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Transferencias bancarias: qué concepto hay que usar para no pagar impuestos

Al realizar una transferencia, surge una pregunta clave: ¿cómo afecta si no proporciono el "concepto" adecuado que justifica la transacción?
Por A.L.
30/08/2023 - 16:04hs
Transferencias bancarias: qué concepto hay que usar para no pagar impuestos

Cuando realizamos una transferencia bancaria, resulta crucial señalar el concepto o motivo que respalda dicha transacción. Este enfoque suele plantear dudas sobre si la elección del motivo conlleva implicaciones fiscales, es si elegimos la opción adecuado, se evitaría pagar impuestos.

En este contexto, es esencial resaltar que no existe un motivo específico que permita eludir las obligaciones tributarias al efectuar transferencias. 

También es importante destacar que, por lo general, la responsabilidad de pagar impuestos recae en el destinatario de la transferencia, por lo que el concepto seleccionado tiende a funcionar como una simple referencia para dicho destinatario.

En otras palabras, en situaciones en las que una transacción está exenta de impuestos, el motivo puede brindar información adicional tanto para respaldarla por parte del receptor como para proporcionar evidencia al emisor en caso de surgir algún conflicto. Por ejemplo, esto ocurre al realizar un anticipo para la adquisición de un bien inmueble.

En lo que respecta a los motivos que pueden utilizarse, la variedad dependerá de la institución financiera, ya que es el banco el encargado de establecer los motivos para "especificar" una transferencia de fondos.

Al efectuar una transferencia bancaria, es importante indicar el
Al efectuar una transferencia bancaria, es importante indicar el "concepto" que la respalda

En el caso del Banco Santander, por ejemplo, se pueden incluir los siguientes conceptos:

  • Alquileres
  • Aportes de capital
  • Bienes registrables habitualistas
  • Bienes registrables no habitualistas
  • Cuota
  • Expensas
  • Factura
  • Haberes
  • Honorarios
  • Inmobiliaria habitualista
  • Inmobiliaria
  • Préstamos
  • Seguros
  • Suscripción a obligaciones negociables
  • Varios

En cada apartado, se puede agregar una referencia de 12 caracteres (aunque en otras entidades financieras, este límite puede ser más amplio o casi inexistente). Las operaciones con referencia a "Bienes registrables habitualistas", "Bienes registrables no habitualistas", "Inmobiliaria habitualista" y "Suscripción a obligaciones negociables" requieren una declaración bajo juramento, asegurando que el concepto de la transferencia es efectivamente el indicado.

Qué transacciones pagan impuestos

No todas las transacciones de dinero están sujetas al pago de impuestos. Al recibir una transferencia, es fundamental considerar que los impuestos a pagar dependerán de la fuente de la transacción y de tu situación fiscal. Por ejemplo, en el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, es habitual que el banco retenga aproximadamente un 2,5% del monto de la transferencia. No obstante, la diferencia restante debe abonarse a través de un Volante Electrónico de Pago (VEP), a menos que estés bajo el régimen de monotributo unificado.

Adicionalmente, si la transferencia recibida está relacionada con una transacción comercial, será necesario emitir la factura correspondiente según las regulaciones impositivas vigentes.

Por ejemplo, las transferencias realizadas por usuarios finales de servicios financieros generalmente no están gravadas. Tampoco se aplicarán impuestos si la misma entidad, ya sea una persona física o jurídica, es la remitente y la receptora de la transferencia, o si la transacción se efectúa entre cuentas de uso judicial.

Límites de transferencia

El importe máximo para realizar transferencias es regulado por el BCRA

En la actualidad, en Argentina, el importe máximo permitido para realizar transferencias se encuentra regulado en $125.000 a través de cajeros automáticos y $250.000 mediante plataformas de homebanking, según lo establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Si surge la necesidad de efectuar una transferencia por una suma que excede estos límites, existen dos enfoques posibles: uno implica una transferencia convencional que puede demorar un día hábil en procesarse, y el otro involucra un proceso previo de notificación al banco.

En esta última opción, se requiere comunicar al banco la fecha en que se llevará a cabo la transferencia, así como una estimación del monto a transferir. En algunos casos, es posible que te soliciten el CBU o número de cuenta del destinatario. Esta práctica es común en transacciones como la adquisición de vehículos automotores.

En lo que concierne a la suma de dinero que se puede transferir sin requerir declaración en Argentina, no hay limitaciones legales establecidas. No obstante, es importante considerar las restricciones que cada entidad financiera o banco pueda establecer en cuanto a los montos de transferencia. En esta dinámica, las restricciones suelen aplicarse más a la cantidad de dinero que se recibe en lugar de quien efectúa la transferencia. Es decir, las limitaciones se centran en el receptor de los fondos.

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