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CAME adelanta que la AFIP excluirá a las MiPymes de la suba de tasas

A través de un comunicado,  la Confederación Argentina de la Mediana Empresa adelanta que la AFIP excluirá a las MiPymes de la suba de tasas
22/02/2019 - 12:22hs
CAME adelanta que la AFIP excluirá a las MiPymes de la suba de tasas

A través de un comunicado en su página web,  la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) adelanta que la AFIP excluirá a las MiPymes de la suba de tasas.

"Tal como lo había asegurado el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Leandro Cuccioli, al presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Gerardo Díaz Beltrán, informamos que desde el ente recaudador establecieron que el aumento de las tasas para los planes de financiamiento no afectará a las MiPymes", asegura el comunicado.

"En este sentido, se dispuso que dicha tasa en marzo estará incluso por debajo del 3 % mensual que estaba vigente en la actualidad. Se trata de una noticia alentadora que brinda alivio impositivo al entramado productivo Pyme en un contexto recesivo", agrega.

"Cabe destacar que la determinación se da luego que desde CAME hayamos planteado nuestra preocupación por el posible impacto negativo que un aumento de tasas genera en el sector", concluye el comunicado.

Dejar de "ahorcar" al contribuyente

Una de las medidas que generó mayor irritación en el ámbito empresarial fue la suba de las tasas de intereses resarcitorios y punitorios que se aplican para calcular el monto de las deudas de los contribuyentes que incumplen o se retrasan con el pago de impuestos. Se trata de una disposición tomada por el Ministerio de Hacienda. 

Los intereses resarcitorios son los que se aplican sobre el monto de la obligación no cumplida y se calculan desde la fecha del vencimiento y hasta la consolidación de la deuda.

Sólo con efecto para los nuevos planes de pago a los que adhieran los morosos, ese costo pasará de 3% a 4,5% mensual el 1 de marzo. Luego, la tasa estará sujeta a ajustes trimestrales.

En tanto, desde abril, se considerará una tasa equivalente a 1,2 veces el nivel de rendimiento de los plazos fijos a 180 días que ofrezca por su canal electrónico el Banco Nación el día 20 del mes previo al inicio de cada trimestre.

Hasta tanto ello ocurra, las tasas se han fijado transitoriamente en 4,5% y 5,6% mensuales para los intereses resarcitorios y punitorios, respectivamente.

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