AFIP vigila tus gastos con la tarjeta: desde qué monto se debe informar a la entidad en noviembre
Durante los últimos meses, se observó un crecimiento acelerado en los pagos con tarjetas de débito en comparación con el mismo periodo de 2022. En este sentido, se registró un 20% aumento en el uso de tarjetas de débito y crédito en el mercado, según un reciente informe de la financiera Fiserv.
Por otra parte, de acuerdo con datos del Banco Central (BCRA), en octubre se llevaron a cabo 210 millones de transacciones con tarjeta de débito, con un monto total de $1.358,67 mil millones. Esto resultó en un aumento del 25,2% en el número de transacciones y un incremento real del 8,6% en los montos en comparación con el mismo mes del año anterior
Parte de esta mejoría se debe al beneficio que el Gobierno brinda con la devolución del IVA a las compras que se efectúen con dicho método de pago. En este contexto, según información del Gobierno, ya hay 10,7 millones de personas que obtuvieron la devolución del IVA del 21% en las compras con tarjetas de débito.
Es importante destacar que, a pesar de que algunos comercios han mostrado resistencia al uso de tarjetas de débito como medio de pago, esta práctica es obligatoria en el sector comercial. Además, está prohibido que cobren un cargo adicional por su uso.
La tarjeta de débito se considera equivalente al efectivo y no debe generarte ningún costo adicional al realizar compras de bienes o pagar servicios, siempre que el monto de la transacción supere los $100.
A partir de cuánto AFIP vigila tus gastos con la tarjeta de débito
El amplio uso que tiene la tarjeta de débito hace que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lleve adelante una serie de medidas para regular y controlar las transacciones realizadas con la misma.
Mediante la Resolución General 5348/2023, la AFIP elevó hace varios meses el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar los gastos acumulados durante un mes con tarjetas de débito.
Anteriormente, este monto era de $30.000, pero con el último incremento se fue a $120.000. Esto implica que las instituciones financieras deben suministrar información detallada sobre los gastos efectuados con tarjetas de débito cuando los montos acumulados alcancen o superen los $120.000 al mes en cada cuenta. Incluso si este umbral es rebasado en tan solo una cuenta, la entidad financiera está obligada a notificarlo a la AFIP.
Esta medida tiene como objetivo mejorar la administración tributaria y facilitar el control de las operaciones realizadas con este medio de pago. Con esta actualización, los bancos podrán agilizar las operaciones y recibirán información automática y permanente sobre las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de cuentas, depósitos a plazo y consumos con tarjetas.
Adicionalmente, la AFIP también duplicó el monto de reintegro del 15% para compras realizadas con tarjeta de débito y extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023. Este beneficio se aplica a jubilados, pensionados que perciban el haber mínimo y a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE). Los nuevos valores de reintegro son de un tope mensual de $4.056 por beneficiario y de $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios, y comenzaron a regir desde el 1 de julio de 2023.