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Jubilados: las seis claves de la nueva fórmula de ajuste y su impacto en los haberes

La ley aprobada anoche alcanzará a 18 millones de jubilaciones y beneficios sociales. Qué pasa con la inflación, la recaudación y los puntos perdidos.
30/12/2020 - 14:04hs
Jubilados: las seis claves de la nueva fórmula de ajuste y su impacto en los haberes

Por 132 a 199 votos, el Congreso aprobó anoche la nueva fórmula de actualización de las jubilaciones. La misma estará vigente desde enero y alcanzará a 18 millones de jubilaciones, pensiones y beneficios sociales.

Con el apoyo de distintos bloques provinciales, el oficialismo logró convertir en ley su proyecto en Diputados. La norma reemplazará la movilidad suspendida en diciembre de 2019 por la Ley de Emergencia y los aumentos dispuestos por decreto durante en 2020.

1. Cuantos aumentos habrá por año

La ley establece incrementos en marzo, junio, septiembre y diciembre. El oficialismo adoptó ese criterio, tras abandonar en el Senado una versión de su propia autoría que disponía aumentos semestrales y el descuento del 5% otorgado en diciembre.

Ahora, la ANSES deberá elaborar y aprobar el índice trimestral de la movilidad y realizará su posterior publicación. De esa manera, la primera actualización de los haberes se hará efectiva a partir del 1° de marzo de 2021.

2. Cómo funciona el nuevo cálculo

El nuevo índice es similar al utilizado entre 2008 y 2017, pero con algunas diferencias. Las jubilaciones se ajustan en iguales mitades por salarios (el mejor resultado entre el índice del INDEC y el RIPTE del Ministerio de Trabajo) y la recaudación tributaria de ANSES.

Esta combinación se aplicará en marzo, junio y septiembre. Y la base de cálculo será el anteúltimo trimestre previo al incremento. Así, para marzo, se tomará el índice salarial de octubre, noviembre y diciembre de 2020 y la recaudación en ese período contra la del año previo.

En diciembre, se elegirá el menor de los índices A y B. El primero es el mismo cálculo que en los trimestres previos (salarios y recursos tributarios) y el segundo es la variación de la recaudación anual de ANSES incrementada en un 3%, descontados los aumentos de marzo, junio y septiembre.

El oficialismo consiguió aprobar la nueva fórmula con ajustes desenganchados de la inflación.

3. Qué pasa con la inflación

A diferencia de la movilidad suspendida, la nueva fórmula excluye la inflación. El Gobierno argumenta que eso ya está reflejado en los salarios y la recaudación. El Ministerio de Trabajo, Claudio Moroni, explicó que se busca "desindexar" el sistema previsional.

La exclusión de esa variable generó el reclamo en el oficialismo y la oposición de incorporar una cláusula de compensación para evitar que los haberes queden por debajo de la inflación. Pero el Frente de Todos mantuvo el proyecto sin cambios.

Con una inflación en torno al 36%, el año que viene se espera una suba superior por el descongelamiento de tarifas y alquileres. El ajuste de marzo se calcula sobre el último trimestre de 2020, con paritarias en su mayoría inferiores a la inflación, pero una recaudación en recuperación.

4. Cómo impacta el tope por recaudación

Al igual que en 2008, el Gobierno introdujo la recaudación con el argumento de hacer "sustentable" el sistema previsional y fijó un tope en diciembre al establecer la elección entre el menor ajuste entre dos índices (A y B).

Así, si la recaudación total (B) fuera superior al mix entre recaudación tributaria y salario (A), se aplicará este último y el haber no participará de la mejora en los ingresos de la seguridad social. Si, por el contrario, los recursos fueran inferiores, se adoptará este índice.

En otras palabras, por el tope, los haberes de diciembre serían inferiores a los salarios de los activos o a la eventual mejora en la recaudación de la ANSES.

Sin movilidad durante un año, los jubilados tendrán aumentos trimestrales a partir de marzo del año que viene.

5. Qué ocurre con los puntos perdidos

Por el cambio de fórmula, los jubilados perdieron 20 puntos entre 2017 y diciembre de 2019. Luego, en 2020, el haber mínimo aumentó 35,3% y la máxima un 24,3%. Si la inflación se acerca al 36%, los dos rangos quedarán por debajo de la inflación.

Los incrementos por decreto, por otra parte, resultaron inferiores al 42% que correspondía por la movilidad suspendida en diciembre de 2019. Pese al reclamo de la oposición y las centrales obreras, los cambios aprobados no incluyeron una recomposición de la pérdida acumulada.

Los próximos aumentos se aplicarán así sobre haberes disminuidos. Por caso, el 70% de los jubilados y pensionados perciben desde diciembre una jubilación mínima de $19.035, por debajo del salario mínimo de $20.587 y de la canasta del jubilado, de $49.600.

Por otra parte, de no haber nuevos cambios, se mantendrá el achatamiento de la pirámide jubilatoria. Esto se debe a que en marzo el Gobierno otorgó un 2,3% para todas las escalas, más una suma fija de $1.500, lo que implicó una suba del 13% para la mínima y usolo un 4% para la máxima.

6. Cómo se empalma con la fórmula anterior

El empalme entre los aumentos sin movilida y la nueva ley genera incerticumbre. Para la oposición, la suba por decreto otorgada en marzo de 2020 corresponde al tercer trimestre de 2019; la de junio, al cuatro trimestre de 2019; la de septiembre, al primer trimestre de 2020; y la de diciembre pasado, al segundo trimestre de este año.

Siguiendo ese razonamiento, el aumento en marzo próximo debería corresponder al tercer trimestre y no al cuarto de 2020. De lo contrario, según este cálculo, el nuevo índice se "comerá" un trimestre como ocurrió en 2017.

Algunos especialistas creen que las subas de este año en rigor no respondieron a ningún cálculo de movilidad sino que fueron aumentos discrecionales por la suspensión de la fórmula vigente hasta el año pasado. Desde ese punto de vista, habría que compensar el segundo semestre completo del 2019.

Para el Gobierno, por el contrario, el acople de la nueva fórmula con los ajustes otorgados por decreto en 2020 no se salteará ningún período a la hora de realizar el cálculo de actualización.

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