles de actividad o afectación general de la misma conforme diversos indicadores de su facturación en el periodo de la emergencia (mediana, cuartiles y promedios ponderados), a fin de ser beneficiarios del Programa, previo cumplimiento de los correspondientes requisitos.

A continuación, el listado de actividades que se incluyen:

Asimismo, la norma establece que "resulta necesario extender el diferimiento de análisis en relación con ciertas actividades vinculadas a los sectores de transporte, salud, seguros y educación".

Por otra parte, se recomienda adecuar el análisis de cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios del Programa ATP para el caso de las actividades cuyas particularidades impidan verificar el salario de febrero (receso de verano), tomado como punto de partida a tal efecto. Se estima necesario que el Ministerio de Trabajo elabore un informe sobre el particular para la consideración del Comité".

Reglamentación de créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos

Por otra parte, la disposición administrativa 663/2020 reglamenta los créditos a tasa cero para autónomos y monotributistas.

Créditos a tasa cero para monotributistas

Implementación y condiciones:

Se analizaron las categorías de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en su condición de posibles beneficiarios del Crédito Tasa Cero y con relación al Ingreso Familiar de Emergencia -IFE-.

A fin de permitir afrontar la situación de crisis generada por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo, se recomienda avanzar en la instrumentación del beneficio del Crédito Tasa Cero para los citados sujetos, en tanto revistan en las categorías A a K del régimen indicado, incluyendo a aquellos quehayan percibido el IFE.

En este sentido, se modifican los criterios para el beneficio aquí considerado.

Metodología de percepción:

Respecto de la metodología para comunicar la condición de elegibilidad para el Crédito Tasa Cero, para todas las categorías, se recomienda que la AFIP comunique a cada interesado tal posibilidad de acceso, solicitándole que requiera la siguiente información:

  • La voluntad de acceder efectivamente al crédito y, en su caso, el monto que se solicita (dentro de los límites contemplados).
  • Los datos de la tarjeta de crédito bancaria a través de la cual se percibirá el crédito y, de poseerla, la CBU de la cuenta en la entidad bancaria emisora de aquella.
  • Para los beneficiarios que no sean titulares de una tarjeta de crédito el Banco Central solicitará a las entidades bancarias que habiliten una línea de emisión de tarjeta de crédito para la percepción del Crédito Tasa Cero, en forma remota – online y sencilla.

Los interesados podrán gestionar la emisión de una tarjeta de crédito en la entidad bancaria de su preferencia al efecto de poder percibir el beneficio en trato.

 

Créditos a tasa cero para trabajadores autónomos

Implementación y condiciones:

Se definió cuantitativamente el universo de trabajadores autónomos aportantes al SIPA que reúnen las condiciones, y por ende resultan elegibles como beneficiarios del Crédito Tasa Cero.

Se recomienda que estos sujetos sean elegibles para el Crédito Tasa Cero siempre y cuando cumplan con las condiciones definidas para las personas adheridas al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.

A fin de la evaluación de los ingresos y demás indicadores, en el caso de las y los trabajadores autónomos se tomará el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.

Adicionalmente, deberán reunir las siguientes condiciones:

  • Situación crediticia aceptable.
  • No encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.
  • No ser integrante de directorio de sociedades comerciales.

Los beneficiarios de este financiamiento no podrán acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total de crédito.