La Corte levantó la feria judicial que está vigente desde marzo
Con el decreto que estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio para todo el país cambiaron muchos aspectos de la realidad. Muchas actividades quedaron suspendidas y así se mantuvieron durante un tiempo, aunque en las sucesivas decisiones administrativas se autorizaron algunas de ellas.
Una de las actividades que se vio afectada por esta realidad fue la Justicia. Desde el comienzo del aislamiento la Corte Suprema decidió comenzar una feria judicial extraordinaria en concordancia con las medidas tomadas para detener la expansión del coronavirus en el país.
Esta situación cambiará a partir de la última extensión de la cuarentena, que entrará en vigencia desde el miércoles 1º de julio y continuará hasta el 17 del mismo mes. La Corte Suprema resolvió levantar esa feria judicial extraordinaria que alcanzaba al propio tribunal y a las cámaras nacionales y federales.
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Sin embargo, la Corte decidió prorrogar la feria en juzgados de primera instancia y en los tribunales orales.
Hasta el momento, el máximo tribunal había prorrogado su feria casi en forma automática, a la par de los decretos del gobierno nacional que extendían la cuarentena en el Área Metropolitana. Ahora, a diferencia de lo dispuesto por el presidente Alberto Fernández para el Área Metropolitana, la Corte promovió la apertura de algunos tribunales relevantes que estaban cerrados.
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De acuerdo a lo trascendido hasta este momento el máximo tribunal comunicó su decisión a través de una acordada que se firmó y difundió este lunes. Allí los miembros de la Corte dispusieron suspender plazos procesales, ordenaron implementar protocolos especiales de salud e indicaron que se priorice el trabajo remoto, con presencia mínima de personal.
Otro punto fundamental de esta decisión es que se mantienen las licencias para el personal de riesgo frente al Covid-19. Esto alcanza a las personas mayores de 60 años, a las mujeres embarazadas y a todos aquellos que padezcan alguna enfermedad que se configure como comorbilidad en relación al coronavirus -hipertensión, obesidad, diabetes, entre otras-.
Es importante tener en cuenta que la Corte había tomado una decisión similar en relación a la feria judicial de algunas provincias. Los distritos alcanzados por esta medida fueron 14, entre los que se encontraban Catamarca, Tierra del Fuego, La Rioja, Santa Fe, Corrientes, Tucumán, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, San Juan, San Luis, Córdoba y algunas ciudades de Buenos Aires. Todos estos lugares se encuentran actualmente en un régimen conocido como distanciamiento social, preventivo y obligatorio, en el que las restricciones son menores y solo hay algunos pocos requisitos para poder salir, circular y trabajar.
En esas jurisdicciones, se ordenó que "todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito". Asimismo, tal como ya se mencionó, se mantuvieron "las licencias excepcionales, a favor de aquellos magistrados, funcionarios y empleados" que estén en grupos de riesgo o dentro de los exceptuados en resoluciones anteriores.