• 22/12/2024

Jubilados y haberes en diciembre: qué plantea la nueva fórmula

El Gobierno apuesta a aprobar la nueva fórmula en una sesión que se extenderá hasta la medianoche. Los haberes volverán a gozar de la movilidad en 2021
29/12/2020 - 16:30hs
Jubilados y haberes en diciembre: qué plantea la nueva fórmula

El Gobierno apuesta a aprobar la nueva fórmula jubilatoria en una sesión que se extenderá hasta la medianoche. De ser así, los haberes volverán a gozar de la movilidad en 2021, después de la suspensión de ese beneficio durante este año. Pero a largo plazo quedarán rezagados de los índices oficiales por un "error", según aseguran especialistas.

Sucede que el proyecto con media sanción del Senado prevé ajustes trimestrales con dos cálculos diferentes. Marzo, junio y septiembre se actualizan por salarios (el mejor índice entre el índice del INDEC y el RIPTE) y la recaudación tributaria de ANSES.

En esos tres períodos, la variación del salario se calcula sobre el anteúltimo trimestre previo al incremento. Por ejemplo, en marzo se toma octubre, noviembre y diciembre de 2020. Y los recursos surgen de comparar la variación anual en igual período.

En diciembre, en cambio, se introduce un tope que determina la elección entre el menor de los índices A y B. El primero es el mismo cálculo que en los trimestres previos (salarios y recursos tributarios) y el segundo es la variación de la recaudación anual de ANSES incrementada en un 3%, descontados los aumentos de marzo, junio y septiembre. 

Así, si la recaudación total incrementada en un 3% (B) fuera siempre superior al mix entre recaudación tributaria y salario (A), se aplicará este último y el haber no participará de la mejora en los ingresos de la seguridad social. Si, por el contrario, los recursos fueran inferiores, se adoptará este índice y el ajuste será menor a la evolución salarial (ver gráfico más abajo).

Dicho de otro modo, el haber en diciembre obtendrá siempre el peor de los dos resultados. "En los dos escenarios el jubilado siempre pierde: o cobra menos que los activos, o no participa de la riqueza de la Nación", advierte la directora de la Comisión de Seguridad Social de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), Elsa Rodríguez Romero.

La nueva fórmula introduce un tope en diciembre que aplica el peor resultado entre salarios y recaudación.

"Error matemático"

La abogada previsionalista y docente universitaria llegó a esa conclusión en un trabajo en el que alerta sobre el problema de la fórmula "en tanto implica que el jubilado, en el ajuste anual de diciembre, solo participa de las pérdidas de la recaudación o de la pérdida de valor de los salarios, nunca de sus incrementos".

"No es un riesgo, es una seguridad, el error grave es en diciembre al aplicar la menor de dos variables, al cabo de un tiempo voy a estar cobrando menos que cualquiera de las dos. Es un error matemático, no tendría que estar la opción B", aseguró Rodríguez Romero a iProfesional.

Para la especialista, las modificaciones incumplen el mandato de la Ley de Emergencia de garantizar una "adecuada participación de los ingresos de los beneficiarios del sistema en la riqueza de la Nación". Y es inconstitucional, según ella, por no respetar la garantía de movilidad de la Constitución.

En la ANSES, aseguran que la mayoría de las veces no se aplicará el tope por recaudación y la movilidad acompañará o, incluso, estará "por encima" de los salarios. La expectativa es que se repita una situación parecida a la registrada entre 2009 y 2017, cuando se aplicó una fórmula similar.

En ese período, el tope se aplicó en tres años y en dos de ellos, aún con así, la movilidad superó a la inflación. "Los haberes no solo le ganaron a la inflación sino también a los salarios", aseguran. Mientras que en los años recesivos con inflación (2014 y 2016) quedaron por detrás de los precios.

Por otra parte, "si se aplica el tope B, la movilidad no necesariamente va a estar por debajo de los salarios, puede ocurrir que los recursos totales hayan variado menos que los recursos tributarios", explican fuentes de Administración Nacional de la Seguridad Social.

Aumentos "a cuenta" y con tope

El problema es que en caso de que las jubilaciones sigan siempre a los salarios, no participarán nunca de una mejor recaudación. Mientras que si hay inestabilidad económica o se aplica el índice A y B en forma alternativa -un año cada uno, por ejemplo- los haberes se distanciarán cada vez más de los ingresos de los activos y la recaudación.

El hecho de que haya un tope implica además que los pagos en marzo, junio y septiembre son "a cuenta" del cálculo en diciembre, ya que a fin de año se evalúa la evolución anual de la recaudación y si no fue buena, las jubilaciones se verán afectadas por ese resultado.

"(El tope) es una garantía para el Estado, le está diciendo al jubilado que le va a pagar en función de la recaudación, siempre que no le haya ido muy mal, en cuyo caso le paga menos", señaló Rodríguez Romero.

El nuevo esquema tampoco recompone los haberes. Por el cambio de fórmula, los jubilados perdieron 20 puntos entre 2017 y diciembre de 2019. Luego, en 2020, la mínima aumentó 35,3% y la máxima un 24,3%, por debajo del 42% que correspondía por la inflación del año anterior.

De esa forma, la nueva movilidad se aplicará sobre jubilaciones disminuidas y privadas de la movilidad durante un año por una "emergencia" que solo afectó los ingresos de los adultos mayores. Por todos estos motivos, los especialistas prevén que los cambios van a traer nuevos reclamos judiciales.

Temas relacionados