Ganancias: eliminan las exenciones y aumentan los descuentos a trabajadores
El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, presentó formalmente este lunes el proyecto de ley de Presupuesto 2019, el cual sostuvo que “es austero” pero “con prioridades claras”.
Por lo pronto, la suba de Bienes Personales al 1% para los activos en el exterior quedó afuera del proyecto original, aunque dejaron abierta la posibilidad a que lo incorpore algún legislador en el Congreso.
Asimismo, el proyecto el Gobierno insiste en eliminar exenciones en el Impuesto a las Ganancias aprobadas en leyes nacionales, decretos, convenios colectivos de trabajo o cualquier otra convención o norma de inferior jerarquía mediante las cuales esté establecido o se establezca en el futuro, la exención total o parcial o la deducción de la materia imponible del impuesto.
La propuesta del Gobierno se aplica a conceptos percibidos como gastos de representación, viáticos, movilidad, bonificación especial, protocolo, riesgo profesional, coeficiente técnico, dedicación especial o funcional, responsabilidad jerárquica o funcional, desarraigo y cualquier otra compensación de similar naturaleza, cualquiera fuere la denominación asignada.
El proyecto establece, además, que los distintos conceptos que bajo la denominación de beneficios sociales y/o vales de combustibles, extensión o autorización de uso de tarjetas de compra y/o crédito, vivienda, viajes de recreo o descanso, pago de gastos de educación del grupo familiar u otros conceptos similares, sean otorgados por el empleador o a través de terceros a favor de sus dependientes o empleados, se encuentren alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, aun cuando los mismos no revistan carácter remuneratorio a los fines de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado de Seguridad social o regímenes provinciales o municipales análogos.
A continuación, el texto completo del proyecto de Presupuesto 2019:
AFIP reformuló y unificó la reglamentación del Monotributo
Claves y cambios impositivos
Diego Fraga, socio del estudio de abogados RCTZZ, detalló las claves y los principales cambios impositivos que impulsa el proyecto de Presupuesto 2019:
- Se deroga una norma que trata la excepción al secreto fiscal para el caso de acuerdos de intercambio de información celebrados por la propia AFIP.
"Existe una norma que actualmente pone como condición para la celebración de este tipo de acuerdos que la información sólo se utilice para esos fines. Esto va en contra de la tendencia amplia que últimamente se aplica en el seno de la OCDE donde se permite que la información intercambiada con fines fiscales pueda ser usada por otras agencias de gobierno (por ejemplo, las que combaten el terrorismo y el lavado de dinero)", agregó Fraga.
Por no cobrarles el Impuesto a las Ganancias a los jueces, el Gobierno dejará de recaudar $9.854 millones
- Se establece una nueva excepción al secreto fiscal: no rige para la ANSES cuando se trate de información directamente vinculada a investigaciones sobre fraude en el otorgamiento de prestaciones y subsidios. También si se trata de definir si corresponde o no dar una prestación o subsidio.
- Se cambia el valor mínimo al que deben declararse los automotores: ahora la guía de referencia va a ser la tabla de valores que elabora la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios a los fines del cálculo de los aranceles que perciben los Registros Seccionales.
- Se faculta a la AFIP a establecer un régimen de reintegros para personas humanas que sean consumidores finales. Es para formalizar la economía.
"Tiene como antecedente la devolución del IVA por uso de tarjetas de débito o compra", detalló Fraga.
- Introducen la delegación de los derechos de exportación sobre bienes y servicios en el Presupuesto.
- Quitan la exención de Ganancias para los resultados de cooperativas y mutuales provenientes de actividades de ahorro, crédito, financieras, seguros o reaseguros (salvo aquellas mutuales que actúen como cajas de previsión social para sus asociados)
- Ganancias: modifican para evitar que en diferentes organismos del Estado (de todos los niveles de gobierno) se sigan dictando normas que ahuecan la base imponible del impuesto.
"Tiene vigencia desde el ejercicio 2019. Vendría a ser como una especie de "perdón" para el período fiscal 2018 para aquellos organismos que vienen haciéndolo", precisa Fraga.
- Se fija un cupo de $15.000 M para el siguiente régimen de devolución de IVA: los créditos fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de uso —excepto automóviles— que, luego de transcurridos seis períodos fiscales consecutivos, contados a partir de aquél en que resultó procedente su cómputo, conformaren el saldo a favor de los responsables, a que se refiere el primer párrafo del artículo 24, les serán devueltos de conformidad con lo dispuesto seguidamente, en la forma, plazos y condiciones que a tal efecto dispongan las normas reglamentarias que se dicten.También podrá accederse a la devolución en los términos previstos en este artículo, con respecto al impuesto que hubiera sido facturado a los solicitantes originado en las operaciones antes mencionadas, en la medida en que los referidos bienes se destinen a exportaciones, actividades, operaciones y/o prestaciones que reciban igual tratamiento a ellas. En tales casos, el plazo indicado en el párrafo anterior se contará a partir del período fiscal en que se hayan realizado las inversiones.
- Se prorroga el plazo para presentar el proyecto para fijar los valores de la Unidad de Valor Tributario hasta el 15 de septiembre de 2019.
- Se modifican aspectos de impuestos Internos y normas del Código Aduanero.