• 24/11/2024

Ganancias: Juntos por el Cambio quiere sumar modificaciones sobre el piso y los jubilados, ¿es mejor o peor que el proyecto original?

El interbloque de diputados de Juntos por el Cambio, le presentó a Sergio Massa una propuesta de ampliación para la modificación de Ganancias
11/03/2021 - 07:23hs
Ganancias: Juntos por el Cambio quiere sumar modificaciones sobre el piso y los jubilados, ¿es mejor o peor que el proyecto original?

El interbloque de diputados de Juntos por el Cambio le presentó al titular de la Cámara Baja, Sergio Massa, una propuesta de ampliación para la modificación del Impuesto a las Ganancias, que dejaría fuera del gravamen a casi la totalidad de los trabajadores y jubilados.

La iniciativa de la oposición plantea que el mínimo no imponible se eleve a $513.000 brutos mensuales.

Proyecto en Ganancias: qué alivios quiere sumar Juntos por el Cambio

La propuesta la presentaron los jefes de los tres bloques que conforman la coalición opositora, Mario Negri (UCR), Cristian Ritondo (PRO) y Juan Manuel López (Coalición Cívica), durante una reunión que se realizó este miércoles, según informó la agencia Noticias Argentinas.

Proyecto en Ganancias: qué alivios quiere sumar Juntos por el Cambio
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Además del monto en el piso de Ganancias, Juntos por el Cambio pidió que se tenga en cuenta la situación de los autónomos, llevando la deducción de este grupo a dos veces el mínimo no imponible, es decir que de cumplirse su propuesta sería de $1.026.000 mensuales. En el caso de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, tanto federales como provinciales, quiere que queden exentas.

También solicitaron que en lugar de que se utilice el RIPTE como índice de actualización del piso y las escalas, se tome como base para el Índice de Precios al Consumidor (IPC), es decir, por inflación para "evitar la rápida licuación de los topes y sumas contenidas en la ley", explicaron y requirieron que el ajuste sea semestral y no anual como está estipulado en el proyecto oficialista.

También pidieron "derogar la deducción especial para jubilados y pensionados y reemplazarla por una exención a las jubilaciones, pensiones y retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal, manteniendo la plena vigencia del impuesto para jubilaciones de privilegio".

En cuanto a las deducciones por créditos hipotecarios, recomendaron elevarlas de los $20.000 actuales a $200.000 y fijar un mecanismo de actualización semestral también por IPC, y para la deducción por alquiler llevarla del 40 al 60%.

Asimismo, Juntos por el Cambio también quiere incorporar deducciones por gastos en educación.

Aporte Solidario: la AFIP habilitó el régimen de facilidades de pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de cancelar el Aporte Solidario y Extraordinario a través de un régimen de facilidades de pago.

El organismo estableció que las personas alcanzadas podrán optar por realizar entre el 23 de marzo y el 28 de abril, inclusive, un anticipo del 20% de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos.

La Resolución General 4942 dispone que la tasa de financiación para quienes opten por esta vía será la correspondiente a la de los intereses resarcitorios del organismo. La normativa que será publicada en el Boletín Oficial busca contribuir al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.

Para adherir al régimen de facilidades de pago es requisito concretar el anticipo del 20% de la deuda consolidada.

Las cinco cuotas restantes se abonarán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente de concretado el pago inicial. El plazo para presentar la declaración jurada de los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario y Extraordinario es el 30 de marzo.

Aporte Solidario: la AFIP habilitó un régimen de facilidades de pago
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La solicitud de adhesión al régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en la normativa.

Aporte Solidario: alcance

El Aporte Solidario y Extraordinario alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones de pesos. La fecha para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020.

La ley aprobada por el Congreso en diciembre de 2020 establece el destino que tendrán los fondos recaudados del Aporte Solidario y Extraordinario para enfrentar la Pandemia. Son cinco las asignaciones especificadas: un 20% será para la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria.

Otro 20% se destinará a subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.

Un porcentaje idéntico será para el programa integral de becas Progresar, para reforzar este programa que acompaña a las y los estudiantes con un incentivo económico y un importante estímulo personal en todos los niveles de formación durante su trayectoria educativa y/o académica.

Aporte Solidario: cuál es el alcance del plan de pagos
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A su vez, un 15% se asignará para el Fondo de Integración Socio Urbana, enfocado en la mejora de la salud y de las condiciones habitacionales de los habitantes de los barrios populares y un 25% a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación, de exploración, desarrollo y producción de gas natural.

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