AFIP aumenta hasta $18.000 el reintegro de compras con tarjeta: a quiénes alcanza este beneficio
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió aumentar significativamente el monto de reembolso para las compras realizadas con tarjeta de débito por jubilados, pensionados y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH). A través de la Resolución General 5410/2023, publicada recientemente en el Boletín Oficial, se elevó el límite mensual por beneficiario de $4.056 a $18.000, lo que representa un incremento del 365%, y esta medida entrará en vigor a partir de este viernes 1° de septiembre.
Esta decisión ya había sido adelantada durante el pasado fin de semana por el Ministro de Economía, Sergio Massa, en conjunto con otras acciones destinadas a restablecer el poder adquisitivo tras la devaluación ocurrida el 14 de agosto pasado.
De acuerdo con el texto oficial, "en sintonía con las medidas anunciadas por el Ministerio de Economía para asignar fondos adicionales con el fin de aumentar el monto máximo mensual de reembolso a $18.000 para los beneficiarios de jubilaciones, pensiones por fallecimiento y asignaciones, es necesario modificar la Resolución General N° 4.676".
Dicha resolución estableció un esquema de reembolsos, válido hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive, que consiste en devolver a las personas físicas -en calidad de consumidores finales- un porcentaje de las transacciones por la compra de bienes muebles en determinados comercios minoristas y/o mayoristas, efectuadas mediante tarjetas de débito vinculadas a cuentas asociadas con beneficios de jubilación, pensión y/o asignación.
La AFIP ha modificado las condiciones del reembolso, fijando ahora el porcentaje en un 15% del monto de las operaciones de compra y estableciendo que el reembolso mensual no podrá exceder los $18.000.
Además, se ajustó la definición de "grupo familiar" para abarcar a aquellas personas que reciben dos o más asignaciones universales por hijo o por embarazo, destinadas a la protección social, así como a aquellos que perciben una pensión por fallecimiento que no supera tres veces el haber mínimo garantizado.
Adicionalmente, se dispuso que el monto correspondiente al reembolso de las operaciones de compra efectuadas desde el 1 de septiembre de 2023 hasta las 17:00 del 14 de septiembre de 2023, será depositado en la cuenta bancaria donde se recibe el beneficio de jubilación, pensión y/o asignación el 15 de septiembre de 2023.
Qué compras se incluyen en el reintegro de AFIP
El régimen abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente que se encuentren inscriptos ante la AFIP.
También están alcanzados los kioscos, las verdulerías, carnicerías y pescaderías, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.
Según consta en el sitio oficial de AFIP, además, aplica a las compras que se efectúen con tarjetas de débito en farmacias y en comercios dedicados a la venta minorista o mayorista que facturen a consumidores finales.
Quiénes pueden acceder a este beneficio
Podrán acceder al beneficio las personas que:
- Cobren la jubilación mínima.
- Perciban una pensión mínima por fallecimiento.
- Sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.).
- Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH).
- Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).