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Cuidado con el aceite de girasol que comprás: acaban de prohibir esta marca

El organismo de control publicó su decisión a través de una disposición que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial de la Nación
16/09/2020 - 15:41hs
Cuidado con el aceite de girasol que comprás: acaban de prohibir esta marca

En las primeras horas de este miércoles se conoció que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) había tomado una decisión contundente en relación a un producto alimenticio de consumo muy frecuente. 

ANMAT, a través de una disposición que se publicó en el Boletín Oficial, prohibió la venta y comercialización de un aceite de girasol. Se trata de la marca conocida como "Finca Tío Alberto", que se vendía en presentaciones de litro medio y otras más grandes, en bidón. 

A través de la Disposición 6901/2020, el organismo de control nacional informó todo acerca de su decisión. Cabe mencionar que esta marca de aceite se comercializaba, hasta este miércoles, en la ciudad costera de Mar del Plata. 

El primer artículo de la norma conocida en las primeras horas del día indica que se prohibe "la comercialización en todo el territorio nacional del producto: 'Aceite de girasol marca Finca Tío Alberto, RNPA Nº 01043058, Producido y Fraccionado por RNE Nº 4011-15979/07'". 

La ANMAT prohibió una marca de aceite de girasol
La ANMAT prohibió una marca de aceite de girasol

Ahora bien, ¿cuál es fue motivo de esta decisión? De acuerdo a lo informado por la misma ANMAT, el producto carece "de autorización de establecimiento" y, además, estaba "falsamente rotulado al consignar un número de RNE inexistente". Ambas irregularidades lo transforman en un producto que resulta ilegal, por lo que ANMAT decidió sacarlo de la venta en todo el país. 

Cabe destacar, además, que la entidad también publicó un comunicado acerca de este problema. A través de dicho documento se propuso alertar a la población sobre esta medida. Asimismo, el órgano de control recomendó que quienes hayan adquirido este aceite no lo consuman, dado que tiene las irregularidades ya mencionadas. 

Por último, solicitó que todos aquellos negocios que tengan el producto en stock se abstengan de comercializarlo.

ANMAT, en el último artículo de la disposición, indicó que es necesario informar a todas las autoridades provinciales y también al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires.

Dado que se trata de un producto alimenticio, también es importante informar a "la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y a quienes corresponda", indica el segundo artículo de la norma. 

Tío Alberto, la marca de aceite prohibida por ANMAT

Otras prohibiciones de ANMAT

En medio de la pandemia de coronavirus, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) estuvo muy atenta a los productos de higiene y sanitización. En ese contexto, día atrás prohibió la comercialización de dos productos. Uno de ellos era un purificador de agua, que era promocionado para la obtención de dióxido de cloro; el otro, una marca de alcohol etílico.

Frente al avance del COVID-19, mientras se aguarda por una vacuna efectiva, se mantuvo constante a lo largo de estos meses la búsqueda de medicación o tratamiento que disminuya la letalidad y la contagiosidad de la enfermedad. El dióxido de cloro es ejemplo de haber sido promocionado como medicamento contra el coronavirus, pese que las autoridades sanitarias advierten lo perjudicial que puede ser su ingesta para la salud.

En este contexto, la ANMAT había prohibido "la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como KIT PURIFICADOR DE AGUA "KIT (CDS) SOLUCION DE CLORITO DE SODIO AL 28% (NaClO2) + ACIDO CLORHIDRICO AL 4% (HCl)". Este producto se promocionaba en internet como "precursor para la obtención in situ de un biocida (Dióxido de cloro), de uso exclusivo para la potabilización y desinfección de agua para consumo humano o animal".

Esta es la disposición que publicó ANMAT este jueves
Esta es la disposición que publicó ANMAT algunas semanas atrás

Desde el Servicio de Domisanitarios informaron que no existen productos formulados a base de dióxido de cloro ni de sus precursores "con esa modalidad de empleo que se encuentren registrados ante la ANMAT como potabilizadores o purificadores de agua de consumo y/o piscina, ni como desinfectantes y/o sanitizantes de superficies".

Por otro lado, la ANMAT, mediante la Disposición 6608/2020había prohibido el uso, comercialización y distribución del producto rotulado: "Alcohol Etílico al 96% M+F, contenido neto 5000 ml".

Dicho producto se comercializaba por redes sociales y plataformas de venta de artículos, presuntamente "falsificado" de acuerdo a la denuncia que hizo Fradelco Sociedad Anónima.

"Dado que la marca M+F es de titularidad de la firma Fradealco S.A. y se encuentra habilitada por esta Administración Nacional como empresa fraccionadora de alcohol medicinal, se solicitó a la responsable técnica de la firma un informe en el cual se detallaran las diferencias visuales del producto dubitado y aportara una unidad original elaborada por la firma", informó la ANMAT.

El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) procedió a verificar la composición del producto denunciado y comprobó que "no se correspondía con alcohol etílico y presentaba características de uso industrial con alta cantidad de impurezas y una graduación alcohólica de 46,9% vol a 20°C.".

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